27 de Febrero de 2006

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En Lezo, siendo las 9:10 horas del día 27 de febrero de 2006, lunes, se celebra en la Sala de Junta de Gobierno, la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los corporativos Iñake Urrestarazu Azurmendi, Jesús Mª Martiarena Jaca y Aroia Goienetxea Egibar.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día de 13 de febrero de 2006.

Se aprueba el acta.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

2.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 13 de febrero de 2006.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

3.- Propuesta para la concesión de licencia de obras a José Mª Castro Varela para la construcción de un nuevo edificio que albergue dos viviendas en Zubitxo kalea, nº 7.

José Mª Castro Varela, solicita licencia de obras para derribar el edificio sito en el nº 7 de Zubitxo Kalea y para construir otro nuevo.

El informe jurídico dice:

?José María Castro Varela solicita permiso para derribar el edificio sito en el número 7 de la calle Zubitxo y para construir otro nuevo. Adjuntos a la solicitud, presenta un proyecto de derribo y un proyecto básico de construcción. Este edificio está situado en la Unidad de Ejecución U.A.D. 11 de las Normas Subsidiarias vigentes en Lezo.

En lo que respecta al derribo, coincido con lo que considera el arquitecto asesor municipal.

En lo que respecta al proyecto de construcción se debe decir lo siguiente, que tras estudio de la ficha de la Unidad de Ejecución U.A.D. 11 de las Normas Subsidiarias, el proyecto presentado no cumple la citada normativa en varios capítulos.

1.- En la ficha urbanística se prevé una superficie construida máxima de 204 m², sin embargo, en el proyecto presentado de 332,84 m². Además, en las Normas Subsidiarias se manifiesta expresamente que en este aprovechamiento se medirán todas las plantas. Sin embargo puede ser que tal y como se dice en el proyecto presentado en dicha medición de 204 m² no se hayan recogido la planta baja y la planta bajo cubierta. Sobre este particular el informe del arquitecto asesor deberá aclarar este presunto defecto.

2.- En las NN. SS. se dice que la planta bajo cubierta se destinará a vivienda, en cambio en el proyecto no se destina a dicho uso.

3.- En las NN. SS. se prevé una superficie máxima construida de 68 m² por planta, pero en el proyecto se prevén 71,25 m² en la planta baja y en las plantas 1, 2 y 3 se prevén 74,25 m² construidos.

4.- Según la ficha urbanística, se prevé una altura de 9,70 metros al alero, en el proyecto altura de 10,80 metros.

Por otra parte, el proyecto prevé, entre otros, trasteros en planta baja y en las NN.SS. , si bien no se prohíbe este uso, no se prevé expresamente, al contrario que los otros usos que se admiten.

En el Convenio Urbanístico suscrito el 22 de julio de 2002 entre el propietario de la parcela y el Ayuntamiento de Lezo se dispone, entre otros extremos, que la parcela sita en la parte posterior de dicho edificio, que forma parte del Sistema General 6, se cederá gratuitamente al Ayuntamiento. La superficie de esta parcela, según dicho convenio urbanístico, es de 264 m², y en el proyecto, sin embargo, se dice que tiene una superficie de 259,25 m².

Para llevar a cabo esta cesión el propietario deberá solicitar licencia de segregación, detallando cada parcela, matriz y resultantes, en un plano y, una vez obtenida la licencia, la parcela que se cede al Ayuntamiento de Lezo se deberá elevar a escritura pública ante notario. Considero que todo ello debe ser previo a la presentación de proyecto de ejecución y, en todo caso, antes de iniciar las obras.

Así mismo se debe recordar que tanto en la ficha urbanística como en el convenio, por cada nueva vivienda se deberá obtener un garaje subterráneo a una distancia inferior a 100 metros.

Para formular propuesta de acuerdo en torno a este asunto, es necesario que el arquitecto asesor aclare lo que opina en su informe en torno a las citadas áreas, debido a ello no presento propuesta de acuerdo?.

El informe del arquitecto asesor dice:

?INFORME TECNICO RELATIVO AL PROYECTO DE DERRIBO Y AL PROYECTO BASICO DE DOS VIVIENDAS EN ZUBITXO KALEA 7.

Han sido presentados por D. José María Castro Varela el Proyecto de Derribo para llevar a cabo la demolición del inmueble sito en el nº 7 de Zubitxo kalea y, a la vez, el Proyecto Básico para poder llevar a cabo la construcción de un nuevo edificio que albergue dos viviendas.

Dichas propuestas se hallan enclavadas en el Área UAD 11 y respecto de la ficha correspondiente y la adecuación del proyecto presentado a la misma cabe mencionar lo siguiente:

  • Entre los criterios y objetivos planteados por la ficha se recoge el de consolidación del edificio permitiendo el levante de la cubierta consiguiendo así una planta más. En el proyecto presentado, sin embargo, se propone el derribo de la edificación para su posterior reconstrucción. En este sentido cabe señalar que los criterios y objetivos se considera que tienen un carácter indicativo y no vinculante y, de hecho, los edificios números 1 y 3, que tienen una normativa similar, han sido sustituidos.
  • El número de viviendas propuesto en el proyecto es de dos en lugar de las tres permitidas por la ficha de la unidad, lo cual resulta admisible.
  • La planta baja se destina a portal y usos comerciales, tal y como queda permitido por la ficha.
  • Las plantas altas y de bajo cubierta se destinan al uso vivienda, tal y como queda autorizado en la ficha urbanística.
  • Respecto de la superficie construida cabe indicar que la indicada en la ficha urbanística es inferior a la real, medida ésta manteniendo las alineaciones previstas en el apartado gráfico de aquella, y además en la ficha no se han considerado las superficies construidas correspondientes a las plantas baja y bajo cubierta, ni las de los vuelos autorizados. En este sentido se considera que existe un error de medición en la ficha y que el proyecto se adecua a las condiciones geométricas establecidas gráficamente en la ficha urbanística.
  • Respecto de las alturas previstas en la ficha urbanística cabe indicar que si se respetasen escrupulosamente se daría incumplimiento a las condiciones mínimas de habitabilidad vigentes hoy en día, por lo que se considera como admisibles las propuestas por el proyecto. En este sentido cabe añadir que en el proyecto se mantiene la altura de alero del edificio nº 9 y la de cumbrera de este último edificio y la de los números 1 y 3 de la misma calle.
  • Respecto de los criterios de accesibilidad cabe mencionar que que aunque no se da estricto cumplimiento a estos sí que se da cumplimiento a los criterios de practicabilidad.

En conclusión, visto lo anterior, se puede considerar que el proyecto se adecua a las condiciones urbanísticas vigentes.

Desde un punto de vista técnico se considera que el proyecto, tanto de derribo como de construcción, son documentalmente completos y correctos.

En conclusión se informan favorablemente los proyectos de derribo y construcción presentados.

Para la concesión de licencia habrán de hacerse efectivas las condiciones establecidas en los apartados 4 ?Condiciones de equipamiento y urbanización? y 5 ?Condiciones de planeamiento y actuación? de la ficha urbanística?.

En base a estos dos informes, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a José Mª Castro Varela, licencia de obras para la demolición del inmueble sito en el nº 7 de Zubitxo Kalea.

SEGUNDO: Conceder, asimismo, licencia de obras para la construcción de un nuevo edificio que albergue dos viviendas, en Zubitxo Kalea nº 7, con arreglo a las siguientes condiciones:

Previo al inicio de las obras deberá presentar la solicitud de segregación de la parcela de 259,25 m/2, y efectuar la trasmisión en favor de este Ayuntamiento.

Asimismo, deberá presentar, antes del comienzo de las obras el proyecto de ejecución correspondiente.

TERCERO: Por cada nueva vivienda deberá obtener un garaje subterráneo a una distancia inferior a 100 metros.

CUARTO: Deberá cumplir todas las condiciones que se señalan en el informe del arquitecto asesor, indicadas en la parte expositiva de esta Resolución.

QUINTO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 9.053,78 euros.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta para la concesión de licencia a Mª José Gutierrez, en representación de Andamios Donosti, S.L., para la legalización de oficinas y de actividad de almacén de empresa de montaje de andamios, en el pabellón sito en Sagasti kalea, 30.

Examinado el expediente de actividades que se tramita a instancia de Mª José Gutierrez, en representación de Andamios Donosti, S.L., así mismo, visto el informe del técnico municipal, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Conceder a Mª José Gutierrez, en representación de Andamios Donosti, S.L., licencia de legalización de oficinas y de actividad de almacén de empresa de montaje de andamios, en el pabellón sito en Sagasti Kalea 30, condicionada a cumplir las medidas que se recogen en el proyecto presentado.

SEGUNDO: Legalizar las entreplantas realizadas en el pabellón.

TERCERO: Concluidas las obras, deberá solicitar la licencia de apertura de la actividad, acompañando a la misma, certificado técnico visado en el que se indique que las obras cumplen las medidas correctoras impuestas.

CUARTO: Los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 1.413,65 euros y por la tasa de apertura 641,69 euros.

QUINTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

5.- Propuesta de autorización del Ayuntamiento de Lezo, como copropietario del edificio del nº 20 sito en la calle Guillermo de Lazón, para llevar a cabo la modificación de uso de local a vivienda que se quiere realizar en la planta baja del mismo.

Minerva Martín, (Zabarre Aholkularitza), en representación de los Copropietarios de la casa nº 20 de Guillermo de Lazón, solicita que el Ayuntamiento, como propietario de un local en el inmueble, se pronuncie favorablemente en la autorización de convertir un local en vivienda.

Visto el informe jurídico que dice:

?Minerva Martín solicita al Ayuntamiento como copropietario del edificio número 20 sito en la calle Guillermo Lazón, autorización para llevar a cabo la modificación de uso de local a vivienda que se quiere realizar en la planta baja del mismo.

Para que esta modificación aparezca en escrituras del edificio es obligado que todos los copropietarios por unanimidad se pronuncie afirmativamente por lo que en vista de que el ayuntamiento tiene una propiedad en el citado edificio se solicita que se pronuncie favorablemente.

En vista de que no hay impedimento legal para conceder la autorización solicitada?..?

A la vista de ello, y a propuesta del concejal de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Que el Ayuntamiento de Lezo como copropietario del edificio del número 20 sito en la calle Guillermo Lazón se pronuncie favorablemente para llevar a cabo la modificación de uso de local a vivienda que se quiere realizar en la planta baja del mismo.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

6.- Ratificación del decreto de alcaldía nº 170 sobre la concesión de pensión municipal a Juan María Zabala Burguete.

Los miembros de la Junta de Gobierno han ratificado el decreto, aclarando que será efectivo mientras dure la incapacidad permanente total.

7.- Ratificación del decreto de alcaldía nº 169 sobre la retribución a Xabier Fernández de Gorostiza Garmendia, con el 20% del nivel 10 de ARCEPAFE por prestar los trabajos de urgencia que surjan en el municipio y por ejecutar los trabajos complementarios relacionados con la digitalización de los servicios de aguas.

Los miembros de la Junta de Gobierno han ratificado el decreto.

SERVICIOS SOCIALES

8.- Propuesta para la concesión de ayuda económica a consecuencia de los daños ocurridos por las inundaciones en el Sahara.

Vistas las lluvias sin precedentes e inundaciones en los campamentos de población refugiada saharaui y como muestra de solidaridad del pueblo de Lezo para con los damnificados, y a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Efectuar a Euskal Fondoa la aportación de 29.600 ?, (AD 2005/913-1), a la cuenta Caja Laboral nº cta. 3035-0012-74-0120086016.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

9.- Propuesta para la aprobación de la solicitud del servicio de ayuda domiciliaria (2006GZ010002).

Vista la solicitud de ayuda domiciliaria realizada por Mercedes Alvarado Segui y el informe social realizado por la trabajadora social, así mismo, a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder el servicio de ayuda domiciliaria a Mercedes Alvarado Segui. El servicio diario será de una hora, cinco horas en total a la semana. La dedicación diaria será ampliable en función de las necesidades.

SEGUNDO: La aportación económica mensual por el servicio asciende a 26,46 euros.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

10.- Propuesta para la aprobación de la solicitud del servicio de ayuda domiciliaria.

No se ha presentado propuesta, por lo que tampoco se ha adoptado resolución.

11.- Propuesta de aprobación de la intervención familiar.

Visto el informe correspondiente de la familia I.O. esp.816, y el acuerdo de participación correspondientes en el programa de intervención familiar que ofrecen los Servicios Sociales de Lezo, y a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Aprobar la participación de la familia I.O. (esp. 816) en el programa de intervención familiar con una duración de cuatro meses con posibilidad de prorroga.

SEGUNDO: La intervención la llevará a cabo el gabinete LAHAR y el Ayuntamiento asume el coste de la intervención , por un total de 1.423,44 ? (AD-119).

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

12.- Propuesta para la revisión de la aportación económica a Jesús Mª Montes Ugartemendia sobre estancia en piso tutelado.

Teniendo en cuenta la resolución de la Junta de Gobierno Local del 9 de diciembre del 2004 por la cual se aprobaba la solicitud de piso tutelado y el Ayuntamiento de Lezo asumía el déficit por la estancia en vivienda tutelada para persona autónoma, así como el informe referente a la revisión de la financiación realizado por la trabajadora social, y a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Revisar la aportación económica de Jesús María Montes por la estancia en el piso tutelado.

SEGUNDO: Asumir el déficit económico producido por la estancia en piso municipal tutelado de Astigarraga de Jesús María Montes Ugartemendia 359,82 ?/mes, a partir de enero del 2006 (AD-60).

TERCERO: La aportación económica se revisará si se modifican las condiciones sobre las que está determinada.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:20 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 522.818 al 522.825 que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.


Eguna