18 de mayo de 2011

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En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 19:35 horas del día 18 de mayo de 2011, miércoles, se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea y con la asistencia de los siguientes corporativos:, Jon Legorburu Arrastua, María Pilar Legorburu Echegaray, Urko Lopetegi Campano, Jaione Lekuona, Kepa Garbizu Azkue, Enrique Figueroa Laboa y Miguel Antonio Arrizabalaga Brusín.

No han asistido a la reunión Irati Aranburu Salaberria, Iñigo Esnaola Arbiza, Jesús María Martiarena Jaca y Roberto Sánchez Sánchez

Asiste el secretario municipal, Xabier Loiola que da fe del acto.

1.- Dictamen para la aprobación del acuerdo y convenio de las condiciones de trabajo del personal del Ayuntamiento de Lezo para el año 2010 y 2011 (2010PE290002).

Jon Legorburu y el alcalde han expuesto el dictamen. El dictamen dice lo siguiente:

"El día 15 de abril de 2011, la representación de este equipo de gobierno y el Comité de Empresa del Ayuntamiento, llegaron a un acuerdo sobre el Convenio que regulará las condiciones laborales de los trabajadores del Ayuntamiento de Lezo para los años 2010 y 2011.

El acuerdo consta de tres puntos. En el primer punto se materializa el convenio del año 2010, el segundo hace referencia a la subida salarial acordada para el año 2011, y finalmente en el tercer punto, se recoge la posibilidad de negociar otros acuerdos para el año 2011.

La Comisión de Interior en sesión celebrada el 11/05/2011, con el voto a favor de Haritz Salaberria, Jon Legorburu y Urko Lopetegi, dictaminó para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el acuerdo firmado entre la representación de este equipo de gobierno y el Comité de Empresa, sobre el convenio regulará las condiciones de trabajo del personal del Ayuntamiento de Lezo para el año 2010 y 2011.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • § Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse al Pleno.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • § Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • § De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco."

Jon Legorburu dice que acuerdo el presentado es el acuerdo firmado con la representación de los trabajadores del Ayuntamiento, con el visto bueno de los sindicatos ELA y LAB. A pesar de que la propuesta no aplica la reducción de sueldo establecida en el decreto de Zapatero, debido a otras medidas adoptadas (horas de trabajo, sustituciones, plazas vacantes, etc), en el Ayuntamiento de Lezo se han cumplido los objetivos del mencionado decreto, puesto que los gastos de personal del capitulo I han experimentado un descenso de casi un 7%.

En este sentido, el alcalde da cuenta de los datos de la liquidación del presupuesto de 2010 y Jon Legorburu explica los pormenores del mencionado descenso. El alcalde dice que el Ayuntamiento ya había comenzado a reducir y contener el gasto de personal con anterioridad al decreto de Zapatero. Añade que todo lo propuesto por parte de los sindicatos no ha sido aprobado, que algunas solicitudes no han sido atendidas y que el análisis del sueldo estaba pendiente desde 2009.

Kepa Garbizu le pregunta a secretario sobre el informe emitido por éste. El secretario le contesta que en el mencionado informe queda recogido, según su opinión, que la propuesta de acuerdo no cumple la legislación y la normativa vigente. La observación obra en el expediente que está a disposición de todos los miembros el pleno. Añade que el informe no es vinculante para los concejales y que ellos decidirán lo que tienen que votar.

Mikel Antxon Arrizabalaga no está de acuerdo con la propuesta presentada, es un despropósito, un derroche y un escándalo dada la situación de las finanzas públicas. Recuerda que habiendo bajado en un 27% los ingresos públicos y en aras a mantener los servicios públicos son lógicas las medidas del decreto Zapatero. Critica que la subida planteada es superior a la recogida en el informe del Interventor. Considera insolidario el acuerdo con el resto de vecinos de Lezo y con aquéllos que hayan visto reducido su sueldo como ha ocurrido en muchas empresas.

El alcalde dice que entiende el porqué del decreto, pero reitera que en el Ayuntamiento de Lezo se están cumpliendo los objetivos establecidos en el mismo.

Se ha realizado la votación y se ha aprobado el dictamen con cinco votos favorables, dos abstenciones (Kepa Garbizu y Enrique Figueroa) y un voto en contra (Mikel Antxon Arrizabalaga).

2.- Dictamen para la modificación de la ordenanza reguladora del aparcamiento limitado en Altamira (2011UD290001).

Jon Legorburu y el alcalde han expuesto el dictamen. El dictamen dice lo siguiente:

"Con los votos a favor de Haritz Salaberria, Jon Legorburu y Urko Lopetegi, la Comisión de Interior dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar la modificación de la ordenanza de aparcamiento limitado en Altamira, según el texto que se adjunta.

SEGUNDO: Publicar dicha modificación en el BOG durante el plazo de un mes para que los interesados puedan presentar alegaciones.

Si durante el plazo de exposición pública, no se presentara ninguna alegación, la modificación de la Ordenanza de aparcamiento limitado en Altamira, se considerará aprobada definitivamente."

Kepa Garbizu está de acuerdo con la modificación, pero está muy enojado porque se ha dado cuenta de que la normativa vigente, al publicarse en el BOG, no recoge las modificaciones realizadas cuando se aprobó la misma. Dice que espera que junto con las presentes modificaciones también se subsanen las anteriores.

Se ha realizado la votación y se ha aprobado el dictamen por unanimidad.

3.- Dictamen para la aprobación del convenio de adhesión a la Central de Contratación Foral de Gipuzkoa.

El alcalde ha presentado el dictamen de la Comisión de Hacienda. Dice así el dictamen:

"La Diputación Foral de Gipuzkoa, por Decreto Foral 3/2011, de 22 de febrero de 2011, aprobó la normativa reguladora de la contratación centralizada, que incluye la creación de una Central de Contratación Foral, con el fin asistir a las entidades locales que se adhieran libremente a este sistema, en la contratación de bienes, servicios y suministros.

A la vista de ello, la Comisión de Cuentas y Hacienda, en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2011, con los votos a favor, de los corporativos Haritz Salaberria, Jon Legorburu e Urko Lopetegi y la abstención de los corporativos Kepa Garbizu y Mikel Antxon Arrizabalaga, dictamina para su aprobación en pleno la siguiente propuesta:

PRIMERO: Suscribir el convenio de adhesión al sistema de Adquisición centralizada - Central de Contratación Foral de la Diputación Foral de Gipuzkoa."

Sin debate los ocho concejales presentes en la sesión aprueban por unanimidad el dictamen.

4.- Dictamen para la aprobación de las tasas y bonificaciones de la Escuela Municipal de Música Tomás Garbizu (2011KO290001).

Jon Legorburu da cuenta del tema: tanto el Consejo Escolar de la Escuela de Música Tomas Garbizu como la Comisión de Hacienda proponen una subida del IPC del 3%.

Kepa Garbizu advierte que una tasa no se ha actualizado correctamente. Así pues, la tasa correspondiente a Instrumento + Conjunto + 1 Complementaria para los lezoarras es de 352,26 €, siempre y cuando la subida sea del 3%.

Jon Legorburu dice que es correcto y se realiza la mencionada modificación en el dictamen. El dictamen dice lo siguiente:

"Xanti Espina Andueza, en calidad de director de la escuela municipal de música Tomás Garbizu, presenta escrito para la aprobación de las tasas y bonificaciones para el curso 2011/2012, aplicando la subida del 3% de IPC, con respecto a las del curso anterior.

A la vista de ello, la Comisión de Cuentas y Hacienda, en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2011, con los votos favorables de los corporativos, Haritz Salaberria, Jon Legorburu, Urko Lopetegi y Mikel Antxon Arrizabalaga y la abstención del corporativo Kepa Garbizu dictamina:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de las tasas y bonificaciones de la escuela de música Tomas Garbizu para el curso 2011/2012, aplicando la subida del IPC que es del 3 %.

SEGUNDO: Las tarifas a aplicar serán las siguientes.

Musika Eskola 2011-2012

ASIGNATURA

TASAK

Lezoarras

No lezoarras

Instrumento + Conjunto

283,25 €

469,06 €

Nivel 1

142,14 €

234,53 €

Complemenaria +Conjunto

142,14 €

234,53 €

Instrumento + Conjunto + 1 Complementaria

352,26 €

581,23 €

2 Instrumentos + Conjunto

567,53 €

936,99 €

Las Complementarias son Lenguaje Musical y Formación Musical.

TERCERO: BONIFICACIONES DEL PAGO DE LAS TASAS DE MATRICULA DE "TOMAS GARBIZU" LEZOKO UDALAREN MUSIKA ESKOLA

Las condiciones previas que deberán cumplir los solicitantes serán:

1.- Estar empadronado en Lezo antes del 1 de Enero del año en que se solicite.

2.- Estar al corriente en el pago de todos los tributos y precios públicos municipales

TENDRAN BONIFICACION EN EL PAGO DE LAS TASAS DE MATRICULA:

1.-Aquellos alumnos cuyos ingresos económicos no superen los ingresos establecidos en la tabla indicada en las Normas de aplicación, tendrán derecho a una bonificación del 75 % de las referidas tasas.

2.- Cada miembro componente de familia numerosa, tendrá derecho a una bonificación del 25%

NORMAS DE APLICACIÓN:

1.- A los efectos de la determinación del número de miembros se tomará en consideración la información obrante en la última actualización del Padrón Municipal de Habitantes.

2.- Las solicitudes de bonificación de tasas se presentaran en las Oficinas de la Escuela de Música en el momento de realizar la matrícula y se acompañarán de la siguiente documentación:

2.a) Certificado de Convivencia.

2.b) En caso de solicitar "Por ingresos económicos", deberán aportar copia de la ultima declaración de la Renta o en su caso certificado expedido por la Diputación Foral de no estar obligado a realizar dicha declaración.

2.c) A los que aporten copia de la Declaración de la Renta se les tomará como base el apartado "TOTAL COMPONENTES POSITIVOS".

2.d) En caso de aportar certificado de no obligatoriedad se considerarán los baremos que la Diputación Foral de Guipuzkoa, haya estimado como ingresos máximos para no realizar dicha declaración. Adjuntar documento de no obligatoriedad (hacienda) y el 10-T (la empresa) o el certificado de rendimientos brutos. (Errotaburu). Tlf: 902-100040

2.e) En el apartado "Por familia numerosa", el libro de familia numerosa actualizado.

3.- A las personas que tengan derecho a bonificación, ésta se les aplicará en el momento del pago de matrícula.

4.- Dado que las bonificaciones no tienen carácter acumulativo, el beneficiario podrá optar por la que más le interese.

5.-La bonificación que eventualmente puede concederse, se entenderá exclusivamente para el ejercicio en que se solicite.

6.-Si un alumno cumple con los requisitos que se proponen para beneficiarse de alguna de las bonificaciones de tasas, pero resulta que el curso anterior la asistencia a las clases ha sido inferior al 85%, se le denegará automáticamente la correspondiente petición.

Tabla correspondiente a la bonificación por ingresos económicos.

Nº Familiares

Ingresos económicos €

Bonificación

1

15.271

% 75

2

26.067

% 75

3

35.383

% 75

4

42.020

% 75

5

46.966

% 75

6

50.701

% 75

7

54.394

% 75

CUARTO: Exponerlo al público mediante anuncio en el BOG y en el tablón de anuncios de la casa consistorial, a fin de en el plazo de un mes se estudie el expediente y poder presentar las alegaciones.

Si en dicho plazo no se recibe alegación, el reglamento tendría la aprobación definitiva.

QUINTO: Al ser un acto de trámite no cabe recurso contra este acuerdo."

El dictamen se ha aprobado por unanimidad.

5.- Dictamen para Ia modificación de las ordenanzas fiscales de 2011: Polideportivo Bekoerrota y piscinas Altzate (2011KO290002).

Jon Legorburu propone aprobar el dictamen aprobado por la Comisión de Hacienda. El dictamen dice lo siguiente:

"A la vista de la propuesta presentada por el departamento de cultura, euskara y deportes sobre la modificación de la ordenanza fiscal del Polideportivo Bekoerrota y piscinas Altzate y el informe del interventor emitido al efecto,

La Comisión de Cuentas y Hacienda, en sesión celebrada el día 13/05/2011, con los votos favorables de los corporativos Haritz Salaberria, Jon Legorburu y Urko Lopetegi y la abstención de los corporativos Kepa Garbizu y Mikel Antxon Arrizabalaga, dictamina:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de la siguiente ordenanza fiscal:

7.-11 Polideportivo Bekoerrota y piscinas Altzate.

Entrada en vigor: Una vez publicadas, a partir de 1 de setiembre de 2011.

SEGUNDO: Abrir un período de un mes para información pública, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios, para que se puedan presentar alegaciones."

Se ha aprobado el dictamen con siete votos favorables y una abstención (Mikel Antxon Arrizabalaga).

6.- Dictamen para la aprobación de la normativa de organización y funcionamiento la mesa sectorial del euskara (2011KU290001).

"La Comisión de Cultura en sesión celebrada el 11 de mayo de 2011, con el voto a favor de Haritz Salaberria, Jon Legorburu y Pili Legorburu dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la normativa de organización y funcionamiento de la Mesa Sectorial del Euskara.

SEGUNDO: Abrir un período de un mes para información pública, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios, para que se puedan presentar alegaciones."

Kepa Garbizu dice que no le parece un buen momento para adoptar un acuerdo de ese tipo cuando faltan 30 días para que finalice la legislatura. En su opinión, ese tema debería ser analizado por la próxima corporación.

El alcalde le contesta que probablemente tiene razón, pero que presenta la propuesta con el fin de otorgar protagonismo y legitimidad, entre ortros, a los ciudadanos que han participado en su creación. Asimismo, propone que en el dictamen conste que en caso de no presentarse alegaciones en el plazo público establecido al respecto, la normativa será aprobada definitivamente.

Una vez incluida la mencionada aclaración, se ha aprobado el dictamen con cinco votos favorables y tres abstenciones (Kepa Garbizu, Enrique Figueroa eta Mikel Antxon Arrizabalaga)

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 20:05 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números del 929.778 al 929.784, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna