17 de Enero de 1996

    Tipo de documento

    En Lezo, siendo las 19:00 horas del día diecisiete de enero de mil novecientos noventa y seis, se constituye, en la sala de sesiones de la Casa Consistorial, el PLENO MUNICIPAL, al objeto de celebrar SESIÓN EXTRAORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria bajo la presidencia del alcalde, Mikel Arrizabalaga Pikabea, y con la asistencia de los siguientes corporativos: Jesús Mª Etxebeste Bengoetxea, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia, Mª Carmen Viaña Balda, Jesús Mª Martiarena Jaka, Pello Garbizu Azkue, Mirari Rekalde González, Iñake Urrestarazu Azurmendi, José Mª Boto Sancho y Nicanor Barradas Piris.

    Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi y Pello Goikoetxea Agirre de intérprete.

    1.- APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA INSTALACIÓN Y ACTIVIDAD PUBLICITARIA.

    El alcalde presenta el tema diciendo que han sido los concejales de la oposición quienes han solicitado la celebración de este pleno, proponiendo la aprobación de una ordenanza reguladora de la instalación y actividad publicitaria, por lo que les cede la palabra para que defiendan su propuesta.

    Las intervenciones de los concejales giran entorno a dos cuestiones: una, la propia ordenanza en sí; y otra, el haber tratado la cuestión en la comisión de cultura, en la que HB expuso su postura al respecto. Postura recogida en escrito que se ha repartido en esta sesión a los concejales.

    Toma la palabra J.M. Boto, quien considera necesaria una ordenanza por la que se consiga que al menos los edificios nobles del municipio se mantengan limpios. Respecto a cómo se ha tratado la propuesta en el Ayuntamiento, se asombra de que se haya tratado en la comisión de cultura, cuando a su juicio es un tema que no tiene nada que ver con cultura, y que sin dudar es más propio de tratarlo en la comisión de servicios.

    Considera que la postura expuesta por HB en la comisión de cultura es una muestra más de que ese grupo no tiene ninguna voluntad por abordar y tratar de solucionar el tema. Cree que en el fondo lo que se pretende es seguir intimidando.

    Jone Salaberria, presidenta de la comisión de cultura, explica que se trató el tema en comisión de cultura al objeto de conocer la opinión de las distintas asociaciones y grupos que acuden a ella, y que presumiblemente pudieran verse afectados por la ordenanza.

    J.M. Martiarena subraya la necesidad de una ordenanza, no debiendo quedar el tema pospuesto sin concretar compromisos ni fechas para su aprobación, como cabe deducir de la posición de HB.

    M. Recalde dice que es mentira lo que dice HB en el escrito repartido en la comisión de cultura. Les censura que han tenido suficiente tiempo para actuar sobre este problema y que es una simple cuestión de imagen el hablar a última hora de buenas voluntades, etc. Se extraña de que el alcalde comparta la idea de crear una partida para la limpieza de fachadas, porque con ello se empobrecerían más las ya hoy pobres arcas municipales.

    J.M. Boto dice que la comisión de cultura ha sido una verdadera falacia, ya que a sus miembros sólo se les ha repartido y explicado la postura de HB, sin tratarse la ordenanza propuesta. Cree que los representantes de las asociaciones presentes iban predispuestos a favorecer la postura de HB.

    El alcalde, contestando a J.M. Martiarena, dice que para aprobar una ordenanza de este tipo hay que tener en cuenta a los agentes implicados en la publicidad, porque de lo contrario, la ordenanza no sería eficaz. A juicio del alcalde, hay que distinguir entre la publicidad comercial y la publicidad política. Considera que es ésta última la más difícil de tratar -dada la situación de Euskal Herria- si no se llega previamente a un consenso mínimo con los agentes que la producen. Así, para ver si se es capaz de conseguir ese consenso mínimo con los agentes, propone la creación de una mesa formada por todos los grupos políticos y todas las asociaciones implicadas.

    Dice el alcalde que no es una farsa la postura que describe HB en su escrito; dice que tampoco ellos consideran estéticamente bonito el tener las paredes llenas de publicidad. Sobre la creación de una partida presupuestaria dice que es una cuestión a estudiar, que quizá se puede evitar, pero que en ocasiones puntuales -como tras elecciones, etc.- o una empresa exterior o la brigada deberá dedicarse al tema.

    M. Rekalde le dice que lo que se necesita es demostrar esas intenciones con hechos. Pregunta por si el escrito de HB es una propuesta de acuerdo.

    El alcalde le constesta que la propuesta de HB es la de crear una mesa que trate esta cuestión.

    I. Urrestarazu le pregunta que para cuando. Le recuerda que la solicitud de aprobación de esta ordenanza data de marzo de 1995. Muestra su asombro porque, tras celebrar una comisión con quorum, etc., no se haya dictaminado el tema. Asimismo, muestra el escrito -impreso en hojas con membrete del ayuntamiento- en el que HB explica su postura (documento obtenido del expediente de pleno), preguntando si ese documento forma parte del expediente y si HB realiza sus escritos en el Ayuntamiento.

    El alcalde dice que depende de los concejales el constituir la mesa que trabaje el tema de la publicidad. Aclara que no va a someter el documento de HB a votación, que el texto que se va a votar es la ordenanza propuesta por los concejales y que es objeto de la convocatoria. Asume el hecho de haber realizado el escrito en el ayuntamiento.

    J.M. Boto desea que HB diga de una vez si está de acuerdo con regular el tema de la publicidad, estando abierto a tratar cualquier mejora que pueda plantearse.

    El alcalde plantea a aprobación la ordenanza reguladora de la instalación y actividad publicitaria. Realizada votación se dan seis votos afirmativos, emitidos por los concejales del PNV (Jesús Mª Martiarena Jaka y Pello Garbizu Azkue), las concejales de EA (Mirari Rekalde y Iñake Urrestarazu) y los concejales del PSE-EE (José Mª Boto Sancho y Nicanor Barradas Piris); y seis votos negativos, emitidos por el alcalde (Mikel Arrizabalaga Pikabea) y resto de concejales de HB (Jesús Mª Etxebeste Bengoetxea, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia, Mª Carmen Viaña Balda); por lo que se produce un empate.

    Conforme al artículo 46.2.d de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local "producido empate se efectuará mueva votación, y si persistiera el empate decidirá el voto de calidad del Presidente". Realizada nueva votación se da idéntico resultado, manifestando el alcalde su voluntad de no ejercer el voto de calidad. El secretario aclara que la mayoría de los autores entiende que el empate se resuelve a favor de la postura defendida por el Presidente, cuyo voto juega un efecto cualitativo o dirimente, es decir que se entiende que el voto de calidad se aplica con carácter automático. Por lo tanto, cabe deducir que no se ha aprobado la propuesta de acuerdo.

    CIERRE DEL ACTA.

    No habiendo más intervenciones la alcaldía-presidencia, siendo las 19:55 horas, da por finalizada la sesión, levantándose el presente acta, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual certifico.

    Eguna