6 de Junio de 2005

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 9:05 horas del día 6 junio de 2005, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los corporativos Jesús Mª Martiarena Jaca, Iñake Urrestarazu Azurmendi y Aroia Goienetxea.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 23 de mayo de 2005.

Se aprueba el acta.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

2.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de los decretos emitidos desde la última Junta de Gobierno.

3.- Propuesta de aprobación del calendario de vacaciones de los trabajador@s del Ayuntamiento para el año 2005.

Vistos los calendarios para vacaciones presentados por los distintos departamentos y personal de este Ayuntamiento para el año 2005, y a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptados las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Aprobar el calendario de vacaciones del año 2005 de los siguientes departamentos y personal del Ayuntamiento de Lezo:

· Oficinas generales.

· Oficinas de Bienestar Social.

· Intervención.

· Urbanismo y Servicios.

· Euskara y Cultura.

· Auxiliares domiciliarias.

· Biblioteca.

· Director de polideportivo.

· Brigada.

· Conserje de escuela.

· Guardia Municipal.

· Cabo Jefe de la Guardia Municipal.

SEGUNDO:Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta de prórroga del contrato del servicio de asesoramiento jurídico permanente a Estudio Jurídico Easo, S.L.

En la Junta de Gobierno Local de 24 de mayo de 2004, se aprobó adjudicar el contrato del servicio de asesoramiento jurídico para asesoría y asistencia técnica a ?Estudio Jurídico Easo, S.L.?. Se acordó que la duración del contrato fuera de un año, siendo posible la prórroga previo acuerdo mutuo y expreso de ambas partes.

Cumplido el año, y habiendo recibido la propuesta de prórroga de ?Estudio Jurídico Easo, S.L.?, visto el informe de 10 de mayo de 2005 firmado por el Secretario municipal, y a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente RESOLUCIÓN:

PRIMERO: Aprobar la prórroga del contrato de servicio de asesoramiento jurídico permanente durante un año, a tenor de las condiciones y requisitos suscritos el 1 de junio de 2004.

SEGUNDO: Según la cláusula II.4 del pliego, proceder a la revisión del precio del contrato, incorporando el incremento experimentado por el Índice de Precios al Consumo (IPC), tomando como base el precio suscrito en su día. Teniendo en cuenta que de abril de 2004 a abril de 2005 el incremento sufrido por el IPC en la Comunidad Autónoma Vasca ha sido del 3,4%, resulta un incremento anual de 1.020 ?.

TERCERO: Recursos contra la resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

5.- Propuesta de aprobación de prórroga del contrato de asesoramiento técnico urbanístico a Roberto García Aizpiri.

Se deja la propuesta sobre la mesa para estudiar otras posibilidades sobre el plazo de prórroga.

6.- Ratificación del decreto de alcaldía nº 226 por el que se concede a Iñigo Azkue Goya licencia de primera ocupación de la casa sita en Frantzisko Gaintza nº 2 (Gaxparrenea).

Todos los miembros de la Junta de Gobierno Local han ratificado el decreto nº 226.

7.- Propuesta de aprobación de concesión de licencia de obras a Mª Carmen Isasa Sorzabal para rehabilitación de la vivienda bifamiliar del caserío Saizar.

Mª Carmen Isasa Sorzabal, presenta proyecto de rehabilitación de vivienda bifamiliar del caserío Saizar.

El informe del arquitecto asesor dice:

?El objeto del Proyecto presentado, redactado por D. Iñaki Ondarra Mujika y D. José Manuel Diego Kerejeta y visado el 5 de mayo de 2.005 por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro, es el de reformar el caserío Saizar disponiendo en él un edificio bifamiliar, toda vez que se ha trasladado el ganado a una nave agrícola de reciente construcción.

Con carácter previo a la ejecución de la mencionada cuadra fue remitido un escrito por parte de la Alcaldía del Ayuntamiento de Lezo en el que se indicaba que a pesar de que no se alcanzaba la parcela mínima vinculada a un edificio bifamiliar, se daba por buena la superficie aportada -14.726 m² frente a los 15.000 m² mínimos- habida cuenta que con anterioridad habían sido cedidos una serie de terrenos para la ejecución de la ampliación del vial Lezo-Gaintxurizketa.

Igualmente, con anterioridad a la presentación del Proyecto objeto del presente informe fue presentado un Proyecto Básico que contó con los informes técnico y jurídico favorables. Sin embargo en el informe realizado por el Departamento para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa, según lo dispuesto en el Decreto Foral 82/1998, de 24 de Noviembre, de coordinación de actuaciones y licencias en suelo no urbanizable, se informaba desfavorablemente la posibilidad de convertir la vivienda oeste del viejo caserío Saizar en dos viviendas dado que no se superaba el mínimo de viabilidad exigido por el D.F. 82/1998, indicando que el Proyecto no se vería afectado por el citado Decreto en caso de que tratase de una reconstrucción.

En consecuencia lo que se plantea ahora es la reconstrucción-rehabilitación de la parte oeste del caserío albergando en él dos viviendas y vinculadas a una parcela de 14.726 m².

Analizado el Proyecto cabe indicar que éste mantiene algunas trazas originales de la edificación y se puede, asimismo, apuntar que se adecua a las condiciones generales establecidas en las NN.SS., siendo la superficie a edificar menor a la máxima permitida, se destinan a usos anejos a la vivienda el 40% de la superficie y cumple las condiciones de altura, perfil y materiales exigidos en las ordenanzas.

En definitiva se informa favorablemente el Proyecto presentado, señalándose que según el art. 54.3 de las ordenanzas de las NN.SS será necesario plantar un árbol por cada 50 m³ edificados en las condiciones indicadas en el mismo artículo.

Asimismo hay que recordar que no será posible segregar cada una de las viviendas dado que la parcela mínima resulta ser de 10.000 m²?.

A la vista de ello, y a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente RESOLUCIÓN:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a Mª Carmen Isasa Sorzabal, para rehabilitar una vivienda bifamiliar del caserío Saizar, con arreglo a lo siguiente:

Deberá plantar un árbol por cada 50 m³ edificados, tal como se señala en el informe del técnico.

También como se indica en dicho informe, se le recuerda que no será posible segregar cada una de las viviendas ya que la parcela mínima resulta ser de 10.000 m².

SEGUNDO: Por el impuesto sobre construcciones deberá abonar la cantidad de 14.588 ?.

TERCERO: Recursos contra la resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

SERVICIOS SOCIALES

8.- Propuesta de aprobación de la solicitud del servicio de ayuda domiciliaria.

Vista la solicitud de ayuda domiciliaria realizada por el matrimonio P.C. y J.R. (exp.933) y el informe social realizado por la trabajadora social, así mismo, a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente RESOLUCIÓN:

PRIMERO: Conceder el servicio de ayuda domiciliaria a P.C. y J.R. (exp.933). El servicio semanal será de 3 horas para ayudar a realizar tareas de servicio doméstico. La dedicación diaría será ampliable en función de las necesidades.

SEGUNDO: La aportación económica mensual por el servicio es de 45,36 ?.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

9.- Propuesta de aprobación de solicitudes de Ayuda de Emergencia Social.

Sobre las solicitudes de ayuda de emergencia social, visto el informe emitido por la trabajadora social y al amparo de la Ley 12/1998 del 22 de mayo, y el Decreto 199/1999 del 20 de abril por el que se regulan las ayudas de emergencia social, así mismo, a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente RESOLUCIÓN:

PRIMERO: Conceder la ayuda de emergencia social para el 2005 a los siguientes expedientes:

Nº expte.

Concepto

Importe

301

6

150 ?

231

6

45 ?

870

6

2.244,39 ?

TOTAL

2.439,39 ?

SEGUNDO: Advertida de que las subvenciones que concede el Gobierno Vasco se hallan agotadas desde febrero, la delegada de Bienestar Social propone pagar a través del programa de ayudas promovido por el propio ayuntamiento. (A-104/2004, A-979/2004).

TERCERO: Las personas beneficiarias de dichas ayudas cumplirán las siguientes obligaciones:

· La ayuda concedida sólo podrá ser destinada a la consecución del objetivo solicitado.

· Las subvenciones deberán ser justificadas mediante la presentación de los correspondientes recibos o facturas.

· Comunicar los hechos sobrevenidos en relación al cumplimiento de los requisitos que pudieran dar lugar al acceso a las prestaciones

· Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual del beneficiario.

· Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida.

· Comparecer ante la Administración y colaborar con la misma cuando sea requerido.

CUARTO: Asimismo, el Ayuntamiento comprobará con los medios oportunos si se mantienen los requisitos para la concesión de las ayudas.

QUINTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

10.- Propuesta de aprobación de prórroga del programa de intervención familiar.

Visto el informe realizado por la trabajadora social referente al programa de apoyo a la familia P.S. (esp. 870) que se está llevando a cabo con la intervención de la educadora familiar, y a propouesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente RESOLUCIÓN:

PRIMERO: Aprobar la continuación del apoyo familiar otros seis meses.

SEGUNDO: Asumir el coste de las sesiones por un total de 1.898,22? (AD- 340).

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No se ha formulado ninguna pregunta.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:25 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números xxx al xxx, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna