Acta del 4 de octubre de 2011

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 8:00 horas del día 4 de octubre de 2011, se celebra en la sala de Junta de Gobierno Local SESIÓN ordinariade la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Ainhoa Zabalo Loyartey con la asistencia de los corporativos Eneko Lartige Zabaleku, Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra, Luis Garrido Corral y Angel Portugal Formoso.

Luis Garrido Corral no ha asistido a la reunión.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 20 de septiembre de 2011.

Se aprueba el acta.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

2.- Propuesta para la aprobación de la licencia de obra para rehabilitación de fachada del caserío Bordatxo (2011H0030008).

Nicolás Arruti Legorburu, ha solicitado licencia de obras para proceder a la rehabilitación de la fachada del caserío Bordatxo.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente,la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a Nicolás Arruti Legorburu, para rehabilitar la fachada del caserío Bordatxo, con la siguiente condición:

Caso de que las obras afectasen a la estructura del edificio, previo inicio de las mismas, deberán presentar proyecto técnico visado.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 1.823 euros.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

3.- Propuesta para denegar la licencia de apertura a Talleres Flujoma, S.L. (2010H0050005).

Talleres Flujoma, S.L., ha solicitado licencia de apertura de la actividad de calderería que ejerce en el pabellón número 79 de Irurtzun Kalea.

Visto el informe del técnico municipal que dice así:

“Tras la puesta en conocimiento por parte del ayuntamiento de Lezo al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco y éste a su vez a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Gipuzkoa de las anomalías detectadas en la inspección técnica municipal realizada al pabellón, dicha Inspección de Trabajo ha detectado elementos químicos de disocianato, acohol isopropilicio, tolueno, alcohol isobutílico y xileno en el puesto de trabajo de pintura y en ella se constata el grado de riesgo de la concentración de tolueno, siendo necesaria la inmediata realización de las correspondientes correcciones a efectuar en la instalación de ventilación por aspiración localizada y aumentar la ventilación por dilución ya existente en el pabellón, así como también de la ejecución de otras medidas impuestas por dicha Inspección.

En el informe técnico municipal realizado el 19 de abril de 2010, se indicaba de que el solicitante TALLERES FLUJOMA S.L., no había presentado del certificado final visado por el técnico competente en el cual se indique y se especifique el cumplimiento de todas las medidas correctorasimpuestas por el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco, así como los justificantes de las empresas contratadas para la gestión de los residuos líquidos, debiéndose aportar también el presupuesto de las obras que ha supuesto la habilitación del pabellón acondicionado a la actividad de calderería, con el objeto de proceder a la correspondiente liquidación municipal.

Ante lo expuesto y teniendo en cuenta que no se ha aportado dicha documentación, se informa desfavorablemente a la concesión de la licencia requerida”.

En su vista, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local adopta la siguienteresolución:

PRIMERO: Denegar a Flujoma, S.L., la licencia de apertura de la actividad de calderería en Irurtzun kalea nº 79, por las razones expuestas en la parte expositiva de esta resolución.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta para denegar la licencia de apertura a Interal S.A. (2011H0050007).

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 18-01-2011, acordaba denegar a Interal, S.A., la licencia de apertura de la actividad de fabricación de productos dietéticos y alimentación, que ejerce en los pabellones números 82 y 84 de Irurtzun Kalea, por diversas razones que le fueron notificadas.

Interal, S.A., con fecha 23 de agosto de 2011 ha presentado anexo al proyecto de actividad y solicita de nuevo la licencia de apertura de la actividad de fabricación de productos dietéticos y alimentación, que ejerce en los pabellones números 82 y 84 de Irurtzun Kalea.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local adopta la siguienteresolución:

PRIMERO: Denegar a Interal, S.A., la licencia de apertura de la actividad de fabricación de productos dietéticos y alimentación, que ejerce en los pabellones números 82 y 84 de Irurtzun Kalea, porque le falta aportar la siguiente documentación:

1.- Informe favorable del Departamento de Industria del Gobierno Vasco, de la instalación contra incendios realizada en el pabellón.

2.- Contrato de mantenimiento de la instalación contra incendios.

3.- Informe favorable de la Mancomunidad de Aguas del Añarbe, para que las aguas sucias puedan conectarse al colector municipal.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

SERVICIOS SOCIALES

5.- Propuesta para la aprobar los plazos de pago de la subvención aprobada a Aiton Borda Elkartea (2011GZ050001).

La Junta de Gobierno Local del seis de septiembre del 2011 aprobó la subvención a la asociación Aiton Borda, por ello, a propuesta de esta Alcaldía, la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Dar la subvención en dos partes, la primera, %60, después de aprobar la solicitud y una vez firmado el Convenio correspondiente, y la segunda, 40%, después de presentar la justificación.

SEGUNDO: Se aprueba también, el convenio que recoge las condiciones para las ayudas económicas.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

PERSONAL

6.- Propuesta para aprobar la petición de prórroga de reducción de jornada solicitada por Elixabet Odriozola Urdanpilleta (2011PE100002).

Elixabet Odriozola Urdanpilleta, en instancia presentada el 27 de septiembre de 2011 ha solicitado prorrogar la reducción de jornada que disfruta actualmenta, desde el 9 de septiembre de 2011 hasta el 8 de febrero de 2012.

La petición de reducción de jornada es por cuidado de hijos y sería del 60% de la jornada. En la petición solicita además, que las horas que le corresponden trabajr a la semana las pueda acumular en dos días y trabajar los lunes y martes de cada semana a jornada completa.

Examinada la petición y visto el informe del técnico de personal, a propuesta de esta alcaldía, la Junta de Gobierno local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar la prórroga de la reducción de jornada por cuidado de hijos solicitada por Elixabet Odriozola Urdanpilleta en las siguientes condiciones:

- Trabajará 2 días a la semana, los lunes y martes, realizando la jornada completa (7 horas diarias).

- Prestará sus servicios en la Udaltzaingoa, con el nivel retributivo y las funciones que realiza actualmente.

- La reducción de jornada será del 60%, entrará en vigor el 9 de septiembre de 2011 y finalizará el 8 de febrero de 2012.

SEGUNDO: Mientras dure la reducción de jornada, se cubrirá la vacante de Elixabet Odriozola en la Oficina de Información.

TERCERO: Dar cuenta de este acuerdo a los interesados/as.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta para aprobar la petición de reducción de jornada solicitada por Oskar Estanga Arzallus (2011PE100011).

Oskar Estanga Arzallus, profesor de Tomas Garbizu Udal Musika Eskola, ha solicitado reducir por cuidado de hijos su jornada de trabajo actual, 45,50%, al 28,17%, para el curso 2011/2012.

Examinada la petición, visto el informe emitido por el Técnico de Personal y dada cuenta de la petición al director de la Musika Eskola, a propuesta de esta Alcaldía, la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolucion:

PRIMERO: Aprobar la petición de reducción de jornada por cuidado de hijos/as realizada por Oskar Estanga Arzallus para el curso 2011/2012.

- Como consecuencia de esta reducción su jornada para el curso 2011/2012 queda fijada en el 28,17%.

- La reducción de jornada entrará en vigor el 1 de septiembre de 2011 y finalizará el 31 de agosto de 2012.

SEGUNDO: Dar cuenta de este acuerdo a los interesados/as.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

8.- Propuesta para el nombramiento de Adur Ezenarro Agirre como funcionario de carrera (2010PE100006).

Finalizado el proceso de selección para la provisión de una plaza de arquitecto, la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 5 de octubre de 2010 nombró a Adur Ezenarro Agirre funcionario en prácticas para ocupar dicha plaza, y designó a los miembros de la Comisión Evaluadora encargada de la evaluación del funcionario en prácticas.

Finalizado el período de prácticas, la Comisión Evaluadora ha determinado que Adur Ezenarro Agirre ha superado dicho período y propone en consecuencia, su nombramiento como funcionario de carrera.

En su vista, a propuesta de esta alcaldía, la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Nombrar a Adur Ezenarro Agirre funcionario de carrera para ocupar la plaza de arquitecto, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase técnico superior.

Este nombramiento entrará en vigor el día 1 de octubre de 2011.

SEGUNDO: Dar cuenta de esta resolución al interesado y publicar extracto del mismo en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

TERCERO: Adur Ezenarro Agirre deberá tomar posesión de su cargo en el término de 10 días a contar desde la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El interesado, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

9.- Ratificar el acuerdo de pleno de dejar sin efecto el convenio sobre los trabajadores de la Escuela de Música aprobado el 2 de noviembre de 2010 (2011PE290003).

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 2 de noviembre de 2010, ratifico el convenio acordado sobre la Musika Eskola, entre el Equipo de Gobierno Municipal y el Comité de Trabajadores.

En base a dicho convenio y teniendo en cuenta las matriculaciones realizadas para el curso 2010/2011, el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 23 de marzo de 2011 aprobó la Relación de Puestos de Trabajo del año 2011, en el que se incluían los porcentajes de dedicación garantizados para cada instrumento y los porcentajes de dedicación reales para el curso 2010/2011.

La cláusula 9ª del convenio aprobado y firmado, permite que nuevos gobiernos municipales puedan modificar dicho convenio.

Aplicando dicha cláusula y por los motivos expuestos en el acuerdo, el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 29 de septiembre de 2011, ha acordado dejar sin efecto el convenio y ha aprobado inicialmente la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, para recoger en ella los porcentajes de dedicación laboral de los profesores de música.

Como el convenio fue aprobado por la Junta de Gobierno Local, a propuesta del alcalde, se ratifica el acuerdo plenario, y en consecuencia dejar sin efecto el convenio sobre los trabajadores de la Escuela de Música aprobado el 2 de noviembre de 2010.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

10.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 20 de septiembre.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:15 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 930.523 al 930.529 que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna