15 de febrero de 2011

Tipo de documento

Contenido:

En Lezo, siendo las 8:20 horas del día 15 de febrero de 2011, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea y con la asistencia de los corporativos Jon Legorburu Arrastua e Iñigo Esnaola Arbiza.

Mª Pilar Legorburu Etxegarai y Urko Lopetegi Campano no han asistido a la reunión.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 1 de febrero de 2011.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

2.- Propuesta para la aprobación de la certificación de obra nº 12 de la urbanización de la segunda fase del Sector S-1 (2009H0120001).

U.T.E. Sector S-1, (2ª fase) ha presentado la certificación de obra nº 12, correspondiente a los trabajos de urbanización de la segunda fase del Sector 1 de Lezo.

Visto el informe favorable emitido por el técnico municipal, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Aprobar la certificación número 12, por importe de 82.070,13 € y que corresponde a los trabajos de urbanización mencionados, (ADO 99 - 1056).

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • § Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • § Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

3.- Propuesta para la aprobación de la adjudicación definitiva del contrato del servicio del limpieza de edificios municipales (2010H0170004).

El Ayuntamiento de Lezo, en Junta de Gobierno Local celebrada el 29 de julio de 2010 resolvió iniciar el proceso de contratación del Servicio de Limpieza de Edificios Municipales de Lezo, y acordó aprobar el gasto y los pliegos de condiciones que han de regir el contrato.

El anuncio de esta resolución se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 18 de agosto de 2010.

Se aceptaron tres ofertas para la licitación.

Vista la propuesta de la Mesa de Contratación y en virtud de lo dispuesto en los artículos 134 y 135 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, así mismo, y según lo dispuesto en los apartados 16 y 19 del pliego de condiciones, elevo la siguiente propuesta de acuerdo:

PRIMERO: Adjudicar el contrato del Servicio de Limpieza de Edificios Municipales a la empresa EULEN, S.A., en las siguientes condiciones:

  • § Precio mensual: 8.129,19 € sin IVA.
  • § El resto de las establecidas en la propuesta presentada y en los pliegos de condiciones.

SEGUNDO: Publicar el anuncio de esta adjudicación en el perfil del contratante y notificar el presente acuerdo a todos los licitadores, junto con el informe técnico que ha servido como base para la adjudicación, con el fin de poder interponer el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 310 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.

TERCERO: Una vez transcurridos 15 días desde la recepción por parte de los licitadores de la notificación del acuerdo de adjudicación, el órgano de contratación establecerá un plazo de 5 días para que el adjudicatario formalice el contrato, siempre y cuando no se haya interpuesto recurso que conlleve la suspensión del mismo.

4.- Propuesta para concesión de licencia de primera utilización a pabellón construido en la parcela "G" situada en la Unidad de Actuación Integrada 6.1 de las Normas Subsidiarias de Lezo (2011HO30001).

Jorge Lizarribar Sans (15988118-J), en representación de TRANSTIC S.A. (A-20191896), solicita el 12 de enero de 2010 licencia de primera ocupación para el pabellón construido en la parcela "G" situada en la U.A.I. 6.1 de las NN.SS de Lezo.

Presenta documentación fin de obra firmada por él mismo y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Gipuzkoa con fecha de 29 de diciembre de 2010.

Visto el informe emitido por el arquitecto municipal, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Jorge Lizarribar Sans, en representación de Transtic, S.A., Unipersonal, licencia de primera utilización del pabellón construido en la parcela "G" situada en la U.A.I. 6.1 de las NN.SS de Lezo.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 3.245,37 céntimos.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • § Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • § Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

5.- Propuesta para la concesión de licencia de obras y de actividad para almacén de material de construcciones y oficinas en el pabellón sito en Ipintza kalea, nº 39 (2010H0050008).

Examinado el expediente de actividades que se tramita a instancias de Construcciones Nigurko, S.L., en el que solicita licencia de obras y de actividad para almacén de material de construcción y oficinas, en el pabellón de Ipintza kalea, 39, y visto el informe del técnico municipal, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Construcciones Nigurko, S.L., licencia de obras y de actividad para almacén de material de construcciones y oficinas, en el pabellón sito en Ipintza kalea número 39, condicionada a cumplir las medidas correctoras impuestas por el Departamento de Sanidad y por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, las cuales se adjuntan a la notificación.

Adoptadas las medidas correctoras impuestas, deberá solicitar la licencia de apertura de la actividad, acompañando a la misma, certificado técnico visado en el que se indique que han cumplido con todas las medidas correctoras impuestas, tanto por el Departamento de Sanidad, como por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

Asimismo, deberá presentar certificado favorable del Departamento de Industria del Gobierno Vasco, manifestando que la medidas anti-incendio instaladas son conformes al proyecto presentado y otro certificado favorable de la Mancomunidad de Aguas del Añarbe autorizando el vertido de las aguas al colector.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 1.443,13 €.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • § Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • § Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Propuesta para requerir documentación complementaria para la licencia de obras para realizar un hotel en Errekalde bailara nº 22 (2009H0020020).

Mª Pilar Azurmendi Muguruza (15229503F) solicitó licencia de obras para realizar un hotel en Errekalde Bailara 22 y el correspondiente expediente de actividad se tramitó simultáneamente. En el transcurso de los trabajos objeto de licencia se construyó una plataforma y porche no autorizados. Dicha plataforma fue objeto de denuncia ante el ayuntamiento por parte de un vecino que aducía que se les había cortado el paso del camino vecinal. Posteriormente se intentó legalizar las obras ejecutadas mediante solicitud de licencia para la ejecución de un porche que serviría de cubrición para las rampas que garantizan la accesibilidad al hotel. Según informe del arquitecto asesor municipal se declaró el porche como no legalizable, notificando la orden de derribo correspondiente.

Ante esta situación se pretende unificar y clarificar todos los expedientes abiertos relativos al hotel en Errekalde bailara. Los expedientes relacionados entre si son los siguientes:

  • Licencia de obras del hotel: 2008H0030002.
  • Licencia de actividad clasificada del hotel: 2008H0050002.
  • Licencia de obras del porche: 2009H0020020.
  • Restablecimiento de la legalidad urbanística: 2010H0470001.

Aunque todos los expedientes están relacionador lo más correcto sería diferenciar el asunto del porche y el del hotel, puesto que el porche se declaró no legalizable y ya se notificó la orden de derribo. No obstante, el nuevo Plan General aprobado definitivamente permite ampliar la edificabilidad en suelo no urbanizable, siempre que se cumplan ciertos requisitos y parece que el porche si podría legalizarse. Por lo tanto, cuando el nuevo plan General entre en vigor deberá presentarse un proyecto de legalización del porche, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas. Este proyecto deberá entre otros justificar el Código Técnico de la Edificación, sobre todo en lo que se refiere a la estructura y protección contra incendios.

Por otro lado, aunque el tema de las rampas se haya estudiado con el porche, parece más adecuado relacionarlo con las licencias de obras y actividad del hotel. En este sentido, tal y como indicaban los anteriores informes técnicos según el Anexo III la rampa debe tener dos metros de ancho y diámetros de giro de 180 cm. De todas maneras, mediante consulta realizada al Servicio de Asesoría sobre Accesibilidad del Gobierno Vasco (900714348) se ha confirmado que como la rampa es adyacente al edificio y sirve para acceso a mismo tiene que cumplir las medidas establecidas para interiores. Por lo tanto habría que cumplir una anchura de 180 cm en lugar de los 2 metros.

Se tomaron medidas y se dibujó un plano de los trabajos efectuados, ya que lo ejecutado no se corresponde con los planos presentados en el Anexo al proyecto. En lo que se refiere a la accesibilidad y según visita efectuada se da por buena la anchura de la rampa, aunque en algunos puntos no cumpla el diámetro de 180 cm. De cualquier manera se ha hecho modificar la zona de cambio de dirección de la rampa hasta que pueda inscribirse una circunferencia de diámetro 180 cm. Así mismo se pidió que se modificaran las escaleras para que el acceso al restaurante fuera lo más amplio posible. Las modificaciones requeridas se han realizado y se comprobaron en visita realizada el 23 de diciembre de 2011. Por lo tanto, aunque en algún punto no se cumpla estrictamente con las medidas reglamentarias se considera que las rampas son correctas ya que se han solucionado los puntos más conflictivos.

Por lo demás considerando todos los Anexos al proyecto presentados se han realizado más trabajos que los inicialmente previstos. Si bien el presupuesto de ejecución material del proyecto original ascendía a 66.447,73 €, en la documentación final de obra se certifica que los trabajos han costado 85.672,34 €. De cualquier manera en esta cantidad no se han incluido los trabajos realizados para la instalación de un ascensor. En el anexo presentado el 27 de octubre de 2008, firmado por el arquitecto técnico José Antonio Hernández Álvaro y visado del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Gipuzkoa con fecha de 27 de octubre de 2008 se indica que el presupuesto de los trabajos de adecuación para la instalación del ascensor es de 4.692,08 € y que el ascensor propiamente dicho costará 21.000 € (número de entrada de registro 3392).

Por otro lado, tal y como pidiera el arquitecto asesor el 3 de diciembre de 2008 se presentó un proyecto para instalación de un ascensor firmado por el arquitecto Ignacio Granja Echeverría y visado del Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro con fecha de 3 de diciembre de 2008, cuyo presupuesto ascendía a 4.070,22 € (número de entrada de registro 3862),

En la documentación fin de obra no aparece por ningún lado la certificación de los trabajos para la instalación del ascensor, aunque si tomamos en cuenta los proyectos presentados la instalación del ascensor ha costado 4.070,22 + 21.000 = 25.070,22 €, y sumados a la certificación presentada obtenemos 85.672,34 + 25.070,22 = 110.742,56 €, que serían el presupuesto general de los trabajos realizados. Ante esta situación y si no se presentaran los certificados finales de obra de los trabajos mencionados, el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras se recalculará respecto al presupuesto anteriormente calculado.

En cuanto a la actividad, el informe del 17 de enero de 2011 del arquitecto técnico municipal Joseba Eizagirre requiere ciertas correcciones para poder obtener la licencia de apertura:

-RESTAURANTE: El plano de planta presentado en el proyecto no se corresponde con la realidad y el espacio grafiado como "almacén" es parte del comedor, por lo tanto habrá de presentarse un nuevo plano visado que recoja las barricas de sidra y distribución existentes actualmente. En ese mismo plano se plasmarán los aseos actuales, puesto que los del plano del proyecto tampoco se corresponden con la distribución real.

-HOTEL: Según el proyecto presentado en todas la habitaciones se preveía un detector velocímetro de humo y no se han colocado. Por lo tanto, se tendrán que colocar tal y como se establece en el proyecto o el técnico redactor del proyecto tendrá que justificar que no son necesarios mediante un anexo visado del proyecto.

Por todo ello, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: No actuar por el momento sobre el tema del porche hasta que el nuevo Plan General entre en vigor. Entonces deberá presentarse un proyecto para legalizar los trabajos realizados siempre y cuando se cumplan las condiciones exigidas. Este proyecto deberá justificar entre otros el Código Técnico de la Edificación, sobre todo en lo que se refiere a la estructura y a la protección contra incendios.

SEGUNDO: Aceptar las rampas modificadas que garantizan la accesibilidad, no obstante se tendrán que subsanar los aspectos mencionados en el informe del arquitecto técnico municipal para poder obtener licencia de apertura.

TERCERO: Si no se presentaran las certificaciones fin de obra de todos los trabajos realizados, se considerará que los mismos ascienden a la cantidad de 110.742,46 € y se recalculará el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras respecto a esta cantidad, debiendo abonarse la diferencia correspondiente para obtener la licencia de apertura.

CUARTO: Además de lo mencionado, para poder obtener la licencia de apertura, deberá presentar en el Ayuntamiento las correcciones requeridas por el arquitecto técnico y en los antecedentes mencionados en esta resolución.

QUINTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • § Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • § Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta para la aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de 12 viviendas y garajes en la parcela B-1 del Sector S-1 (2008H0030020).

Juan Ramón Michelena Zubizarreta, en representación de Michelena y Lecuona Sucesores S.L., presenta el 10 de enero de 2011 la documentación complementaria al Proyecto de Ejecución de dos bloques de seis viviendas y garajes en la parcela B-1 del Sector 1 de las NNSS de Lezo. La documentación consiste en el proyecto de actividad de los garajes firmada por el arquitecto Koldo Ander Arruti de Blas y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro con fecha de 3 de diciembre de 2010 y el proyecto de infraestructuras comunes de telecomunicaciones, firmado por el ingeniero Gorka Leal Irastorza y visado del Colegio de Ingenieros de Telecomunicación con fecha de 27 de octubre de 2010 (número de entrada de registro 125).

Así mismo, Mª Rosario Zubizarreta Salaverria, en representación de Michelena y Lecuona Sucesores S.L.. presenta el 14 de enero de 2011 el Proyecto de Ejecución de dos bloques de seis viviendas y garajes en la parcela B-1 del Sector 1 de las NNSS de Lezo, redactado por el arquitecto Koldo Ander Arruti de Blas y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro con fecha de 30 de Junio de 2010, cuyo presupuesto de ejecución material asciende a 1.192.313,15 € (número de entrada de registro 198).

El informe del arquitecto municipal dice:

"2.- ANTECEDENTES

La Junta de Gobierno Local del 27 de Enero de 2009 resolvió conceder licencia de obras a José Ramón Michelena Michelena, en nombre y representación de Michelena y Lecuona Sucesores, S.L., para la construcción de dos bloques de seis viviendas y garajes en la parcela B-1 del Sector 1, sujeta al cumplimiento de los condicionantes establecidos en el informe técnico y a la aprobación definitiva de la modificación del proyecto de reparcelación.

Las condiciones a cumplir eran las siguientes:

-(...) no cumplimentándose lo relativo a la longitud máxima de vuelos (se supera el 50% de la longitud de las fachadas) y a la altura máxima a la cumbrera (10,95m frente a los 10,75m previstos en el P.Parcial).

-Se ha presentado, igualmente, la justificación del cumplimiento tanto del CTE como de la Ley de Accesibilidad. En ese sentido y en relación a dicha Ley, en los accesos peatonales al garaje y a los portales deberá existir, a ambos lados de las correspondientes puertas, un espacio libre en el que se pueda inscribir un círculo de 1,5 m de diámetro, además, la plataforma horizontal situada en la entrada al garaje (al final de la rampa) deberá tener una profundidad mínima igual a la anchura de la misma.

Igualmente, la longitud máxima sin rellano de la rampa de acceso al portal nº 1 deberá ser como máximo 10 m y la pendiente no podrá superar el 8%. Tanto en el comienzo como en el final, y si es caso en el rellano intermedio de la misma, se dejará espacio libre para poder inscribir un circulo de 1,5 m de diámetro.

Finalmente, en el acceso rodado al sótano se deberá habilitar un espacio anterior a la alineación de la acera (entre ésta y la puerta del garaje), de 5 m de longitud y pendiente máxima del 5%, para no obstaculizar un paso peatonal mínimo de 2 m de anchura a la salida del mismo".

3.- INFORME TÉCNICO

Se han reducido los vuelos y no superan el 50% de la longitud de fachada, así mismo la altura del edificio también se ha bajado hasta los 10,75 metros.

Se ha justificado el Código Técnico de la Edificación.

En cuanto a accesibilidad, la rampa de acceso al portal 1 se ha modificado y tanto la pendiente como los tramos se ajustan a las dimensiones marcadas por la ley, además de puede inscribir un círculo de 1,5 metros de diámetro en ambos lados de las puertas de acceso al portal y garaje.

En la entrada a los garajes se dispone una plataforma con 5 metros de fondo y pendiente inferior al 5%.

En el proyecto de ejecución presentado en los pasillos que comunican los portales y el garaje no se han dejado espacios en los que pueda inscribirse un círculo de 1,5 metros de diámetro a ambos lados de las puertas. De todas maneras, en el proyecto de actividad se ha presentado una corrección y aunque no se cumpla estrictamente, desde la dirección de la obra se nos ha comunicado que hasta que se fijen las rasantes de la urbanización no se ejecutarán estos elementos y se les ha hecho saber que a la hora de ejecutarlos tendrán que cumplir las condiciones exigidas.

Por tanto, como el proyecto de ejecución se corresponde con el proyecto básico presentado para petición de licencia y se han realizado las correcciones requeridas se informa favorablemente. Por otro lado, dado que el plano de tira de cuerdas se firmó el 14 de octubre de 2009, una vez que se finalicen los trabajos deberá presentarse junto con la documentación fin de obra el proyecto modificado, sobre todo en lo que se refiere a las comunicaciones peatonales entre garaje y portales, para comprobar que se han realizado cumpliendo las condiciones de accesibilidad".

En su vista, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Dar el visto bueno al proyecto de ejecución presentado por Michelena y Lecuona Sucesores S.L., relativo al los dos bloques de seis viviendas y garajes en la parcela B-1 del Sector 1 de las NNSS de Lezo, debiendo cumplir con lo expuesto en el informe del arquitecto asesor.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • § Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • § Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

SERVICIOS SOCIALES

8.- Propuesta para la aprobación de los criterios de distribución de las Ayudas de Emergencia Social (2011GZ190002)

Para responder a las solicitudes de la Ayuda de Emergencia Social, y viendo la correspondiente partida de los presupuestos del ayuntamiento, así mismo, a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Podrán recibir la Ayuda de Emergencia Social los que cumplan las condiciones establecidas para ello en la Ley 18/2008 del 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, y el Decreto 4/201 sobre las Ayudas de Emergencia Social.

SEGUNDO: Aprobar los criterios establecidos en este ayuntamiento, para la distribución de la Ayuda de Emergencia Social.

Estos son los criterios:

  • A) Se dará la ayuda máximo por dos conceptos. Se podrá otorgar un tercer concepto si se valora que existe una situación de necesidad a través de un informe social.
  • B) Las cantidades:

Conceptos

Pensionistas

En edad de trabajar y Convenio firmado

Alquiler

Max. 70%

320€/mes

Max. 70%

250€/mes

320€/mes (por 2 o más hijos)

Intereses créditos y amortización de la vivienda

Max. 70%

320€/mes

Max. 70%

250€/mes

320€/mes (por 2 o más hijos/as)

Mantenimiento

92,50€/mes

46,50€/mes

92,50€/mes (por 2 o más hijos o una situación de necesidad valorado a través de informe social)

Mobiliario y electrodomésticos de línea blanca

1.850€/año (una vez)

925€/al año (una vez)

1.850€/al año (una vez) (una situación de necesidad valorado a través de informe social)

Adaptación, reparación e instalaciones en la vivienda

1.850€/al año (una vez)

925€ (una vez)

1.850€ (una vez) (una situación de necesidad valorado a través de informe social)

Necesidades primarias

1.850€/al año (una vez)

1.850€/al año (una vez)

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

INTERVENCIÓN

9.- Aprobación de la relación de facturas nº 66.

El secretario dice que existe advertencia del interventor en tres de las cuatros facturas de la relación de facturas nº 66. Éstas son las tres facturas y las correspondientes observaciones:

  • - Factura nº 843-2010 sobre la obra de adaptación para oficinas en la vivienda del conserje del colegio. El interventor dice sobre ésta que "falta la consignación presupuestaria suficiente". Se ha leído el informe del arquitecto técnico, justificando el gasto.
  • - Factura nº 860-2010 sobre la reforma en la capilla del cementerio. Sobre ésta el interventor ha advertido que las obras no han sido adjudicadas. El concejal delegado de obras han leído los informes del arquitecto técnico y el jefe de brigada que justifica la urgencia de la obra.
  • - Factura nº 1058-2010 sobre el equipamiento de los apartamentos tutelados. El interventor dice entorno a ésta que estaba previsto el gasto para el presupuesto del 2011, sin embargo, y que no existía consignación suficiente en los presupuestos del 2010, de donde se ha realizado el gasto.

A pesar de la advertencia de ilegalidad de esos tres gastos, se han aprobado por unanimidad esos gastos y la cuarta factura de la relación.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

10.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 1 de febrero de 2011.

Con la conformidad previa de los miembros de la Junta de Gobierno Local, se ha aprobado tratar los siguientes tres asuntos:

POR URGENCIA

11.- Propuesta para la aprobación del pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del contrato de servicio de asesoramiento jurídico y técnico y de gestión administrativa en la tramitación del procedimiento de apremio (2011KO130001).

La Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

"Con fecha 3 de enero de 2011, finaliza el contrato para la realización del Servicio de asesoría y gestión de la Recaudación de Impuestos incursos en período de exacción ejecutiva en este Ayuntamiento.

La empresa adjudicataria del anterior contrato ha sido ATR. con NIF B20467288 y domicilio social en Senpere kalea, 7-1ª, planta oficina 34 de Beasain

La experiencia profesional con la citada empresa ha sido inmejorable, siendo los resultados analizados altamente satisfactorios.

Efectuado un sondeo con los Ayuntamientos colindantes, de las empresas dedicadas a tal gestión, resulta que la única conocida es ATR.

Por todo cuanto antecede, este Interventor propone a la Junta de Gobierno Local, adopte la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar el Pliego de cláusulas administrativas particulares de contrato de servicio por procedimiento negociado: "Asesoramiento jurídico y técnico y de gestión administrativa en la tramitación del procedimiento de apremio"

SEGUNDO: Aprobar el Pliego de prescripciones técnicas particulares que van a regir la ejecución de la prestación del servicio de gestión y asesoría de recaudación en relación con el cobro de exacciones municipales en cu período ejecutivo.

TERCERO: Invitar a la Empresa ATR. A participar en el procedimiento."

12.- Propuesta para la concesión de ayudas a familiares de presos y encausados (2010GZ040001).

Una vez estudiada la normativa y el informe de la trabajadora social respecto a las solicitudes de ayudas económicas a familiares de presos y deportados, y la partida económica prevista en los presupuestos, asimismo, a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Corregir la decisión tomada el 01/02/2011, y en vez da pagar 597,2€, pagar 708,77€.

SEGUNDO: Comunicar la decisión a la tesorería.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • § Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

13.- Propuesta para la concesión de ayudas a familiares de presos y encausados (2010GZ040002).

Una vez estudiada la normativa y el informe de la trabajadora social respecto a las solicitudes de ayudas económicas a familiares de presos y deportados, y la partida económica prevista en los presupuestos, asimismo, a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Invalidar la decisión tomada el 01/02/211, y dar por bueno la decisión tomada el 22/12/2010, es decir, pagar 771,64€.

SEGUNDO: Comunicar la decisión a la tesorería.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • § Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:30 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números xxxxx al xxxxxxx que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna