En Lezo, siendo las diecinueve horas del día ocho de junio de mil novecientos noventa y cuatro, se constituye, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el Ayuntamiento Pleno, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Aitor Sarasola Salaberria y con la asistencia de los siguientes Corporativos: D. Josu Mirena Pontesta Garmendia, Dª Gemma Arrillaga Albisu, Dª Karmele Legorburu Irazu, D. Jose Luis Agirretxe Mitxelena, D. Mikel Mitxelena Iza, D. Jose Antonio Dozagarat Andueza, Dª Iñake Urrestarazu Azurmendi, D. Pedro Mª Garbizu Azkue y D. José Mª Boto Sancho.
No asisten por causa justificada D. Jesús Mª Martiarena Jaca. No asisten asimismo los Sres. D. Marcial Zabaleta Salaberria y D. José Varela Pampin.
Actúa de Secretario el funcionario interino Dª Miren Bruño Azpiroz.
Abierta la sesión y declarada pública por la Presidencia y una vez comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a tratar los puntos del orden del día.
1.- Lectura y aprobación si procede del acta de la sesión celebrada el día 11 y 16 de mayo de 1994.
Se aprueba por mayoría absoluta, con los votos a favor de todos los presentes y las abstenciones de los Sres/as. Garbizu y Urrestarazu, el acta de la sesión celebrada el día 11 de mayo, con las siguientes modificaciones en el párrafo 2º del punto 5º, de la página 8, donde dice "ya que si el campo de antes era un campo "pirrico", se añade: " según se ha dicho por H.B. ".
Se aprueba por unanimidad el acta de la sesión celebrada el día 16 de mayo, introduciéndose las siguientes modificaciones:
En la página 2ª, párrafo 5º, donde dice:
"cita como ejemplo que se quite el Campo de fútbol", debe decir "el campo de futbito".
En el mismo folio, párrafo 7º, el Sr. Boto, aclara en relación a lo manifestado sobre el corte de la salida de vehículos, que en ese párrafo se refería a que hay un corte con una salida de vehículos, pudiendo resultar que haya horas en que salgan muchos vehículos, señalando que en todo caso se compruebe en la cinta.
Examinada la cinta, se aprecia que lo transcrito en el acta se ajusta a lo recogido en la misma.
En este punto alcaldía señala que el objetivo es que las actas recojan lo que se dice, independientemente de que tenga sentido o no.
2.- Propuesta de aprobación definitiva del Presupuesto del Ejercicio Económico de 1.994.
Examinada la reclamación presentada por seis corporativos de este Ayuntamiento, dentro del período de exposición pública, R.E. nº 1427.
Visto el informe emitido por Intervención en el que informa desfavorablemente la alegación por no considerarla como reclamación al Presupuesto al no haberse vulnerado los preceptos de la Norma Foral 4/91.
Visto el informe emitido por Secretaría en el que de una parte informa favorablemente la admisión a trámite de la reclamación por haberse vulnerado en parte el ordenamiento jurídico,y de otra califica como de "Irregularidad no Invalidante" el defecto de forma apreciado, la corporación acuerda por mayoría absoluta, con los votos a favor de los Sres/as. Sarasola, Legorburu, Arrillaga, Pontesta, Agirretxe, Mitxelena, Dozagarat y con los votos en contra de los Srs. Urrestarazu, Garbizu y Boto,
1.- Desestimar la reclamación presentada por 6 corporativos del Ayuntamiento por estimar que no ha existido indefensión.
2.- Aprobar definitivamente el Presupuesto del Ejercicio Económico de 1994 cuyo resumen es como sigue:
ESTADO DE GASTOS:
A) Operaciones corrientes
1 Remuneraciones del personal.............. 258.325.001
2 Compra de bienes corrientes y servicios.. 186.098.598
3 Gastos financieros....................... 27.000.000
4 Transferencias........................... 47.793.377
B) Operaciones de capital
6 Inversiones reales....................... 324.237.469
8 Activos financieros...................... 5.431.000
9 Pasivos financieros...................... 31.370.395
-------------
Total........................ 880.255.840
ESTADO DE INGRESOS:
A) Operaciones corrientes
1 Impuestos directos....................... 103.700.000
2 Impuestos indirectos..................... 134.000.000
3 Tasas precios públicos................... 61.926.660
4 Transferencias corrientes................ 252.615.021
5 Ingresos patrimoniales................... 15.430.000
B) Operaciones de capital
6 Enajenación inversiones.................. 35.000.000
7 Transferencias capital................... 86.342.559
8 Activos financieros...................... 1.241.600
9 Pasivos financieros...................... 190.000.000
-------------
Total........................ 880.255.840
3.- Publicar en el Boletín Oficial de Guipuzkoa el presente acuerdo.
Se hacen constar las siguientes intervenciones:
Toma la palabra el Sr. Garbizu para manifestar en relación al informe de la Secretaria, que observa que Secretaría no tiene en cuenta, entre otras cosas, que en ningún Orden del día de la Comisión de Hacienda ha figurado el punto relativo al nombramiento del Secretario de la Comisión de Hacienda.
Señala también que es contradictorio el informe, ya que parece ser que desde el 17 de mayo era necesario que hubiera un dictamen, para que el pleno pudiera nombrar al Secretario de la Comisión mientras que en el Pleno de hoy figura en el orden del día la "propuesta" de nombramiento del Secretario y no el dictamen.
Señala también que en su opinión, si quienes hubieren reclamado hubieren sido vecinos de Lezo, (no-concejales), habrían tenido razón, pero que parece que por su condición de concejales, no tienen algunos derechos.
También señala que en ningún momento han tenido las garantías necesarias, para que las propuestas que pudieran formular en la Comisión de Hacienda, se recogieran como era debido, por la falta de Secretario, concluyendo que el deduce que los artículos señalados en la reclamación no son de obligado cumplimiento.
Por último y a modo de resumen, el Sr. Garbizu manifiesta a Secretaría, que en los 15 años que lleva como concejal no ha visto un dictamen-informe jurídico tan partidista como éste.
Esta Secretaría le informa que este informe y el que hiciera el año pasado, con motivo de las reclamaciones que el entonces grupo en la oposición y hoy grupo de gobierno presentara al presupuesto, siguen la misma línea.
Asimismo, esta Secretaría le agradece el detalle con que le ha obsequiado, y le señala que lo único que ha pretendido es ser una profesional, que ha hecho lo posible para que así fuese, y que si ellos han pretendido verle, o le han visto en un sitio u otro, es problema de ellos, pero que ha hecho lo posible para ser neutro e imparcial.
El Sr. Garbizu vuelve a señalar que el informe del Secretario no es más que un mero partidismo.
En este punto alcaldía señala al Sr. Garbizu que no se pueden hacer acusaciones de esta magnitud, y retomando el tema del presupuesto, señala que por lo expresado por el Sr. Garbizu, el aspecto básico de la reclamación se refiere a la indefensión en la que se han podido encontrar los Corporativos, al no haber Secretario.
Señala también que en todo caso la indefensión sería en relación a algunos temas, pero que en otros temas sí que han venido a las comisiones.
Por último Alcaldía señala que no hay que desviar el objetivo de la reclamación, con el tema de la ausencia de Secretario, ya que queda patente que el único motivo o razón de ellos es echar atrás el presupuesto, y que no ha habido indefensión, ya que se les ha dado oportunidad para asistir a los mismos, y que no hay que andar ocultando la verdad, y en este caso ha cogido la excusa de la ausencia del Secretario y punto, señala que ésto no es más que una excusa, señalando que es muy duro acusar a un técnico del Ayuntamiento de partidismo.
El Sr. Garbizu dice que él ha dicho lo que siente y que además lo ha sentido así, y que esté tranquilo, que adoptará las medidas oportunas.
Alcaldía señala, que cuando ellos estaban en la oposición también tuvieron oportunidad de recoger informes que no eran de su gusto, y que no reaccionaron de la forma en que lo ha hecho el Sr. Garbizu.
El Sr. Garbizu señala que tampoco ha habido un informe así.
Posteriormente se somete a votación la propuesta de desestimación de la reclamación presentada y aprobación definitiva del Presupuesto, con el resultado que se señala en la parte dispositiva del presente punto.
3.-Propuesta de aprobación provisional de la modificación del precio público por la prestación de los Servicios de la Academia de Música.
Examinada la propuesta de modificación del precio público por la prestación de los servicios de la Academia de Música, y vistos los informes jurídico y económico emitidos al respecto, la corporación acuerda por mayoría absoluta, que resulta ser el quórum legalmente exigido, y con los votos a favor de los Srs. Sarasola, Legorburu, Arrillaga, Pontesta, Agirretxe, Mitxelena y Dozagarat, y las abstenciones de los Srs. Urrestarazu, Garbizu y Boto, lo siguiente.
PRIMERO. Modificar las tarifas del precio público por la prestación de los servicios de "Tomas Garbizu" Lezoko Udal Musica Eskola eta Udal Musika Kontserbatorioa, según anexo que se adjunta.
SEGUNDO. Modificar el artículo 12 de la Ordenanza Fiscal nº12 quedando redactado de la siguiente manera:
"La Comisión de Gobierno establecerá anualmente los criterios para la bonificación o reducción de cuotas, así como los plazos para solicitar dichas bonificaciones o reducciones".
TERCERO. Incluir el artículo 13: "La Comisión de Gobierno establecerá anualmente los criterios para la gestión del cobro de matrículas, plazos y formas de pago".
En relación a este punto se hacen constar las siguientes intervenciones:
La Sra. Legorburu señala que ha observado que en la documentación remitida no se ha incluido el documento que hacia referencia a los criterios que ha utilizado para hacer los cálculos correspondientes, y que se pusieran de manifiesto en la Comisión de Haciernda, por lo que si alguien estuviera interesado en ellos podrá pedir que se le facilitaran las mismas.
La Sra. Legorburu señala que el criterio utilizado ha sido, 1) de una parte el aplicar un incremento del 10%, puesto que en los dos últimos años no se ha incrementado nada, y
2) El adecuar la realidad del anterior Conservatorio, a la actual Academia de Música, ya que hay que cambiar clases, Instrumentos de Música, haciéndose una matricula única, cosa que antes no existía.
Señala también, que este tema ha sido llevado y estudiado en la Comisión de la Academia de Musica.
Toma la palabra el Sr. Boto para decir que en su opinión hay un aspecto que hay que revisar y con el que nunca ha estado de acuerdo en la forma en la que se ha hecho, cual es el tema de las bonificaciones y exenciones, o becas de la Academia de Música.
La Sra. Legorburu le informa, que en el 2º punto del dictamen se establece que será la Comisión de Gobierno quien establezca los criterios de las Bonificaciones y exenciones, y que no los ha traído al Pleno, ya que se hizo una propuesta a la Academia y que en la Asamblea se le hicieron algunas modificaciones.
Ello no obstante señala que en General, se preveía en la propuesta realizada por el Ayuntamiento, la de bonificar en un 100% a las familias numerosas, mientras que la Asamblea propone el 75%.
Señala también que en el supuesto de que tres miembros de una misma familia estuvieran matriculados en la Academia, la propuesta era la de que los 2 primeros abonaran el 100% mientras que el 3º el 25%, pero que la asamblea proponía que la bonificación se empezará a aplicar al 1º de los miembros, esto es que el 1º no abonara el 100% sino el 75%, y así sucesivamente. También señala que se eliminaría, el motivo de estar en desempleo para acceder a la bonificación o ser pensionista, por que lo que se hará es exigir la declaración de la Renta, estableciéndose exenciones del 100% pero con las mismas características que rigen en otros impuestos, y que si bien este último podría plantear algunos inconvenientes de gestión, esta previsto que sean los servicios de Asistenta Social del Ayuntamiento quienes lo encaucen.
La Sra. Urrestarazu, pregunta si cuando se menciona una familia de tres miembros se refiere a los padres y un hijo, y que qué hay que entender por familia numerosa.
La Sra. Legorburu responde afirmativamente (padres y su hijo) y que también se entienden la formada por 3 hermanos, señalando que la familia numerosa, hace referencia a las familias a partir de 4 miembros.
En este punto se ponen de manifiesto una serie de opiniones, señalando Alcaldía que no es este el sitio para debatir dichas cuestiones.
El Sr. Boto vuelve a señalar que hay en relación a este tema muchas imprecisiones y casos flagrantes.
Alcaldía responde que en todo caso que la discusión está abierta, y que todas estas cuestiones es preciso plantearlas, a la vista de que efectivamente existen actuaciones engañosas.
El Sr. Garbizu señala estar de acuerdo con lo manifestado por la Sra. Legorburu, pero que a su entender se ha planteado esta modificación de forma urgente, no explicándose porque se ponen estas cantidades y no otras, y por que se ha cambiado.
La Sra. Legorburu dice que se ha cambiado y añadido sólo un aspecto y que se debe al hecho de lo que antes era Solfeo, ahora se hace Solfeo más un instrumento de música.
4. Propuesta de aprobación de la modificación del acuerdo plenario del 17 de mayo de 1993, sobre nombramiento de Secretario de la Comisión de Hacienda.
Presenta este punto Alcaldía, quien señala que tal y como se ha dicho anteriormente este punto fue incluido en el ultimo orden del día de la Comisión de Hacienda, y que dicha Comisión no se pudo constituir tal y como dispone el Reglamento, por lo que se trae a pleno sin dictamen, la propuesta de nombramiento de Secretario de la Comisión de Hacienda.
En opinión de la Sra. Urrestarazu, esta propuesta esta fuera de lugar, ya que el Secretario titular tomará posesión de su plaza en un plazo breve y por que no está entre los cometidos del Secretario, el hacer las funciones de Secretario de la Comisión de Cuentas y Hacienda.
Alcaldía corrige lo manifestado por la Sra. Urrestarazu señalando que entre las funciones del Secretario del Ayuntamiento, podría estar el asumir la función de la secretaria de la Comisión de cuentas y Hacienda.
Dice también que cualquier administrativo podría hacer también estas funciones.
Señala la Sra. Urrestarazu, que en su opinión lo lógico seria hablar con el nuevo Secretario, tener su conformidad previo a que se haga la propuesta.
Alcaldía responde que se hará la propuesta y que el la tendrá que aceptar.
En este punto el Sr. Boto critica el hecho de que se haya tenido que esperar tanto para resolver el problema planteado en una Comisión de Hacienda y Cuentas, habiéndose estado en una situación en la que ni siguiera había verdaderas Comisiones, y en la que se ha limitado a que una serie de gente se reuniera, no habiéndose decidido ni quien es nada, ni quien es el Secretario, esto es, no se ha decidido nada.
Señala el Sr. Boto que luego se habla de unos informes que se traen al Pleno, y que no se sabe de quien son en la mayoría de las veces.
Alcaldía señala que los informes los hará el Interventor, (los informes de hacienda).
El Sr. Boto dice que se estaba refiriendo en general, y que los informes y dictámenes que hacen al pleno, ( ya que no todos son dictámenes ), no se sabe quién interviene, preguntando que cómo va a asistir a una Comisión que no sabe ni quién asiste, ni quién es el que está, y que además se hace cuando se quiere, a la hora que se quiere.
Dice también que él ha venido a algunas Comisiones, pero que venir así da pena, y que mientras esto no funcione mejor, el Alcalde no puede lamentarse de que ellos no vengan a las Comisiones.
Alcaldía señala que si las Comisiones no funcionan es porque no existe colaboración alguna por parte de ellos, y que las sugerencias hechas por el Sr. Boto se supone que se refiere a su ámbito jurídico, pero que en todo caso lo que él entiende por Comisiones es el lugar para debatir los temas, y que luego será responsabilidad de cada político el tomar una decisión en el Pleno, y que al final el que toma de decisión es el político, pero que lo que no se puede decir es que por no saber quién va a venir a las Comisiones, no se va a comprometer a tomar una decisión en cuanto al tema que se debate.
Por otra parte señala Alcaldía que a partir de ahora en la Comisión de Hacienda estará el Interventor del Ayuntamiento, que es el técnico de la materia, y que a partir de ahora estará el Secretario del Ayuntamiento, quién tiene mucho que decir en la Comisión, y que las Comisiones funcionan en la medida en que sus miembros colaboran.
El Sr. Boto señala que no se ha contestado a lo que él ha dicho, ya que no se refería a una sola Comisión, sino que hablaba de las Comisiones en general, criticando el hecho de que unas veces se hable de Comisión de Hacienda y otras Comisión de Cuentas, cuando no son lo mismo, solicitando a Alcaldía, que mire las fechas de las Convocatorias de cada Comisión.
Señala en este punto el Sr. Boto, que ellos vendrán siempre que puedan, o siempre que les interese.
En este punto el Sr. Mitxelena toma la palabra para mostrar su disconformidad con lo manifestado por el Sr. Boto, criticándole el que está intentando generalizar una situación, que no se da, cuando resulta que es una persona que todavía no se ha puesto a trabajar, y que además de no trabajar, no deja que los demás hagan su trabajo.
Terminada la intervención, Alcaldía somete a votación la propuesta de aprobación de la modificación del acuerdo plenario del 17 de marzo de 1993, sobre nombramiento de Secretario de la Comisión de Hacienda, la Corporación acuerda por mayoría absoluta, con los votos a favor de los Sres. Sarasola, Legorburu, Arrillaga, Pontesta, Agirretxe, Mitxelena y Dozagarat y con las abstenciones de los Sres. Urrestarazu, Garbizu y Boto lo siguiente:
Nombrar al Secretario General del Ayuntamiento como miembro y Secretario de la Comisión de Cuentas.
5. - Propuesta de ratificación del acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de San Marcos sobre modificación de los estatutos de dicha Mancomunidad por adhesión de nuevos Ayuntamientos.
Visto que la Junta de la Mancomunidad de San Marcos para el servicio de recogida de basuras, en sesiones celebradas los días 27 de diciembre de 1992 y 4 de noviembre de 1993, adoptó, entre otros, el acuerdo de modificar los Estatutos que rigen dicha Mancomunidad a la vista de la adhesión de los Ayuntamientos de Hernani, Lasarte-Oria, Urnieta y Usurbil.
Visto que existe informe favorable emitido por la Exma. Diputación Foral de Gipuzkoa.
Visto asimismo el informe emitido por Secretaría.
Considerando lo dispuesto en el artículo 14 de los Estatutos que rigen la citada Mancomunidad, y a propuesta de la Comisión de Servicios, el Pleno del Ayuntamiento acuerda por unanimidad lo siguiente:
1.- Ratificar los acuerdos adoptados en fecha 27 de diciembre de 1992 y 4 de noviembre de 1993 de la Junta de la Mancomunidad de San Marcos para el servicio público de recogida de basuras, en los que se admitía la incorporación de los municipios de Hernani, Lasarte-Oria, Urnieta y Usurbil para todas finalidades de la Mancomunidad.
2.- Aprobar la modificación del artículo 1 de los Estatutos de la Mancomunidad de San Marcos, como consecuencia de la incorporación o adhesión de los municipios antes citados, cuyo texto una vez modificado se adjunta como anexo 1 a esta propuesta.
6.- Propuesta de aprobación del reglamento de funcionamiento de la Academia de Música de Lezo.
Examinado el reglamento de funcionamiento de la Academia de Música, y visto el dictamen de la Comisión de Interior, en el que se introducen una serie de modificaciones al Reglamento, se acuerda por mayoría absoluta, con los votos a favor de los Sres/as. Sarasola, Legorburu, Arrillaga, Pontesta, Agirretxe, Mitxelena, Dozagarat, con los votos en contra de los Sres/as. Urrestarazu, Garbizu, haciéndose constar que el Sr. Boto no vota, lo siguiente:
1.- Aprobar inicialmente el Reglamento de funcionamiento de la Academia de Música, con las siguientes modificaciones:
El art. 12 del Reglamento, (último párrafo), donde dice "un representante de profesores", debe decir "un representante sindical o en su defecto un representante de los profesores".
El art. 22, párrafo 2, la redacción queda como sigue: "en caso de que algún profesor no impartiera sus clases por permiso por asuntos propios, éstas habría que impartirlas dentro de la misma semana lectiva".
El art. 25, se modifica lo siguiente: donde dice, "la Junta Rectora se encargará de efectuar la necesaria contratación", debe decir "la Junta Rectora se encargará de efectuar la propuesta de contratación al órgano competente".
2.- Someter al trámite de información pública por el plazo de 30 días, para la presentación de reclamaciones y sugerencias, considerándose definitivamente aprobado, en el supuesto de que no hubiera reclamaciones.
Se hacen constar las siguientes intervenciones:
En 1.er lugar toma la palabra el Sr. Mitxelena, que manifiesta que este Reglamento ha sido dictaminado por la Comisión de Interior celebrada el día 7 de junio, proponiéndose en la misma las modificaciones que figuran en la parte dispositiva de este acta.
El Sr. Boto critica, el hecho de que este tema se presente de la forma en que se ha hecho, señalando que no se puede presentar un Reglamento, con una antelación de 48 horas para su aprobación, y sin un informe jurídico, ya que hay muchas cosas que estudiar.
Señala el Sr. Boto que él no puede aprobar algo en 48 horas, sin saber si jurídicamente está bien, aunque en el fondo esté de acuerdo con que tiene que tener un Reglamento, por lo que solicita que quede sobre la mesa, a fin de recabar los informes de los técnicos municipales.
El Sr. Mitxelena señala, que en la Comisión de Interior celebrada, estuvo presente el Secretario de este Ayuntamiento, manifestando que los aspectos básicos han sido recogidos de otros Reglamentos de otras Academias, no introduciéndose variaciones o novedades fundamentales, todo ello con independencia de que hubieran podido contar con más informes técnicos.
En este sentido esta Secretaria señala que ha examinado el Reglamento y que no observa nada reseñable, salvedad hecha de los aspectos señalados en la Comisión de Interior y que figura en el dictamen aprobado.
Ante la pregunta planteada por el sr. Boto, en el sentido de que del Reglamento podría deducirse que se están dando a la Junta Rectora de la Academia competencias municipales, Alcaldía señala que este Reglamento es un mero Reglamento de funcionamiento interno, y que en ningún momento se está pretendiendo dar competencias a órganos que no los deben de tener.
En opinión del Sr. Garbizu, el texto presentado induce a confusión, en la medida en que no se aclara si lo que se presenta al pleno son Estatutos, o es un mero Reglamento interno, y si es esto último, señala que en base al artículo 7 h. debería ser competencia de la Junta Rectora.
Señala que parece que el presente Reglamento se ha copiado de los Estatutos de un Patronato o una fundación, lo cual no le parece mal, pero que sucede que hay que aclarar si va a ser una Entidad con personalidad jurídica propia o no.
La Sra. Legorburu señala que en ningún momento se ha planteado el cambiar la situación jurídica de la Academia de Música.
El Sr. Garbizu señala que si esto es así, como puede ser que no teniendo Personalidad Jurídica propia, puede tener la Junta o la Comisión Ejecutiva, la facultad de Ordenar Gastos, tener recursos, tener patrimonio....
Señala la Sr. Legorburu que eso no tiene sentido, que los recursos de la Academia de Música son los que previamente han sido aceptados en el Ayuntamiento, a través de su Presupuesto único, y que de lo que se trata es de determinar cuando se va a presentar; así, si hay un presupuesto para LESOINU, la Junta deberá determinar cuando lo va a organizar y como.
Señala el Sr. Garbizu señala que la intención de la Sra. Legorburu está claro, pero que eso no tiene nada que ver con lo que está planteando en el Reglamento.
Señala el Sr. Garbizu, que tampoco le parece lógico que en el Legislativo, (o junta) haya solo 3 personas + 2, y que en el ejecutivo estén 8, y que normalmente suele ser al reves, para que sea práctico, y dice que también pone lo de tener su presupuesto propio, y un Secretario.
La Sra. Legorburu señala que cuando se habla de Secretario se hace referencia al Auxiliar de la Academia de Música.
También señala el Sr. Garbizu, que el señalar como misión de la Comisión Ejecutiva la de hacer cumplir la ley es como muy fuerte, salvo que cuente con un buen asesor.
Dice el Sr. Garbizu que en relación a la representación de los vocales, se establece en 1er lugar un representante de alumnos, y de otra parte, dos representantes de padres de alumnos, todos ellos para 4 años, manifestando que se tendrán que poner más límites.
Por último el Sr. Garbizu se refiere a que el texto adolece de una serie de incocreciones, entre otras la de obligar al alumno a que toque un instrumento en un acto público, y otros, que seria preciso corregirlas.
La Sra. Legorburu señala que tampoco se le va a obligar a hacer el examen, ni a que asista a clase, pero que está comprometido a hacerlo, que todos tienen claro cual es la filosofía de la academia de música, y de lo que se trata es de que los alumnos de la academia música deben tener claro que si hay un concierto en algún sitio y les corresponde ir tendrán que ir, otra cosa es que no pueda ir o no vaya, y no puedes hacer algo, pero que en definitiva de lo que se trata es dejar claro cual es la filosofía del Centro.
Por ultimo la Sra. Legorburu señala que se ha planteado este Reglamento y se ven en la obligación de aprobarlo por el hecho de que si no, van a perder la subvención del Gobierno Vasco; que el proceso de elaboración del Reglamento ha sido bastante largo, y que si se trae a pleno ahora es porque junio es el último mes para aprobarlo.
El Sr. Boto señala que si bien se ha dicho que existen razones de urgencia para aprobar el Reglamento y conseguir la subvención ya que el año pasado hubo problemas para recoger la subvención, solicita que se deje sobre la mesa, si bien se deberá trámitar con toda la rapidez que se pueda.
Tras amplio debate, en el que se ponen de manifiesto por parte de los Srs. Garbizu, Urrestarazu la existencia de inconcreciones o confusiones en cuanto a la forma jurídica que resulta el Reglamento, y en el que el Sr. Boto solicita dejarlo sobre la mesa, para ampliación de informes, se somete a la consideración del Pleno aprobándose dicho reglamento con el resultado establecido en la parte dispositiva del presente acuerdo.
Se hace constar lo manifestado por el Sr. Boto en relación a su negativa a tomar parte en la votación, señalando que el no esta en contra de la Academia de Musica ni contra el Reglamento.
7.- "Propuesta de aprobación de la concertación de una operación de crédito por importe de 190.000.000,- de ptas."
Examinado el expediente incoado para la concertación de una operación de crédito por importe de 190.000.000,- de ptas., visto el informe de intervención y de Secretaría, la Corporación acuerda por mayoría absoluta, que es el quórum legalmente exigido, con ocho votos a favor, de los Sres/as. Sarasola, Pontesta, Agirretxe, Mitxelena, Arrillaga, Legorburu (Corporativos de Herri Batasuna), Sr. Dozagarat, (independiente), Sra. Urrestarazu (Eusko Alkartasuna) y la abstención del Sr. Garbizu (Euskal Ezkerra), haciéndose constar que el Sr. Boto no vota, lo siguiente:
PRIMERO: Autorizar el concierto de una operación de crédito por importe de 190.000.000,- de ptas., con el Banco de Crédito Local de España S.A., para financiación de diversas inversiones del Presupuesto Municipal, de acuerdo con las condiciones generales de los contratos de dicha entidad financiera y con las condiciones particulares que se detallan a continuación:
- Tipo de interés: MIBOR trimestral + 0,40%.
- Plazo de carencia: 2 años.
- Plazo de amortización: 15 años.
- Comisión de apertura: 0,30%.
- Garantías: Porcentaje del Fondo Foral de Financiación Municipal igual al que representa el préstamo que se concierta en relación al total del endeudamiento al día de la fecha.
SEGUNDO: Facultar expresamente al Sr. Alcalde-Presidente tan ampliamente como en Derecho sea necesario para suscribir cuantos documentos sean precisos hasta la completa formalización de la operación de que se trata, incluso para otorgar las escrituras de apoderamiento o documentos de domicialización a favor de dicho banco de los ingresos procedentes de los recursos citados en el apartado anterior.
Secretaria advierte de ilegalidad como consecuencia de que previo a que se apruebe la presente operación de crédito, es precepto que el presupuesto del ejercicio económico de 1994 esté definitivamente aprobado, extremo éste que todavía no se ha producido, ya que no se ha publicado en el B.O.G.
8.- Informes de Alcaldía y Delegados.
Alcaldía informa en relación al acta del 11 de mayo, pag.3 (sobre propuesta de nombramiento de D. Xabier Olano como interventor de este Ayuntamiento), y con relación a lo que manifestara el Sr. Boto y que decía que "ya está bien de que el Ayuntamiento de Lezo sea la jubilación de H.B "; que el Sr. Olano no es miembro de la Mesa Nacional de H.B., y que en Usurbil fue nombrado con los votos unánimes de todos los partidos incluído el partido del Sr. Boto.
9.- Ruegos y Preguntas.
La Sra. Urrestarazu pregunta si se tiene información sobre la subasta de Acha y Zubizarreta.
Alcaldía responde que lo único que sabe es que la última subasta prevista para mayo se atrasó, y que la otra está prevista para finales de junio.
El Sr. Garbizu pregunta sobre el cerramiento de la parte trasera de la Casa Lobato, cuando hasta ahora ha estado abierto y si este trozo de tierra es público o privado.
Alcaldía responde que se le preguntó al aparejador si éste era terreno público o privado, y que no fue capaz de determinarlo. Señala que se puso en contacto con Diputación, para ver si se puede saber a través del catastro, y que entre tanto, la policía municipal hizo su informe, y que el propietario de esta casa hizo una petición para cerrar estos terrenos, y que en base a esa petición se le ha dicho que presente las correspondientes escrituras, y que por lo que ha dicho por teléfono tiene escrituras que acreditan su titularidad.
El Sr. Boto señala que en la parte trasera del Polígono 103 (terreno rural) se ha hecho una calle, y que además se está construyendo una casa, por lo que solicita aclaración al respecto.
Alcaldía señala que esa casa no tiene nada que ver con la empresa (Impalsa) a la que en un principio se ha referido el Sr. Boto, y que el propietario de ese terreno, el Sr. Bonifacio Garmendia, solicitó una licencia para hacer un cobertizo, que cuenta con los informes de los Arquitectos Juaristi y Mendiburu, y que en un examen posterior el Arquitecto ha mostrado sus dudas de si puede ser un cobertizo, y que lo que está claro es que en cuanto a dimensiones es que se ajusta a la licencia, y que en lo que no se ajusta es en cuanto a las dimensiones de la puerta, ya que parecen más las puertas de una casa, y que se les va a paralizar la obra, concluyendo Alcaldía que a la vista del informe del Sr. Juaristi el Sr. Garmendia podría hacer ese cobertizo.
El Sr. Boto señala que no está conforme con lo informado por el Sr. Juaristi, y que el que informa debería mirar las NN.SS, y que para construir ahí, en todo caso se necesitará informe previo o autorización de la Diputación Foral, ya que lo que está haciendo parece más un chalet que un cobertizo.
También señala que él se refiere a una calle que se ha hecho en zona rural detrás del Polígono 103.
Alcaldía señala que éso existía ya antes (en la época de Acha y Zubizarreta) puesto que los camiones utilizaban unas bandas asfaltadas.
Pregunta el Sr. Boto en relación a los espacios públicos reservados a los partidos políticos para hacer los mítines en las elecciones, y que no sabe porqué no se ha concedido en Lezo, así como tampoco los paneles para propaganda electoral gratuita.
Secretaría informa que efectivamente se debe reservar espacio público tanto para los carteles como para los mitines. Señala que la Junta Electoral de zona suele solicitar todos los años la determinación de estos espacios públicos, y que al igual que el pasado año se estableció en la escuela de Monseñor Pildain, el lugar para celebrar los mítines, mientras que para la propaganda electoral se reservan las paredes sitas en la c/ San Juan frente a la Iglesia del Sto. Cristo, cosa que se les notificó y que apareció publicado en el B.O.G.
El Sr. Boto dice que todos los años se les suele notificar a los partidos.
Secretaría informa que posiblemente ella no ha reparado en ese extremo de notificar a los partidos y que no recuerda si otras veces se notificó también a los partidos o son éstos los que piden al Ayuntamiento y señala que en todo caso la junta estaba notificada y ésto estaba publicado.
En este punto el Sr. Boto dice al alcalde que si a los partidos políticos no se les ha notificado qué es lo que se puede utilizar, resulta que H.B. ha usado el tablado del Ayuntamiento y demás, preguntan a ver quién va a pagar ésto.
Alcaldía responde que en principio se ha notificado a la Junta Electoral de zona, sobre estos extremos, y que a H.B, tampoco se le ha notificado, pero que está claro que el que lo necesita lo debería pedir.
El Sr. Boto pregunta si H.B. lo ha solicitado y a ver dónde está la solicitud, respondiendo Alcaldía que sí, y que mire en el Registro.
El Sr. Boto vuelve a preguntar a ver quién paga el costo que éso supone montarlo, horas de electricista, horas de trabajadores, etc.
El Sr. Mitxelena le dice que no tiene ni idea de nada.
Pregunta el Sr. Boto a ver qué ha pasado esta mañana, ya que ha habido mucho revuelo en el Ayuntamiento y en el pueblo.
Alcaldía responde que se va a empezar a construir unos váteres públicos, y que ha habido oposición por parte del Colectivo Ecologista, y a la vista de que se mantenía la oposición, se ha procedido a negociar y que ya se informará sobre este extremo.
Pregunta a Alcaldía si sabe las escombreras que proliferan en el municipio.
Alcaldía le solicita que aclare o dé más datos, si son escombreras nuevas o son las viejas ya existentes.
El Sr. Boto especifica que se trata de escombreras nuevas, que están proliferando en todos los sitios, y que su intención es la de que se paralice todo éso.
Alcaldía responde que sí está al corriente de éso.
El Sr. Boto pregunta otra vez sobre el tema de las escuelas y manifiesta que las puertas de la escuela están abiertas, y señala que es conveniente estar al tanto de lo que ocurre, y determinar responsabilidades.
La Sra. Arrillaga responde que ella ha estado tres veces con el conserje (Eugenio) y que le ha dicho que no tiene ninguna razón en lo que el Sr. Boto está diciendo, y que la siguiente vez se lo diga a él mismo, que ya le contestará.
El Sr. Boto dice que él no tiene que decírselo al Conserje, y que él puede asegurar y atestiguar que las puertas están abiertas.
Alcaldía señala que el Conserje asegura y atestigua lo contrario, por lo que cuando se encuentre con la puerta abierta tendrá que llamar a la Guardia Municipal.
En definitiva se concluye que habrá que determinar cual es el horario que ellos tienen, porque puede ocurrir que las clases hayan terminado pero haya otras actividades.
Por último toma la palabra la Sra. Arrillaga para manifestarle al señor Garbizu que las cosas (en el 2º punto del orden del día) que le ha dicho a la secretaria han sido excesivamente fuertes, y que en su opinión, en el tiempo que esta secretaria lleva desempeñando sus funciones ha dejado clara su profesionalidad.
También señala que aunque haya habido informes que no hayan sido de su gusto o del gusto de cada uno, nunca se les ha ocurrido pensar, ni antes ni ahora que ella haya sido partidista, manifestando que en su opinión no tiene el Sr. Garbizu derecho a decir lo que ha dicho.
Cierre del acta.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las veintiún horas, la Presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta, que firman todos los Corporativos asistentes conmigo el Secretario Interino, de todo lo cual certifico.