Las subvenciones para personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y micro-empresas del sector agrario, ganadero, comercial, hostelero y servicios a las personas, el “Bono Lezo” para impulsar el consumo local y las subvenciones para la reactivación económica son las tres líneas que ofrece el Ayuntamiento.
Toda la información sobre las ayudas, la documentación y los requisitos necesarios están en la web del Ayuntamiento.
El confinamiento y los tres meses de estado de alarma generados por el virus del COVID-19 han supuesto un duro golpe para la sociedad y en especial para la economía, ya que han sido muchos los negocios que durante dos meses han tenido que cerrar sus puertas y se encuentran ahora en espera de ver cómo evoluciona la pandemia y responde la propia sociedad ante el impacto económico-social de los últimos meses.
Es por ello que el Ayuntamiento de Lezo, tomando como principal eje las personas y su bienestar, ha puesto en marcha tres líneas de ayudas dirigidas a hacer frente a la crisis económica y social generala por el coronavirus y cuyo principal y único objetivo no es otro que el de ayudar a las y los lezoarras afectados por la crisis del COVID-19 y reactivar la economía local en aras de seguir garantizando así el bienestar y la calidad de vida de su ciudadanía.
Toda la información sobre las ayudas, la documentación y los requisitos necesarios aquí
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Subvenciones para personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y micro-empresas
¿A quién va dirigida?
La primera de las tres líneas de ayuda corresponde a las subvenciones para personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y micro-empresas del sector agrario, ganadero, comercial, hostelero y servicios a las personas cuyas actividades hayan quedado suspendidas o que acrediten haber reducido la facturación en más de un 75% en el mes de abril en relación con el promedio mensual del semestre de octubre de 2019 a marzo de 2020 o bien, en caso de mantener la actividad, hayan visto reducida la facturación en el mes de abril entre un 50% y un 75% en relación con el promedio mensual del semestre de octubre de 2019 a marzo de 2020.
Cuantía de la subvención:
En el primero de los casos, es decir, en el caso de las personas y/o micro-empresas cuya actividad haya quedado suspendida o acrediten haber reducido la facturación en más de un 75% en el mes de abril, la cuantía máxima de la subvención a recibir será de 1.500 euros.
En los casos en los que la actividad no haya quedado suspendida pero sí se acredite una reducción en la facturación de abril de entre el 50% y un 75%, la cuantía máxima será de 750 euros.
Presentación de solicitudes:
Las solicitudes, y su documentación deberán presentarse al Ayuntamiento a través de su registro electrónico y el plazo para ello será de 15 días desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
- “Bonos Lezo” para fomentar el consumo local
Los llamados “Bonos Lezo” tienen como principal objetivo incentivar el consumo en los establecimientos locales de Lezo. De este modo, el Ayuntamiento quiere impulsar el comercio local y ayudar a las y los comerciantes y hosteleros del municipio.
¿Cuál es su funcionamiento?
Mediante los bonos, El Ayuntamiento de Lezo subvencionará la compra de bienes y servicios en establecimientos comerciales adheridos a la campaña, en los cuales dichos bonos servirán como medio de pago.
Así pues, el bono será de 10 € y tendrá un precio de venta de 7 €, dando a su portador/a un valor de 10 € para realizar las compras en los comercios adheridos a la campaña. La diferencia de 3 € en cada bono será aportada por el Ayuntamiento de Lezo.
Condiciones y plazo de adhesión a los “Bonos Lezo”:
Podrán adherirse al programa “Bono Lezo” aquellos establecimientos de Lezo de venta directa de productos y servicios y el plazo para ello será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Las solicitudes y su documentación deberán ser presentadas al Ayuntamiento de Lezo a través de su registro electrónico.
¿Dónde se pueden adquirir los “Bonos Lezo”?
La venta de bonos se realizará en el propio establecimiento.
- Subvenciones para la reactivación económica de los sectores del comercio y la hostelería de Lezo
Por último, la tercera línea de ayuda está orientada a la reactivación de la economía local y bajo esa premisa, su principal objetivo es ofrecer subvenciones para la realización de inversiones, de estudios necesarios para llevar a cabo esas inversiones y/o para la compra de equipamientos para hacer frente a esta nueva situación y realidad generada por el COVID-19 en lo referente al sector comercial y hostelero.
Y es que muchos comercios y negocios hosteleros se están viendo obligados a “reinventarse” o a ampliar o reducir sus campos de venta y/o servicios debido a la crisis actual, por lo que el Ayuntamiento ha querido ofrecer su ayuda a aquellas personas que se encuentren en esta situación de forma que puedan mantener su actividad económica y el empleo y afrontar las consecuencias derivadas del coronavirus.
Los fondos para esta convocatoria provienen del Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Cuantía de la subvención y actuaciones subvencionables:
El crédito máximo disponible para la financiación de las ayudas asciende a 21.971 euros y se subvencionarán las siguientes actuaciones:
- Adaptación de los locales y formas de trabajo.
- Inversiones y equipamiento para la adecuación de los locales comerciales u hosteleros para el cumplimiento de los criterios/protocolos de seguridad y sanitarios.
- Inversiones y equipamiento para la adecuación de las formas de trabajo para las nuevas relaciones con la clientela y las entidades proveedoras.
Asimismo, las actuaciones subvencionables deberán realizarse entre el período del 14 de marzo y el 31 de diciembre del año 2020.
Forma y plazo de presentación de solicitudes:
Al igual que en los casos anteriores, las solicitudes, y su documentación deberán presentarse al Ayuntamiento de Lezo a través de su registro electrónico y el plazo para ello será de 15 días desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.