- 1. Aprobación, si procede, del acta de la sesión plenaria celebrada el día11 de abril de 2013.
- 2. Propuesta para el nombramiento del Ayuntamiento de Lezo como miembro del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes.(2013H0490001)
- 3. Dictamen para la derogación del recargo del 150% de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que no constituyan la residencia habitual del sujeto pasivo del impuesto o de terceros por arrendamiento o cesión de uso (2013KO290002).
- 4. Dictamen para la modificación de las Ordenanzas Fiscales de 2013: Inspección de Actividades (2013KO290003).
- 5. Propuesta para la aprobación definitiva de la Cuenta General del 2012 (2013KO080001).
- 6. Dar cuenta de la modificación del presupuesto municipal por habilitación de alcaldía (2013KO040001, 2013KO030004 y 2013KO090002)
- 7. Moción presentada por el grupo municipal BILDU sobre la integración de Onkologikoa en el Sistema Publico de Salud, Osakidetza (2013ALO50010)
- 8. Moción presentada por el grupo municipal EAJ-PNV sobre la solidaridad con el pueblo Kurdo (2013ALO5008)
- 9. Moción presentada por el grupo municipal EAJ-PNV sobre el proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) (2013ALO50011)
- 10. Moción presentada por el grupo municipal EAJ-PNV sobre el Oncológico de Donostia (2013AL050012)
- 11. Informes de Alcaldía, de los representantes de la Corporación en Órganos Colegiados y Delegados.
- 12. Ruegos y preguntas.
En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 19:30 horas del día 29 de mayo de 2013, miércoles, se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN ORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia de la alcaldesa, Ainhoa Zabalo Loiarte y con la asistencia de los siguientes corporativos: Mikel Arruti Salaberria, Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra, Eneko Lartige Zabaleku, Garazi Kuesta Unzain, Angel Portugal Formoso, Naroa Tubilla Ziganda, Luis Garrido Corral, Miren Tarragona Perez (grupo municipal BILDU), Kepa Garbizu Azkue, Xubero Ubillos Apaolaza, Enrique Figueroa Laboa (grupo municipal EAJ-PNV), y Mikel Antxon Arrizabalaga Brusín (Socialistas Vascos).
Asiste el secretario municipal, Xabier Loiola que da fe del acto.
1. Aprobación, si procede, del acta de la sesión plenaria celebrada el día11 de abril de 2013.
Mikel Antxon Arrizabalaga, propone realizar una corrección en el primer folio del acta en euskera nº 9300119 y en el de castellano, hoja nº 930132, precisamente en la última frase del primer tema. La frase dice: “Mikel Antxon Arrizabalaga le ha respondido que recurra a los tribunales y que allí harán lo que quieran”. En su lugar debe decir: “Mikel Antxon Arrizabalaga la ha respondido que recurra a los tribunales y que ellos ya decidirán lo que tengan que decidir”. Se aprueba la corrección del acta.
Kepa Garbizu manifiesta que los miembros del PNV no efectuarán ninguna corrección, pero que no la firmarán ya que no están de acuerdo con el acta.
Sin nada más que decir, con las correcciones hechas, se aprueba y se firma el acta, excepto los tres miembros del grupo municipal EAJ-PNV, que deciden no firmarla.
2. Propuesta para el nombramiento del Ayuntamiento de Lezo como miembro del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes.(2013H0490001)
Ainhoa Zabalo propone aprobar la propuesta. A pesar de exponer el tema esta mañana en la Junta de Portavoces, al no ser tratado el tema el la comisión correspondiente, no hay dictamen, es por ello que para poder ser tratado el tema previamente ha de aprobarse la urgencia de la propuesta.
Hecha la votación, se declara la urgencia con 12 votos a favor y 1 en contra. Una vez aprobada la urgencia, se trata el tema. Dice así la propuesta:
“A propuesta del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transporte, y previa deliberación y aprobación por parte del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en sesión celebrada el 14 de septiembre de 2010 se aprobó el Decreto 236/2010, de 14 de septiembre, por el que se designa a los vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes. Este Decreto se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco el 30 de septiembre de 2010.
Mediante este decreto, se designó, entre otros, como vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes a Don Juan Carlos Merino González, en representación del Ayuntamiento de Errenteria.
Tal y como se establece en el decreto arriba citado, la Ley 33/2010, de 5 de agosto, en sus apartados 10.1 y 10.2 de la Disposición Final Segunda, conllevan una modificación sustancial, entre otros, de la representación que los municipios en cuyo término este localizada la zona de servicio del puerto tienen en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria correspondiente.
Así, los municipios en cuyo término esté localizada la zona de servicio tendrán una representación del 33 por 100 en relación con el resto de miembros del Consejo. Cuando sean varios los municipios afectados, la representación corresponderá, en primer lugar, a aquel o aquellos que den nombre al puerto administrado por la Autoridad Portuaria y, posteriormente, a los demás, en proporción a la superficie del término municipal afectado por la zona de servicio.
Por lo tanto, en lo que al puerto de Pasajes se refiere, evidentemente en primer lugar la representación en dicho Consejo de Administración corresponde al Ayuntamiento de Pasaia y, posteriormente, al municipio cuyo término municipal se vea afectado en proporción a su superficie.
En este sentido, de los tres municipios que cuentan con superficie de su respectivo término municipal en la zona de servicio del puerto de Pasajes, además del municipio de Pasaia es el de Lezo el que tiene mayor proporción de superficie en dicha zona.
Como prueba de ello se remite adjunto a este escrito el certificado emitido por el Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Por ese motivo, el alcalde de Lezo eleva al Pleno la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:
UNO: Solicitar al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco la adopción de las siguientes decisiones:
1.- Dejar sin efecto el Decreto 236/2010, de 14 de septiembre, por el que se designa a los vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes.
2.- Nombrar al representante designado por el Ayuntamiento de Lezo vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes.
Se vota la propuesta y se aprueba por unanimidad, con 13 votos a favor (9 del grupo municipal BILDU, 3 del grupo municipal EAJ-PNV y 1 de Socialistas Vascos).
3. Dictamen para la derogación del recargo del 150% de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que no constituyan la residencia habitual del sujeto pasivo del impuesto o de terceros por arrendamiento o cesión de uso (2013KO290002).
Ainhoa Intxaurrandieta Concejala delegada de Hacienda, propone aprobar el dictamen. Dice así:
“El Pleno Municipal acordó, el día 27 de septiembre de 2012, la modificación de la ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, estableciendo un recargo del 150% de la cuota líquida del Impuesto por los inmuebles de uso residencial que no constituyan la residencia habitual del sujeto pasivo o de terceros por arrendamiento o cesión se de uso.
En concreto, el acuerdo adoptado consistía en añadir los artículos 4 a 8 a la Ordenanza reguladora del Impuesto
El 5 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el anuncio de aprobación definitiva de las ordenanzas, en el que se indicaba el día 1 de enero de 2013 como fecha de su entrada en vigor.
Con la Ordenanza en vigor, durante el mes de abril se enviaron escritos a los contribuyentes incluidos en el censo de viviendas objeto de recargo, otorgándoseles un plazo de 15 días para presentar alegaciones.
En el plazo otorgado, en el Ayuntamiento se han recibido alrededor de 90 alegaciones de personas propietarias de pisos a los que se les notificó que les iba a incrementar el IBI.
Analizada la totalidad de las reclamaciones se ha comprobado, en base a un importante número de reclamaciones presentadas por afectados, que con la aplicación del aumento del IBI no se lograba el objetivo primordial de la aplicación del recargo, que no era otro que el de movilizar vivienda vacía, pues buena parte de los pisos considerados como vacíos en Lezo no eran susceptibles de salir al mercado por diferentes causas.
La casuística es tan variada que resulta complejo aplicar de forma estricta una normativa como el incremento del IBI sin analizar cada caso.
En consecuencia, propongo posponer la aplicación de un incremento del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los propietarios de viviendas vacías a la espera de elaborar una nueva ordenanza más completa que contemple las diferentes casuísticas que se han planteado.
A la vista de ello, esta Alcaldía eleva a la Comisión de Hacienda la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCION:
PRIMERO: Derogar, con efectos de 1 de enero de 2013, los artículos 4 a 8 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuya redacción es la siguiente:
Artículo 4.- Bienes inmuebles de uso residencial sujetos a recargo por no constituir residencia habitual:
1.- Los bienes inmuebles de uso residencial que no constituyan la residencia habitual del sujeto pasivo o de terceros en virtud de arrendamiento o cesión de uso quedarán sujetos al recargo contemplado en el Anexo de la presente Ordenanza Fiscal.
2.- Se entenderá por inmuebles de uso residencial los locales que estén recogidos como de uso o destino de vivienda en el Catastro. Se incluirán los anexos a al vivienda siempre que formen una finca registral única.
3.- Serán sujetos pasivos del recargo, los sujetos pasivos de este tributo.
4.- El recargo se devengará en el mismo momento que el impuesto sobre el que se aplica y se exigirá conjuntamente con la cuota.
Artículo 5.- Presunción de residencia habitual.
1.-Se presumirá la residencia habitual efectiva en un inmueble de uso residencial, cuando a la fecha de devengo del impuesto conste en el padrón de habitantes de este Ayuntamiento inscripción que acredite la ocupación del inmueble por una o más personas.
2.- La residencia habitual efectiva no inscrita en el padrón municipal podrá acreditarse mediante declaraciones tributarias efectuadas ante cualquiera de las Administraciones territoriales competentes en el término municipal. En estas declaraciones tributarias deberá constar declarada como vivienda habitual la sujeta a este impuesto. Las contradicciones entre declaraciones tributarias o la inexistencia de obligación de efectuarlas habilitarán para la presentación de otros medios de prueba por parte del sujeto pasivo, del arrendatario o del cesionario. Tanto la valoración de las declaraciones tributarias como los medios de prueba distintos de las mismas, serán objeto de informe escrito motivado que fundamentará la decisión que se adopte por el órgano municipal competente.
Se entenderá que existe residencia habitual efectiva, cuando quede acreditada una ocupación del bien inmueble por un período superior a 183 días al año.
3.- Cuando la titularidad de los bienes inmuebles de uso residencial corresponda a una administración pública, será suficiente la declaración presentada por la misma para presumir el destino residencial efectivo de los inmuebles. El ayuntamiento, no obstante, podrá requerir a la administración titular para que acredite el destino residencial de aquellos.
Artículo 6 Viviendas sin residencia habitual no sujetas a la aplicación del recargo por razón del sujeto pasivo.
No se aplicará el presente recargo a las viviendas propiedad del Ayuntamiento, de sus Organismos Autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles de capital íntegramente municipal
Artículo 7.- Viviendas sin residencia habitual no sujetas a la aplicación de recargo por razón del objeto.
Estarán exentos de la aplicación de este recargo los bienes inmuebles de uso residencial sin residencia habitual efectiva, en los términos definidos en el art. 4 los bienes inmuebles en los que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a).-Los que gocen de alguna bonificación tributaria en el impuesto.
b).-Los afectos a actividades de alojamiento, pensiones, hostales, etc.
c).-Los puestos a disposición de alguna entidad pública que tenga entre sus fines la puesta el alquiles de los mismos.
d).-Los arrendados a estudiantes.
e).-Las viviendas cuya titularidad corresponda a personas empadronadas en Residencias de la Tercera edad.
f).-Aquellos en los que concurran circunstancias de índole constructiva o económica que impidan su venta o alquiler en condiciones económicas razonables. El informe de valoración de tales circunstancias se realizará por los servicios técnicos municipales competentes.
g).-Los dedicados a actividades profesionales o comerciales de forma continuada. La aplicación de esta exención exigirá la condición de titular catastral del inmueble o, en su caso, la existencia de un contrato de arrendamiento a favor del titular de la actividad por plazo superior o igual a un año. Si el contrato no consta por escrito deberá justificarse su existencia del mismo mediante los medios de prueba que se consideren pertinentes. Esta exención no se aplicará en el caso de cesiones de uno salvo que quede acreditada la existencia de actividad u que existe una relación de parentesco de primer grado de consanguinidad o adopción entre el sujeto pasivo del impuesto y el beneficiarlo de la cesión del bien.
Artículo 8.- Procedimiento especial de gestión para la aplicación del recargo.
El Ayuntamiento elaborará de oficio una relación inicial de sujetos pasivos por este impuesto titulares de bienes inmuebles de uso residencial en los que no conste inscrita persona alguna como residente habitual.
Se procederá a notificar a cada uno de los sujetos pasivos incluidos en la relación anterior su alta provisional como titulares de bienes de uso residencial sometidos al recargo que en su caso se apruebe, para que aleguen en lo que estimen oportuno en orden a determinar definitivamente la situación del bien inmueble en cuanto a su uso residencial efectivo o la concurrencia de supuestos de no aplicación del recargo.
La notificación de la resolución definitiva determinando el régimen inicial del bien, se efectuará al sujeto pasivo individualmente procediéndose, en su caso, a su incorporación al Padrón del impuesto como sujeto titular de un bien gravado por el recargo.
La consideración de un bien como objeto de recargo será notificada inicialmente al sujeto pasivo para que alegue lo que estime oportuno.
El Ayuntamiento a la vista de las alegaciones dictará resolución definitiva sobre la aplicación o no del recargo, que será notificada al sujeto pasivo siguiendo los cauces legales oportunos.
SEGUNDO: Someter a información pública por el plazo de 30 días hábiles, a efectos de reclamaciones, el acuerdo a que hace referencia el punto anterior, la ordenanza correspondiente y el expediente al efecto instruido.
TERCERO: El Acuerdo adoptado devendrá en definitivo, sin necesidad de nuevo acuerdo, si transcurrido el plazo reglamentario de la información pública no se hubiera producido reclamación alguna.”
La Comisión de Cuentas y Hacienda, en sesión celebrada el 22/05/2013 dictamina la propuesta con los votos a favor de Ainhoa Intxaurrandieta, Ainhoa Zabalo, Eneko Lartigue, y la abstención de Kepa Garbizu y Mikel Antxon Arrizabalaga.”
A kepa Garbizu, le parece que el dictamen está bien, pero que a su parecer se queda corto. Manifiesta, que hay que cambiar el tipo de gravamen y aplicar el que estaba vigente hace dos años. Ha explicado la diferencia de los tipos que tiene Lezo respecto a los municipios de alrededor.
Ainhoa Intxaurrandieta le pide, que concrete el cambio, y le promete que creará una comisión para estudiarlo.
Mikel Antxon Arrizabalaga dice estar asombrado: en un principio, por haberse aprobado un cambio de ordenanza del recargo del 150% de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para las viviendas vacías, y ahora, por echarse para atrás, por unas cuantas alegaciones que se han presentado. Contradicción, miedo… dice que es lo que ve en la propuesta.
Se vota la propuesta de EAJ y no se aprueba con 9 votos en contra (grupo municipal BILDU) 3 votos a favor (grupo municipal EAJ-PNV) y con 1 abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)
Se aprueba el Dictamen con 9 votos a favor (grupo municipal BILDU), 3 votos en contra (grupo municipal EAJ-PNV) y 1 abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)
4. Dictamen para la modificación de las Ordenanzas Fiscales de 2013: Inspección de Actividades (2013KO290003).
Ainhoa Intxaurrandieta Concejala delegada de Hacienda, propone aprobar el dictamen. Dice así:
“El técnico del departamento de Urbanismo y Medio Ambiente presenta para su aprobación la nueva ordenanza fiscal sobre Inspección de actividades sujetas a comunicación previa.
Visto el informe del interventor emitido al efecto, esta alcaldía eleva a la comisión de hacienda la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCION:
PRIMERO: Derogar la ordenanza fiscal de la tasa por Licencia de Apertura.
SEGUNDO: Aprobar inicialmente la siguiente ordenanza fiscal:
• 7-7. Inspección de actividades sujetas a comunicación previa.
TERCERO: Abrir un período de 30 días hábiles para información pública, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios, para que se puedan presentar alegaciones.”
Realizada la votación, la Comisión de cuentas y hacienda, en sesión celebrada el día 22 de mayo de 2013, con los votos a favor de Ainhoa Intxaurrandieta, Ainhoa Zabalo, Eneko Lartige y Mikel Antxon Arrizabalaga y la abstención de Kepa Garbizu dictamina la propuesta para su aprobación por el pleno.”
Una vez efectuada la votación se aprueba el Dictamen con 9 votos a favor (grupo municipal BILDU), 3 abstenciones (grupo municipal EAJ-PNV) y 1 en contra (Socialistas-Vascos)
5. Propuesta para la aprobación definitiva de la Cuenta General del 2012 (2013KO080001).
La propuesta de resolución dice lo siguiente:
“La Comisión de Cuentas y Hacienda, en sesión celebrada el 26 de Abril de 2013, dio el visto bueno a la Cuenta General del ejercicio 2012.
El expediente de la Cuenta General ha permanecido expuesto al público por el plazo reglamentario sin que contra el mismo se haya formulado reclamación alguna.
Por tanto, se propone la aprobación definitiva de la Cuenta General del ejercicio 2012.”
Se efectua la votación y se aprueba la propuesta con 12 votos a favor (9 del grupo municipal de BILDU y 3 del grupo EAJ-PNV) y 1 abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos).
6. Dar cuenta de la modificación del presupuesto municipal por habilitación de alcaldía (2013KO040001, 2013KO030004 y 2013KO090002)
La alcaldesa da cuenta de la modificación del presupuesto municipal por habilitación de alcaldía recogidos en los expedientes 2013KO040001, 2013KO030004 y 2013KO090002.
7. Moción presentada por el grupo municipal BILDU sobre la integración de Onkologikoa en el Sistema Publico de Salud, Osakidetza (2013ALO50010)
La moción presentada por el grupo Municipal BILDU dice lo siguiente:
“El futuro de Onkologikoa está en juego porque se están tomando una serie de decisiones que están siendo cuestionadas hasta por las y los profesionales y trabajadores que llevan años desempeñando allí su labor. El hecho de que sean ellos y ellas las que han levantado la voz de alarma es muy significativo y debemos hacerles caso si queremos que el servicio que Onkologikoa ha prestado hasta la fecha se pueda seguir garantizando para el conjunto de la sociedad.
En estas circunstancias, este Ayuntamiento tiene la obligación de salir en defensa de Onkologikoa. Para garantizar su futuro el único camino es su integración en el Sistema Publico de Salud, Osakidetza, al que toda la ciudadanía tiene acceso.
Por todo ello, entendemos que este Ayuntamiento no puede quedarse al margen de lo que pueda ocurrir con Onkologikoa. Desde el convencimiento de que la actividad principal de este Centro debe continuar siendo la medicina pública y de que debemos defender el futuro de Onkologikoa como el mejor referente de la atención especializada en enfermedades oncológicas de nuestro territorio y para que se mantenga abierto al conjunto de la ciudadanía, presentamos la siguiente Declaración:
1. El Ayuntamiento en Pleno de Lezo quiere reiterar el reconocimiento a Onkologikoa, así como al conjunto de la plantilla, por su trabajo durante tantos años en este campo, ya que dicho trabajo ha convertido a Onkologikoa en un referente que debemos de mantener, cuidar y preservar para que siga prestando su servicio al conjunto de la ciudadanía desde el sistema público de asistencia sanitaria.
2. El Ayuntamiento Pleno de Lezo expresa su deseo de que Onkologikoa sea integrado en el Sistema Publico de Salud, Osakidetza, e insta al Gobierno Vasco a llegar a un acuerdo con la Dirección de Kutxa y su Obra Social para iniciar un proceso de conversaciones donde se acuerden los pasos a dar para hacerlo efectivo. Ambas partes deberán planificar los plazos y los pasos a dar para hacer esto realidad integrando la cultura de ambas organizaciones.
3. El Ayuntamiento Pleno de Lezo insta al Gobierno Vasco y a la Dirección de Kutxa y Kutxabank a que acuerden durante este periodo transitorio, cuya duración será convenida, la aportación de la cuantía necesaria para el mantenimiento de Onkologikoa, que será de al menos la misma cuantía que la que venía dotando para su sostenimiento.
4. El Ayuntamiento Pleno de Lezo dará a conocer este acuerdo a las siguientes instancias:
• A la Asamblea de Kutxa y a su Comisión de Obra Social
• Al Consejero/a de Sanidad del Gobierno Vasco
• Al Director/a de Osakidetza
• A los y las vecinas de Lezo”
Mikel Antxon explica el porqué de su voto a favor. Dice así:
“El PSE insta al Gobierno Vasco a acordar un convenio con los responsables de la Obra Social de KUTXABANK, que recoja la propuesta de incorporación del Onkologikoa de Donostia a la red sanitaria pública (Osakidetza), así como a realizar dicha incorporación durante un período transitorio durante el cual se trabaje en la integración de la cultura de ambas organizaciones.
Asimismo, el PSE insta al Gobierno Vasco a que se acuerde durante este periodo transitorio, cuya duración será convenida con el Gobierno Vasco, la participación económica de KUTXABANK de al menos la misma cuantía que la que venía dotando al hospital para su sostenimiento hasta la fecha actual.”
Se efectua la votación y se aprueba con 10 votos a favor (9 del grupo municipal BILDU y 1 de Socialistas Vascos) y 3 votos en contra (grupo municipal EAJ-PNV)
8. Moción presentada por el grupo municipal EAJ-PNV sobre la solidaridad con el pueblo Kurdo (2013ALO5008)
La moción presentada íntegramente en euskera por el grupo municipal EAJ-PNV dice así:
“Joan den urtarrilaren 9an hiru emakumezko abertzale kurdu hil izanak herri kurduaren patu tragikoa gogorazi digu. Lehen Mundu Gerraren ostean nazioarteko komunitateak engainatu zituen kurduak subiranotasuna eskaini eta zapuztu zitzaienean. Harez gero, herri kurdua lau estaturen menpe bizi behar izan du, gehienetan, estatuon jazarpena eta errepresioa pairatuz.
Gaur egun, Irakeko kurduak dira bere buruaren jabe, hein batean behintzat, diren eta herri bezala garatzeko aukera duten bakarrak. Siriako gerra zibila dela eta bertako kurduak Siriako gobernuaren, matxinoen zati baten eta Turkiaren mehatxupean bizi dira, nahiz eta de facto gerraren beraren ondorioz beren burua gobernatzen ari diren orain. Gainera, Turkiako eta Irango kurduak gobernuen errepresioa eta jazarpena pairatzen ari dira.
Bestetik„ Turkiako agintariak eta komunitate kurduaren ordezkariak harremanak hasi berri dituzte Turkiako gatazka kurduaren konponbide demokratikoa bideratzen hasteko helburuarekin.
Halaber, Turkia Europako Batasuneko kide izateko prozesua hasteko zain dago. Alabaina, Batasuneko kide bihurtu ahal izateko demokraziaren oinarriak bete beharko Iituzke, eskubide eta libertate zibilak errespetatu beharko Iituzke eta horien artean herri kurduaren eskubideak, hizkuntza eta kultura.
Hori guztia dela eta Lezoko udalak honokoa erabaki du:
1- Lezoko udalak tinko gaitzesten du Sakine Cansiz, Fidan Dogan eta Leyla Soylemez ekintzaile abertzale kurduen hilketa eta elkartasuna eta samina adierazten die hildakoen familiei eta herri kurdu osoari.
2- Lezoko udalak dei egiten die Turkiako gobernuari errepresio bidea albora utz dezala eta Kurdu talde armatuei indarkeri erabilera geldiaraztea bake bideak jorratzeko.
3- Lezoko udalak dei egiten die Turkiako gobernuari eta herri kurduaren ordezkariei hasitako elkarrizketaren bideari zintzoki eusteko, hori baita modu bakarra gatazka kurduaren behin betiko konponbidea Iortzeko.
4- Turkia EBren kide bihurtu nahi duen honetan, Lezoko Udalak eskatu egiten dio Europako Batasuneko Kanpo Politikarako Goi-ordezkariari bitartekari¬lanak egin ditzan Turkiako gatazka kurdua demokratikoki konpon dadin.
5- Lezoko udalak eskatzen dio Europako Batasunari ez dadila abian jarri Turkiaren integrazio-prozesurik harik eta gatazka kurdua demokratikoki konpontzen ez den eta kurduen eskubide demokratikoak, kulturalak eta Iinguistikoak errespetatzen ez diren arte.”
Luis Garrido expresa, en nombre de EH Bildu, que se posicionarán a favor de la moción, tras realizar algunas especificaciones. Por un lado, quieren pedir al Gobierno de Francia que dé las explicaciones que tiene pendientes por las muertes ocurridas hace cinco meses; y por otro, solicitar al Gobierno de Turquía que se respeten los derechos civiles y democráticos del pueblo kurdo y de los presos políticos kurdos.
El PNV acepta que se le añadan dichas especificaciones a la moción.
Mikel Antxon Arrizabalaga se muestra de acuerdo con los tres primeros puntos, pero no con los puntos 4 y 5, ni con las aportaciones de Bildu. Manifiesta que, por ello, votará en contra de la moción.
Se efectua la votación de la moción y se aprueba con 12 votos a favor (9 del grupo municipal BILDU y 3 del grupo EAJ-PNV) y con 1 abstención (Socialistas Vascos).
9. Moción presentada por el grupo municipal EAJ-PNV sobre el proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) (2013ALO50011)
La moción presentada por el grupo municipal EAJ-PNV dice así:
El Ayuntamiento de Lezo muestra su rechazo al proyecto de Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) porque vulnera la competencia exclusiva que Euskadi tiene en materia de Educación y no respeta ni tiene en cuenta la realidad ni los planteamientos lingüísticos de nuestro sistema educativo, constituyendo un intento de centralización y uniformización de los sistemas educativos del estado español.
Asimismo manifiesta que dicho proyecto de ley no ofrece una posibilidad de mejora real para el sistema educativo vasco, que tiene superados los objetivos que persigue la ley.
1. Por último, hace suya la Proposición no de ley aprobada por el Parlamento Vasco el 24 de enero de 2012 e insta al Gobierno Vasco a defender el autogobierno de Euskadi, la calidad de nuestro sistema educativo y de los derechos lingüísticos y educativos de la ciudadanía vasca.
Luis Garridok manifiesta que los concejales del grupo municipal Bildu se van a abstener. Están de acuerdo con el punto 1 y 2, pero les parece que el 3. punto se queda corto. Se unen a las declaraciones realizadas por EH BILDU en el Parlamento Vasco: El PNV debería reunirse con los agentes sociales y hacer frente a esta ley que viene desde Madrid.
Mikel Antxon Arrizabalagak dice estar de acuerdo con lo mínimo de la moción y que votará a favor.
Se vota la moción y se aprueba con 4 votos a favor (3 del grupo municipal EAJ-PNV y 1 de Socialistas Vascos) y 9 abstenciones (grupo municipal BILDU).
10. Moción presentada por el grupo municipal EAJ-PNV sobre el Oncológico de Donostia (2013AL050012)
La moción presentada íntegramente en euskera por el grupo municipal EAJ-PNV dice así:
“Onkologikoa, kutxaren Institutu Onkologikoa da. Minbiziaren prebentzio, diagnostiko eta tratamendurako Zentro monografikoa da, teknologia aldetik punta-puntakoa. Hirurehun profesional baino gehiagok dihardute lanean bertan.
Onkologikoa aspalditik dago integratua EUSKAL OSASUN SISTEMAN, izan ere, duela 25 urte INSALUDen transferentzia jaso genuenetik eta gaur arte, Eusko Jaurlaritzako Osasun-Sailarekin sinatutako HITZARMENEN bitartez, Gipuzkoako zein Euskal Autonomía Erkidegoko beste lurraldeetako hainbat pazienteren onkologia esparruko atentzioa bere gain hartu izan du eta hartzen jarraitzen du. Era berean, Aseguru Pribatuetako pazienteak eta paziente partikularrak ere tratatzen dira ONKOLOGIKOAN.
Esandako moduan, KUTXA da ONKOLOGIKOAREN jabea, bere Obra Sozialaren ikur nagusienetakoa da. Ondorioz, ez dadila inor nahastu, Onkologikoa, Euskal Osasun Sisteman egonda ere ospitale pribatua izan da betidanik, sortua izan zenetik.
2010. urtean KUTXAk Ospitale Onkologikoa izandakoa FUNDAZIO bilakatu zuen, irabazi asmorik gabeko Fundazioa da eta interes publikoko jardueretara mugatzen da bere jarduna.
Fundazio bilakatzeaz batera, nortasun juridiko propioa eman zitzaion eta bere gidaritza Patronatu baten esku utzi da. Patronatu horren buru Kutxako presidentea bera dugu eta otsailaren 13tik aurrera, Osasun Sailburuordea ere Patronatu horretako partaide da.
Bat gatoz erabat ONKOLOGIKOAk Euskal Osasun Sisteman duen garrantziarekin. Gipuzkoan zein erkidego osoan prestigio handiko zentroa da eta funtzio sozial ukaezina betetzen du.
Eta guk ere horrela izaten jarraitu dezan nahi dugu.
Horregatik, Osasun Sailburuak gai honen inguruan hartutako konpromisoa beteko du. Argi esan duen bezala, Eusko Jaurlaritzak erantzukizunez jokatuko du eta ez du ONKOLOGIKOA albo batera utziko.
Oso alderantziz, 2013ko abenduaren 31ean amaitzen den HITZARMENA berritzeko asmo irmoa azaldu du jada, hain zuzen ere, ONKOLOGIKOAri egonkortasuna emateko helburuarekin.
Jaurlaritzak urratsak ematen jarraituko du ONKOLOGIKOAren eta Donostiako Unibertsitate Ospitalaren “integrazio funtzionalerako” bidean.
Uste baitugu beharrezkoa dela onkologiaren atentzioa osotasunean aztertzea Gipuzkoa zein Erkidego mailan, ondorioz aurrerapausoak ematen joateko bi erakundeen arteko integrazio funtzionala erdiesteko bidean.
Hori horrela:
1.- Onkologikoaren zeregina aitortzen dugu eta bertan ari diren langileen lana eta Kutxak bere Gizartekintzaren eskutik eginiko apostua errekonozitzen dugu.
2.- Azken hogei urtetan Jaurlaritzak Onkologikoarekin mantendu duen kontzertua berritzeko beharra baieztatzen dugu, Onkologikoa Euskal Osasun Sistemaren parte izan dadin etorkizunean ere, gipuzkoarroi zein gainontzeko erkidegoko herritarroi, Sistema Publikoaren bitartez, atentzio onkologikoa eskainiz.
3.- Zenbait gaixotasun onkologikotan Onkologikoa da erreferente, beste batzuetan Donostiako Unibertsitate Ospitalea. Bien arteko integrazio funtzionala sakontzea beharrezkoa ikusten dugu, gutxiago lehiatu dezaten bi erakundeek beraien artean eta gehiago sakondu bien arteko elkarlanean.”
Mikel Antxon Arrizabalaga dice no estar de acuerdo con la última parte de la moción, y es por ello por lo que va a votar en contra.
Se vota la moción y no se aprueba con 10 votos en contra (9 del grupo municipal BILDU y 1 de Socialistas Vascos) y 3 votos a favor (grupo municipal EAJ-PNV).
11. Informes de Alcaldía, de los representantes de la Corporación en Órganos Colegiados y Delegados.
En primer lugar, la Alcaldesa ha comentado los acontecimientos que han ocurrido en el Departamento de Servicios Sociales: baja de un trabajador social y contratación de otro para su sustitución (el tercero en poco tiempo). Además ha informado sobre las acciones de la Mesa de Igualdad de Oarsoaldea: elaboración del protocolo, ganador del concurso de logo y la labor especial que se hará en las colonias abiertas de verano en torno a este tema.
La Alcaldesa dice que se ha organizado una reunión con los trabajadores del polideportivo, la empresa gestora del mismo y el Ayuntamiento, con el fin de solucionar el conflicto existente entre los trabajadores y la empresa. La Alcaldesa menciona que han llegado a un acuerdo, por lo que el Ayuntamiento se siente orgulloso.
La Alcaldesa declara que se están elaborando los presupuestos en Oarsoaldea y haciendo reuniones mensuales con el comité de trabajadores.
Añade que la mesa institucional del Puerto de Pasaia se ha reunido esta mañana y que están muy contentos con los pasos que se están dando y con los acuerdos que se están tomando.
El Concejal Delegado de Cultura, Mikel Arruti, señala que la Junta de Gobierno Local ha acordado ampliar el plazo del Plan Estratégico del Euskera un año más, con el fin de obtener las subvenciones repartidas por el Gobierno Vasco.
Mikel Arruti ha informado sobre el recurso interpuesto por el abogado del Estado contra la resolución de garantizar el conocimiento de euskera en los procedimientos de contratación del Ayuntamiento, según las necesidades del servicio. Ha recordado que la resolución municipal fue preparada y tomada junto con la Diputación de Gipuzkoa y otros muchos municipios de Gipuzkoa.
Eneko Lartige informa sobre algunos asuntos del Departamento de Urbanismo, Obras y Servicios. Por un lado, el Gobierno Vasco acaba de informar al Ayuntamiento de que los apartamentos dotacionales que se iban a construir en la calle Aralar no son preferentes en este momento, por lo que no se harán por ahora. Una representación municipal irá a Vitoria-Gasteiz el 19 de junio, para tratar este asunto.
Dentro de la planificación de empleo realizada junto con Oarsoaldea, tres jardineros, dos aparejadores y un delineante empezarán a trabajar para el Ayuntamiento de Lezo por un tiempo.
En cuanto a la recogida de residuos mediante el sistema puerta a puerta iniciado recientemente, Eneko Lartige manifiesta que la gente está muy a gusto y que lo están haciendo muy bien, por lo que el nuevo sistema de recogida está dando buenos resultados. Están cambiando algunos ganchos de sitio, a petición de la gente, por comodidad; en algunos casos, a los sitios en los que antes no los querían tener.
Kepa Garbizu explica que ha registrado trece consultas por escrito. La Alcaldesa le responde lo mismo que en otros plenos, es decir, que tiene los servicios municipales abiertos para obtener la información requerida en dichas consultas.
Kepa Garbizu pregunta en qué ha quedado la normativa del cementerio y a qué están esperando.
Además, se ha quejado de la dejadez del Ayuntamiento alrededor de Altzate: la marquesina de la parada de autobús de Lobato no tiene cristal, y las sillas están quemadas; el puente de Iztieta está hecho un cristo; el semáforo de al lado de la rotonda ha sido movido y está mirando hacia el otro lado. Eneko Lartige aclara que el mantenimiento del puente de Iztieta corresponde al Ayuntamiento de Errenteria y los semáforos a la Diputación.
Mikel Antxon Arrizabalaga pregunta por el motivo de la inundación que tuvo lugar en la parte trasera de Guillermo de Lazon. Eneko Lartige responde que justo ahí se encuentra un conducto de Añarbe que no cuenta con suficientes secciones; por lo que se desborda cuando llueve mucho.
Cierre del acta.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 20:45 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 9301556 al 930166, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.