En Lezo, siendo las 9:00 horas del día 11 de setiembre de 2003, se celebra en la Sala de Comisiones de Gobierno la SESION ORDINARIA de la Comisión de Gobierno, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los siguientes corporativos: Iñake Urrestarazu Azurmendi, Jesús Mª Martiarena Jaca y Aroia Goienetxea Egibar.
No asiste a la sesión: Aitor Ocerin Ibáñez.
Actúa de secretario Pedro Etxarri Ollokiegi, por encontrarse en situación de baja laboral el secretario Xabier Loiola Aristi.
PERIODICIDAD Y HORARIO DE LAS SESIONES DE LA COMISION DE GOBIERNO
1.- Propuesta para decidir la periodicidad de las sesiones ordinarias de Comisión de Gobierno.
Propongo a la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento la adopción del siguiente acuerdo:
La Comisión de Gobierno celebrará sesiones ordinarias los jueves, cada quince días, a las 9:00 horas.
Se aprueba por unanimidad la propuesta.
ALCALDIA
2.- Dación de cuenta de resoluciones de alcaldía, nº 254, 292, 296, 310 y 316 los cuales se detallan de la siguiente manera:
Decreto nº 254: aprobación del 1.er trienio a los empleados: Miren Karmele Lizarraga Garmendia, Aitor Unanue Etxegaray e Igor Ugarte Martín.
Decreto nº 292: Sustitución del secretario, desde el 6 al 29 de agosto de 2003, ambos incluidos.
Decreto nº 296: licencia de obras para construcción de viviendas y trasteros en el área UAD, 5.4. (Agustina Lizarazu kalea, 1).
Decreto 310: aprobación de horario de oficinas municipales desde 1 de setiembre de 2003.
Decreto nº 316: Concesión de subvenciones a diversas asociaciones para llevar a cabo la organización de las fiestas de Santa Cruz 2003.
Los citados decretos han sido ratificados por la Comisión de Gobierno.
TEMAS DE INTERIOR
3.- Reajuste del calendario laboral del ejercicio 2003.
La Comisión de Gobierno en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2002 acordó, con carácter provisional, los calendarios laborales a practicar durante los comienzos de 2003. En lo concerniente a los trabajadores de Oficinas, se estableció una jornada laboral de 6 horas y 31 minutos, en horario de mañanas, y dos puentes laborales durante el año.
El 27 de febrero de 2003 la Comisión de Gobierno aprobó los calendarios laborales que entrarían en vigor a partir de 1 de marzo. Respecto a los trabajadores de Oficinas se estableció una jornada laboral de 5 horas en horario de mañanas y, los lunes, se debía trabajar 3 horas por la tarde. Se aprobó un único puente laboral, el día 1 de agosto.
En vista de ello, algunos trabajadores no aceptaron este calendario y continuaron trabajando la jornada laboral establecida anteriormente. El Ayuntamiento, por su parte, procedió a descontar las horas no trabajadas por la tarde.
Tras conversaciones mantenidas con los representantes de los trabajadores, el alcalde, mediante el Decreto 310 del 26 de agosto de 2003, resolvió restablecer, a partir del 1 de setiembre, el calendario aprobado para Oficinas en fecha 19/12/02.
Por todo ello, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Ratificar el Decreto de Alcaldía nº 310.
SEGUNDO: Abonar a los trabajadores los descuentos efectuados a raíz de la huelga.
TERCERO: Hacer un nuevo cálculo de las horas trabajadas a lo largo del año por cada trabajador.
URBANISMO Y SERVICIOS
4.- Denegar a José Ignacio Lasa, en representación de Provimar, S.A. la licencia de apertura del pabellón situado en Txatxamendi kalea, 43, (Ipintza Industrialdea) para dedicarla a la provisión de productos alimenticios, ya que previamente debe presentar diversa documentación.
Examinada la instancia presentada por José Ignacio Lasa, en representación de Promivar, S.A., en la que solicita licencia de apertura del pabellón sito en Txatxamendi Kalea 43 (Ipintza Industrialdea), y visto el informe del técnico municipal, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Denegar a José Ignacio Lasa, en representación de Promivar, S.A., la licencia de apertura del pabellón sito en Txatxamendi kalea nº 43, para dedicarla a la provisión de productos alimenticios ya que, previamente, debe presentar la siguiente documentación:
1.- Proyecto visado de la actividad, con el objeto de tramitar el expediente de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
2.- Proyecto visado de análisis del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales.
3.- En el caso de que la potencia de alumbrado lo requiera de acuerdo a las normas que a tal efecto están en vigor, se deberá aportar un proyecto visado de la instalación eléctrica.
5.- Conceder a Jesús Mª Díez Agesta, en representación de Carrocerías Pasajes licencia de apertura al pabellón sito en Txatxamendi kalea, 57 (Ipintza Industrialdea) para ejercer la actividad de carrocería.
Examinada la instancia presentada por Jesús Mª Diez Agesta en representación de Carrocerías Pasajes, en la que solicita licencia de apertura del pabellón sito en Txatxamendi Kalea 57 (Ipintza Industrialdea), y visto el informe del técnico municipal, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder licencia de apertura al pabellón sito en Txatxamendi Kalea nº 57 (Ipintza Industrialdea), para ejercer la actividad de carrocería, condicionada al cumplimiento, en el plazo de 30 días, de la Resolución de 15 de abril de 1996 de la Directora de Industria, Energía y Minas.
6.- Conceder a Aurelio Campo Iglesias en representación de Euskaltel, S.A. licencia de obras para canalización de telefonía y CATV en Gorbea kalea (núcleo 1 A- Zona 1).
Aurelio Campo Iglesias en representación de la empresa Euskaltel S.A., presenta proyecto que tiene por objeto la definición de la infraestructura necesaria para la distribución de los servicios de telefonía y CATV en el municipio de Lezo,
El alcance del presente proyecto, comprende tanto la obra civil como la distribución de cables desde el repartidor del nudo C para el servicio telefónico y la distribución desde el transceptor óptico hasta los taps terminales situados en los inmuebles de la señal de CATV
Vistos el informe emitido por el técnico municipal, este Delegado de Urbanismo, eleva a la Comisión de Gobierno, la siguiente
PRIMERO: Conceder al interesado la licencia de obras solicitada, con arreglo a las siguientes condiciones:
1.- Las obras de reposición deberán condicionarse a la reposición de los firmes actualmente existentes, en la misma situación en que se encuentran actualmente.
2.- Se señalizarán las obras y se tomarán las medidas de precaución que sean necesarias.
SEGUNDO: Se deberá depositar una fianza de 4.056 euros.
TERCERO: El período de ejecución de la obra es de dos semanas.
7.- Conceder a Aurelio Campo Iglesias en representación de Euskaltel, S.A. licencia de obras para canalización de telefonía y CATV en kale Nagusia (núcleo 1 A ? Zona 2).
Aurelio Campo Iglesias en representación de la empresa Euskaltel S.A., presenta proyecto que tiene por objeto la definición de la infraestructura necesaria para la distribución de los servicios de telefonía y CATV en el municipio de Lezo.
El alcance del presente proyecto, comprende tanto la obra civil como la distribución de cables desde el repartidor del nudo C para el servicio telefónico y la distribución desde el transceptor óptico hasta los taps terminales situados en los inmuebles de la señal de CATV
Visto el informe emitido por el técnico municipal, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder al interesado la licencia de obras solicitada, con arreglo a las siguientes condiciones:
1.- Las obras de canalización de la Kale Nagusia, deberán ser realizadas conjuntamente con la canalización a ejecutar para la instalación del gas por parte de la empresa Naturgas.
2.- Se deberá de realizar un previo replanteo de las instalaciones del cableado visto que afecte a la zona urbana del casco antiguo de Lezo.
SEGUNDO: Se deberá depositar una fianza de: 11.951 euros.
TERCERO: El período de ejecución de la obra es de cuatro semanas.
8.- Conceder a Aurelio Campo Iglesias en representación de Euskaltel, S.A. licencia de obras para canalización de telefonía, CATV en la zona de acceso a los garajes del polideportivo Bekoerrota, (núcleo 1 A ? Zona 3).
Aurelio Campo Iglesias en representación de la empresa Euskaltel S.A., presenta proyecto que tiene por objeto la definición de la infraestructura necesaria para la distribución de los servicios de telefonía y CATV en el municipio de Lezo.
El alcance del presente proyecto, comprende tanto la obra civil como la distribución de cables desde el repartidor del nudo C para el servicio telefónico y la distribución desde el transceptor óptico hasta los taps terminales situados en los inmuebles de la señal de CATV y colocación de un cuadro en la zona de acceso a los garajes del polideportivo.
Visto el informe emitido por el técnico municipal, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder al interesado la licencia de obras solicitada, con arreglo a las siguientes condiciones:
1.- Las obras de canalización, deberán condicionarse a la reposición de los firmes actualmente existentes, en la misma situación en que se encuentran actualmente.
2.- Se señalizaran las obras y se tomarán las medidas de precaución que sean necesarias.
SEGUNDO: Se deberá depositar una fianza de 7.415 euros.
TERCERO: El plazo de ejecución de las obras es de dos semanas.
9.- Conceder a Antonio Etxebeste Etxeberria, en representación de Chatarrería Zubitxo licencia de apertura del pabellón sito en Txatxamendi kalea nº 5, taller 22 (Ipintza Industrialdea).
Examinada la instancia presentada por Antonio Etxebeste Etxeberria, en representación de Chatarrería Zubitxo, y visto el informe del técnico municipal, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder al interesado la licencia municipal de apertura del pabellón sito en el nº 5, taller 22 (Ipintza poligonoa) para ejercer la actividad de chatarrería.
10.- Conceder a Luis Mari Etxart, en representación de Leonenea, S.L., la licencia de obras para construcción de un edificio de viviendas, planta baja comercial y aparcamientos en Leon Enea (UAD 14 ? Zubitxo kalea, 21).
Luis Mari Etxart, en representación de Leonenea, S.L., presenta proyecto básico para la construcción de un edificio de viviendas en Leon Enea (Area UAD 14), solicitando licencia municipal. El proyecto ha sido redactado por los arquitectos Begiristain Arkitektura Bulegoa, S.L., estando visado por el correspondiente colegio profesional.
Mediante Decreto de Alcaldía nº 258 el 1 de julio de 2003 se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle de la UAD 14 (Zubitxo Kalea, 21) exponiéndose públicamente durante el plazo de 15 días. En dicho Estudio de Detalle se definen las alineaciones y rasantes correspondientes a la edificación planteada en la ficha urbanística de la Modificación de NNSS de Planeamiento de Lezo referida a diferentes ámbitos de actuación tanto en el Casco Histórico como exterior a él.
Según el informe emitido por el arquitecto asesor, el proyecto cumple las determinaciones urbanísticas definidas en la ficha urbanística citada, manteniendo las alineaciones y no superando las rasantes propuestas en el Estudio de Detalle.
Se prevé la ejecución de 12 viviendas en un perfil edificatorio de semisótano, planta baja y cuatro plantas, situándose en el semisótano 13 plazas de garaje (una para minusválidos) y en planta baja trasteros, local comercial y una vivienda en dúplex, el resto de viviendas se ubicarán en las plantas altas. No se superan las superficies máximas de techo construido sobre rasante ni bajo rasante.
Visto el informe técnico, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder a Luis Mari Etxart, en representación de Leonenea, S.L., la licencia de obras solicitada para construcción de un edificio de viviendas, planta baja comercial y aparcamientos en Leon Enea (UAD.14 ? Zubitxo kalea, 21), con arreglo a las siguientes condiciones:
1.- Antes del comienzo de las obras deberá presentar proyecto de ejecución visado y plano de tira de cuerdas, debiéndose contactar con el Aparejador Municipal para la definición de las conexiones con las redes municipales de infraestructuras.
SEGUNDO: Asimismo, deberá, de acuerdo al Convenio urbanístico firmado entre el Ayuntamiento de Lezo y la propiedad (estipulación quinta) deberá hacer efectiva la cantidad de 65.319 euros, correspondiente al canon de urbanización (63.549 euros), actualizado con un interés equivalente al IPC desde 1 de enero del 2003 hasta la fecha (2,8%).
TERCERO: Finalizada la construcción deberá solicitar la correspondiente licencia de primera ocupación, acompañando a la misma la siguiente documentación:
1.- Certificado técnico visado de final de obra.
2.- Impreso U-4 tramitado y visado por el Departamento de Bienes de Diputación Foral.
3.- Fotos de la nueva construcción.
4.- Escritura de obra nueva.
CUARTO: El impuesto sobre construcciones asciende a la cantidad de 52.590,04 euros. Esta liquidación es provisional.
11.- Requerimiento de pago a Promociones Jauregialde, S.L. correspondiente al canon de urbanización de la UAD. 8 (Andreseneko Tolarieta).
La Comisión de Gobierno en sesión celebrada el 29 de mayo de 2003, acordó conceder licencia de obras a PROMOCIONES JAUREGIALDE, S.L. para la construcción de viviendas en la UAD. 8 Andreseneko Tolarieta.
Visto el informe del técnico municipal, este Delegado de Urbanismo eleva a la Comisión de Gobierno la siguiente
PRIMERO: Requerir a Promociones Jauregialde, S.L., que, de acuerdo al Convenio urbanístico firmado entre el Ayuntamiento de Lezo y la propiedad (estipulación quinta), deberá hacer efectiva la cantidad de 29.956 euros, correspondiente al canon de urbanización (29.140 euros) actualizado con un interés equivalente al IPC desde el 1 de enero del 2003 hasta la fecha (2,8%).
12.- Conceder a Nicolás Garmendia Urtizberea, en representación de Gamboenea, S.L, licencia de obras para construcción de viviendas y trasteros en la UAD, 1.4. (Jaizkibel Hiribidea, 41-bis).
Nicolás Garmendia Urtizberea, en representación de Gamboenea, S.L., presenta solicitud para la tramitación del proyecto básico de construcción de un edificio de viviendas y trasteros en la U.A:D. 1.4. (Jaizkibel Hiribidea 41), proyecto realizado por el arquitecto Jesús Ansa Zabaleta y visado por el colegio profesional correspondiente.
El técnico asesor de acuerdo a las NNSS vigentes, informa que:
El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 30 de julio de 2003 aprobó definitivamente el Estudio de Detalle del área U.A.D. 1.4, debiéndose corregir en el Proyecto de edificación las distancias de los balcones a las esquinas de la edificación, no pudiéndose superar la distancia máxima de 1 m. establecida en la modificación de NNSS.
El proyecto básico presentado plantea la ejecución de un edificio cuyo perfil edificatorio es de semisótano, planta baja y tres plantas altas y bajo cubierta, previéndose la ubicación de trasteros en semisótano y viviendas en las plantas restantes haciendo un total de 5.
La superficie construida total no supera la máxima permitida en la ficha urbanística y la altura al alero es la definida en el Estudio de Detalle aprobado.
El proyecto cumple el resto de determinaciones urbanísticas previstas en la normativa salvo en lo referente a distancias de balcones a las esquinas del edificio, por lo que se informa favorablemente proponiéndose que antes del inicio de las obras se presente el proyecto de ejecución correspondiente debidamente modificado en cuanto a las distancias antes citadas, concretamente el balcón de la
planta tercera de la fachada a Jaizkibel Hiribidea y los balcones de las plantas primera y segunda de la fachada trasera.
Además de lo anterior se recuerda que el trastero vinculado a la vivienda de la planta baja no podrán escriturarse como parte de la misma sino como trastero independiente ya que el uso de vivienda no está permitido en semisótano.
Igualmente se recuerda que, de acuerdo al Convenio Urbanístico (estipulación quinta), firmado entre el Ayuntamiento de Lezo y la propiedad, deberá hacer efectiva la cantidad de 12.196 euros correspondiente al canon de urbanización, (11.864 euros) actualizado con un interés al IPC desde el 1 de enero de 2003 hasta la fecha (2,8%).
Se recuerda también (estipulación sexta) el compromiso de adquisición del derecho de cesión de uso sobre una plaza de garaje por cada una de las viviendas que se construyan, esto es, a adquirir 5 plazas de las que el Ayuntamiento de Lezo tiene previsto construir en el ámbito de Goiko Plaza.
Con referencia al espacio libre de cesión pública, éste deberá escriturarse para su cesión gratuita y urbanizada al Ayuntamiento de Lezo.
Visto el informe técnico, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder a Nicolás Garmendia Urtizberea, en representación de Gamboenea, S.L, licencia de obras para construcción de viviendas y trasteros, debiendo cumplir todas las condiciones que señalamos en la parte expositiva de este acuerdo.
SEGUNDO: Finalizada la construcción deberá solicitar la correspondiente licencia de primera ocupación, acompañando a la misma la siguiente documentación:
TERCERO: Certificado técnico visado de final de obra.
CUARTO: Impreso U-4 tramitado y visado por el Departamento de Bienes de Diputación Foral.
QUINTO: Fotos de la nueva construcción.
SEXTO: Escritura de obra nueva.
SEPTIMO: El impuesto sobre construcciones asciende a la cantidad de 16.227,30 euros. Esta liquidación es provisional.
13.- Conceder Claudio Arregi Garmendia, en representación de C.D. Caza y Pesca Jaizkibel Allerru, licencia de apertura del local sito en Lopene plaza nº 5, con destino a ejercer la actividad de sociedad gastronómica, cultural y deportiva de caza y pesca.
Examinada la instancia presentada por Claudio Arregi Garmendia, en representación de C.D. Caza y Pesca Jaizkibel Allerru, en la que solicita licencia de apertura del local sito en Lopene plaza nº 5, y visto el informe del técnico municipal, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder al interesado la licencia municipal de apertura del local sito en el nº 5 de Lopene plaza, con destino a ejercer la actividad de sociedad gastronómica, cultural y deportiva de caza y pesca.
14.- Informar favorablemente el expediente de actividades que se tramita a instancia de Alvaro Acuña Muñoz, en representación de Efectos Navales Pasai, S.A., para habilitar el pabellón sito en Txatxamendi kalea 45-47, (Ipintza Industrialdea) con destino a ejercer la actividad de almacenaje y venta de todo tipo de suministros relacionados con la industria, asimilable a ferretería industrial.
Examinado el expediente de actividades que se tramita a instancia de Alvaro Acuña Muñoz, en representación de Efectos Navales Pasai, S.A., y visto el informe del técnico municipal, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Informar favorablemente el expediente de actividades que se tramita a instancia de de Alvaro Acuña Muñoz, en representación de Efectos Navales Pasai, S.A., para habilitar el pabellón sito en Txatxamendi kalea 45-47, (Ipintza Industrialdea) con destino a ejercer la actividad de almacenaje y venta de todo tipo de suministros relacionados con la industria, asimilable a ferretería industrial.
SEGUNDO: Elevar el expediente al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, a fin de que procedan a imponer las medidas correctoras que correspondan.
15.- Revocación del acuerdo de Comisión de Gobierno de fecha 6 de junio de 2003, en el que se acordó adjudicar a la empresa Ateri, S.L. las obras de impermeabilización en el segundo departamento del depósito de Darieta.
La Comisión de Gobierno en sesión celebrada el 6 de junio de 2003, acordó adjudicar a la empresa Ateri, S. L., las obras de impermeabilización en el segundo departamento del depósito de Darieta por un total de 22.721,8 euros más IVA.
Visto el informe técnico, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Revocar el acuerdo citado.
16.- Denegar a Iñigo Azkue Goya la licencia de obras solicitada para rehabilitar el edificio Gaxparrenea (Gaintza kalea).
Iñigo Azkue Goya presenta el 15 de julio de 2003, solicitud de licencia para la rehabilitación del edificio Gaxparrenea, sito en Francisco de Gaintza kalea, adjuntando proyecto básico redactado por los arquitectos A. Uriarte, A. Errasti, A. Eceiza y R. Errazkin y visado por el colegio profesional correspondiente.
El técnico asesor informa que:
El proyecto básico presentado propone la rehabilitación del edificio denominado Gaxparrenea o Artzaienea, situado en la esquina entre Donibane y Gaintza kalea, manteniendo el muro de piedra existente en todo el perímetro hasta la planta primera y levantando una planta más de acuerdo a la ficha urbanística correspondiente a la U.A.D. 5.2 de las NNSS.
Las determinaciones urbanísticas que debe cumplir la edificación a rehabilitar son las contenidas en la ficha urbanística antes citada, habiéndose modificado las rasantes de acuerdo al Estudio de Detalle aprobado definitivamente.
El aprovechamiento edificatorio de vivienda no supera los 320,37 m² establecidos, pero el exceso de aprovechamiento situado bajo cubierta se ha de destinar a trastero vinculado a la vivienda y no a estudio, baño y terraza (tal y como se ha proyectado).
El perfil edificatorio es el permitido PB+2PA+BC, pero la altura mínima permitida, medida de suelo a techo, (art. 46.Ordenanzas del Casco Antiguo) ha de ser 2,60 m. incumpliéndose en la planta primera.
La tipología de la cubierta se ajustará a la de la edificación existente (Art. 47. Ordenanzas Casco Antiguo), por lo que no se podrá realizar la terraza prevista ?además de no poderse justificar como trastero en bajo cubierta-.
Los vuelos situados en Donibane Kalea no cumplen la normativa (3.3. Parcelación, ocupación, alineaciones y perfiles) de la ficha urbanística, ya que la longitud máxima permitida no puede sobrepasar la tercera parte de la longitud total de la fachada, en nuestro caso 4,86 m. en vez de los 6,40 proyectados.
Visto el informe técnico, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: No conceder licencia de obras para rehabilitar el edificio Gaxparrenea, por las razones expuestas, debiéndose realizar las siguientes modificaciones:
1.- El perfil de la cubierta actual no se podrá modificar, por lo que deberá eliminarse la terraza prevista.
2.- La altura libre de la planta primera deberá ser como mínimo de 2,60m., por lo que la altura del bajo cubierta se reducirá en 10 cm.
3.- El uso del espacio resultante en bajo cubierta será (de acuerdo a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle) el de trastero vinculado a la planta segunda no pudiéndose utilizar como vivienda, por lo que deberá eliminarse el baño y la terraza (ésta por doble motivo).
4.- Se deberán ajustar las longitudes de los vuelos a Donibane Kalea al máximo permitido en la ficha urbanística, 1/3 de la longitud total de la fachada.
5.- Se deberá modificar la memoria en los aspectos arriba mencionados.
17.- Conceder a Juan Miguel Simón Pérez, en representación de Domo Simón, S.L., licencia de obras para la ejecución de un edificio de 7 viviendas, local comercial y garajes en la U.A.D. 7 (Donibane kalea, 10).
El 17 de junio de 2003, Juan Miguel Simón Méndez, en representación de DOMO SIMON S.L., presentó proyecto de ejecución de 7 viviendas, local comercial y garajes en la U.A.D. 7 (Donibane kalea 10), redactado por el Doctor Arquitecto Juan Mª Aguirre Orobiurrutia.
El informe del técnico asesor informa que:
Revisado el mismo se detectó la falta de documentación imprescindible para la obtención de la licencia de construcción, requiriéndose a tal fin la complementación del proyecto con la presentación del presupuesto, estudio de seguridad y salud, programa de control de calidad y proyecto de telecomunicaciones.
El 30 de julio de 2003, se adjunta la documentación requerida, solicitando se le dé el trámite reglamentario oportuno.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2003, aprobó definitivamente el Estudio de Detalle del área U.A.D. 7 (Donibane Kalea, 10).
El proyecto de ejecución presentado plantea la construcción de un edificio en el que se ubicarán 7 viviendas ?una en planta baja y seis en plantas altas-, un local comercial en Donibane kalea y 7 plazas de garaje en semisótano con acceso desde Polentzarrene Kalea.
La superficie construida total ?665,88 m²(t)- no supera la máxima permitida en la ficha urbanística, aunque la ocupación de suelo por planta supera ligeramente la permitida.
Los usos en todas las plantas son los definidos para la unidad así como el perfil edificatorio SS+PB+3PA+BC, las alineaciones y la altura máxima al alero (12,10m).
Por lo tanto el documento presentado cumple las determinaciones urbanísticas previstas en la normativa informándose favorablemente.
A la vista del informe técnico, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder a Juan Miguel Simón Méndez, en representación de DOMO SIMON S.L., licencia de obras para la ejecución de un edificio de 7 viviendas, local comercial y garajes en la U.A.D. 7 (Donibane kalea 10), con arreglo a las siguientes condiciones:
1.- De acuerdo al Convenio Urbanístico (estipulación quinta) firmado entre el Ayuntamiento de Lezo y la propiedad, deberá hacer efectiva la cantidad de 29.041 euros correspondiente al canon de urbanización (28.250 euros) actualizado con un interés equivalente al IPC desde el 1 de enero de 2003 hasta la fecha (2,8%).
2.- Con referencia al espacio libre de cesión pública, éste deberá escriturarse para su cesión gratuita y urbanizada a nombre del Ayuntamiento de Lezo.
3.- Antes de comenzar las obras deberá presentarse plano de tira de cuerdas para la comprobación de las alineaciones por parte de los Servicios Técnicos municipales.
SEGUNDO: Finalizada la construcción deberá solicitar la correspondiente licencia de primera ocupación, acompañando a la misma la siguiente documentación:
1.- Certificado técnico visado de final de obra.
2.- Impreso U-4 tramitado y visado por el Departamento de Bienes de Diputación Foral.
3.- Fotos de la nueva construcción.
4.- Escritura de obra nueva.
TERCERO: El impuesto sobre construcciones asciende a la cantidad de 23.606,97 euros. Esta liquidación es provisional.
18.- Rechazar el proyecto de ejecución presentado por Jesús Garaiar Zuloaga en representación de Zabaltxo Eraikuntzak, S.L., por modificar sustancialmente el proyecto básico, para construir un edificio de viviendas en la U.A.D. 5.4. (Agustina Lizarazu, 1)
El 13 de agosto de 2003, mediante decreto de alcaldía nº 296, se le concedió a Jesús Garaiar Zuloaga, en representación de Zabaltxo Eraikuntzak, S.L., licencia de obras para construir un edificio de viviendas en la U.A.D. 5.4, condicionada, entre otras, a la presentación del preceptivo proyecto de ejecución.
El interesado ha presentado proyecto de ejecución y a la vista del informe emitido por el técnico asesor, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Rechazar el proyecto de ejecución presentado, por modificar sustancialmente el proyecto básico, dado que se ha invadido el espacio útil de la caja de escaleras, restando superficie a la misma e imposibilitando un tránsito normal ?la distancia en los descansillos entre el último peldaño y la pared es de 30 cms. en el lugar más desfavorable.
Por lo tanto, no deberá comenzar las obras en tanto no se modifique todos los planos del proyecto (salvo el 1,2,3,6,7,21,24,25,29,30,31,32,33 y 35) para ajustar la caja de escaleras a la proyectada y aprobada en el proyecto básico.
Por otro lado y con referencia al pavimento previsto en el espacio interior de cesión pública, éste no se realizará de baldosa, (ya que no es una acera), proponiéndose que se ejecute con piedra caliza de 5 cm. de espesor mínimo.
Se le hace saber que la licencia otorgada no ampara el contenido del proyecto de ejecución en todo aquello que modifique el proyecto básico.
URA Y EUSKARA
19.- Abono de las subvenciones por los cursillos de euskera realizados durante el ejercicio 2002/2003.
En la Comisión de Gobierno de fecha 06/06/2003 se aprobaron las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas para aprender el euskara, en euskaltegis homologados y libres, inscritos como tales en el registro de HABE
En lo referente a los cursos de invierno, el plazo para solicitar subvenciones finalizó el 30 de julio.
Dentro de plazo se han presentado las solicitudes que se relacionan en el cuadro adjunto y cumplen todas las condiciones establecidas en las citadas bases.
Por otra parte, José Ignacio Arribas Santamaria presentó la solicitud pero no cumple las condiciones precisas.
Por tanto, teniendo en cuenta todo ello, a propuesta del presidente de la Comisión de Euskara-Cultura, la Comisión de Gobierno adopta la siguiente resolución:
PRIMERO: Conceder la subvención correspondiente (por término medio, las cantidades que se indican en la columna con la denominación Beka) a los relacionados en el cuadro adjunto. A-655.
SEGUNDO: Abonar el 100% de la subvención en un único pago.
TERCERO: Denegar a José Ignacio Arribas Santamaria la subvención solicitada porque no cumple las condiciones necesarias.
Abizena |
Abizena |
Izena |
Beka |
|
I |
Zarrabeitia |
Calle |
Idoia |
193,05 |
L |
Amiano |
Ruiz |
Paloma |
193,05 |
G |
Gomez |
Etchebarne |
Fernanda |
75,00 |
G |
Ortega |
Seas |
Macarena |
163,50 |
G |
Perez |
Arevalo |
Paki |
75,00 |
G |
Goikoetxea |
Zamora |
Miriam |
75,00 |
G |
Duran |
Rasero |
Mª Carmen |
75,00 |
G |
Devesa |
Garcia |
Pepi |
75,00 |
G |
Sanchez |
Barco |
Mª Asun |
37,50 |
G |
Ozkoidi |
Moreno |
Maria |
75,00 |
L |
Pérez |
Alonso de Armiño |
Pili |
96,53 |
G |
Santos |
Lopez |
Luis |
75,00 |
M |
Vergara |
Gabilondo |
Igotz |
225,00 |
G |
Aiestaran |
Barbarin |
Iñaki |
75,00 |
G |
Palacios |
Saenz |
Ruben |
60,00 |
G |
Chamon |
Lopez |
Rogelia |
75,00 |
G |
Mata |
Navarro |
Luis Angel |
75,00 |
TOTAL |
1.718,63 |
RUEGOS Y PREGUNTAS:
No hay.
Cierre del acta.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 11:00 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 309.930 al 309.943, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.