- 1. Dictamen para la aprobación del expediente de licitación para la contratación del servicio de limpieza viaria del municipio de Lezo (2016ID170010).
- 2. Dictamen, 3.ª prórroga del contrato de servicios de limpieza viaria y recogida de basuras (2017ID170005).
- Cierre del acta.
En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 9:00 horas del día 7 de julio de 2017, se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Jesus Maria Martiarena Jaca y con la asistencia de los siguientes corporativos: Maria Noemi Arberas Oses, Alfredo de la Puente Pagola, Enrique Figueroa Laboa, Irlentz Ortega Ugalde y Miguel Angel Sanchez Antunez (grupo municipal EAJ-PNV), Mikel Arruti Salaberria y Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra (grupo municipal EHBILDU).
No han asistido a la sesión Ainhoa Zabalo Loiarte, Igor Cordero de la Fuente, Ángel Portugal Formoso y Asier Irastorza Alustiza (grupo municipal EH BILDU) y José Ángel Sánchez Gallardo (Euskal Sozialistak-Socialistas Vascos).
Asiste el secretario municipal, Xabier Loiola Aristi que da fe del acto.
Asisten también el interventor municipal, Pedro Etxarri Ollokiegi, y el responsable de Urbanismo, Obras y Servicios, Aitor Iztueta Garaikoetxea.
1. Dictamen para la aprobación del expediente de licitación para la contratación del servicio de limpieza viaria del municipio de Lezo (2016ID170010).
Miguel Ángel Sánchez expone el dictamen aprobado por la Comisión, que dice lo siguiente:
Vista la necesidad de este Ayuntamiento de proceder a la licitación del contrato administrativo que tiene por objeto la prestación consistente en el Servicio de limpieza viaria del Municipio de Lezo.
Atendido a que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público-TRLCSP-, se ha emitido informe por parte del Jefe de la Dependencia en el cual se acredita la insuficiencia de recursos humanos y materiales para hacer frente a las necesidades del presente contrato, lo que conlleva la procedencia de acudir a la contratación administrativa.
Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 13 y 16 del citado Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público -TRLCSP-, el presente contrato debe ser calificado como contrato administrativo de servicios, sujeto a regulación armonizada, por un valor estimado de 2.831.205,12 €, más 283.120,51 (10% IVA) euros, por una duración de 4 años y con la posibilidad de prorroga por otros 2 años.
Atendido a que por parte de los Servicios Técnicos municipales se ha procedido a la elaboración de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y a los Pliegos de Prescripciones técnicas por los que debe regirse la presente licitación.
Acreditada la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente para hacer frente a las necesidades del presente contrato con cargo al presupuesto en vigor.
Vista la fiscalización favorable emitida por la Intervención municipal.
Considerando lo establecido en la Disposición Adicional Segunda dad.2 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público- TRLCSP-.
Con el voto favorable de Jesús Maria Martiarena Jaca, Miguel Angel Sánchez Antúnez, Noemí Arberas Oses y Jose Angel Sánchez Gallardo y con el voto en contra de Mikel Arruti Salaberria la Comisión informativa General HA DICTAMINADO lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar el expediente administrativo para llevar a cabo la licitación del contrato administrativo de servicios para el Servicio de Limpieza Viaria del Municipio de Lezo, contrato sujeto a regulación armonizada, procedimiento abierto, tramitación ordinaria, varios criterios de adjudicación, por un precio de 1.887.470,08 € (más 188.747 euros de IVA) y una duración de 4 años. 471.867,52€ más 47.186,75€ por año.
SEGUNDO.- Aprobar el pliego de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas que se incorporan como anexo a la presente propuesta.
TERCERO.- Aprobar el gasto por importe de 2.076.217,08 euros con cargo al Presupuesto de Gastos en vigor de esta Entidad Local para el ejercicio 2017, asumiendo el compromiso de prever consignación presupuestaria adecuada y suficiente para hacer frente a las necesidades del presente contrato en los ejercicios en los que se deba prestar el presente contrato A-355(2018), A-356(2019), A-357(2020), A-358(2021).
CUARTO.- Convocar la licitación del presente contrato mediante la publicación de anuncios en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Gipuzkoa y en el Perfil de contratante de esta Entidad Local, para que durante el plazo máximo de 52 días puedan presentarse las ofertas.
Mikel Arruti no está de acuerdo con la propuesta. Como expuso en la Comisión, el servicio puede organizarse de otra manera, que resulte más económico para el Ayuntamiento, como por ejemplo, prestando el servicio con personal propio.
También critica la forma en que se ha elaborado la propuesta para llevar a concurso el servicio más caro del Ayuntamiento, a través de una sesión extraordinaria y a horas intempestivas.
Compara el coste de dicho servicio en otros ayuntamientos con el propuesto para Lezo. En Urnieta, por habitante y año tiene un coste de 56 €; en Orio, de 54 €; y en Lezo, de entre 75 y 86 €. Este servicio supone un 3,84 % del presupuesto del Ayuntamento de Urnieta; un 3,87 % del de Donostia; y un 5,6-6,5 % del de Lezo, casi el doble.
Miguel Ángel Sánchez declara que el servicio de limpieza actual es mediocre y que se pretende mejorar considerablemente, de ahí que se encarezca.
Ainhoa Intxaurrandieta manifiesta que EAJ ha encarecido este contrato, que duplicó el precio del contrato vigente hasta entonces durante su mandato, en la época en que la izquierda abertzale estuvo ilegalizada, y que el contrato se abarató durante las dos legislaturas siguientes, bajo los gobiernos de la izquierda abertzale. Por ejemplo, menciona que con el cambio de sistema de recogida en la legislatura anterior se pagaban 500.000 € por la recogida de residuos y la limpieza de calles, y el Ayuntamiento recibía 115.000 € por la venta de envases ligeros y papel. Mediante la propuesta de hoy, en los 540.000 € de la limpieza se incluyen los costes de la recogida que deben abonarse a San Marcos y la venta de envases ligeros y papel que el Ayuntamiento dejará de recibir.
Mikel Arruti solicita que se recoja explícitamente en los pliegos, en caso de que aún no lo estuviera, la obligación de utilizar solamente en el municipio de Lezo la maquinaria que el Ayuntamiento amortizará al 100 %.
Se aprueba por unanimidad la propuesta de modificación o detalle.
Se aprueba el dictamen para la puesta en marcha del concurso, con seis votos a favor (el del alcalde y los de los concejales del grupo municipal EAJ-PNV) y dos votos en contra (los de los concejales del grupo municipal EH BILDU).
2. Dictamen, 3.ª prórroga del contrato de servicios de limpieza viaria y recogida de basuras (2017ID170005).
Miguel Ángel Sánchez expone el dictamen aprobado por la Comisión, que dice lo siguiente:
Mediante resolución adoptada en sesión plenaria de 7 de diciembre de 2006, el Ayuntamiento de Lezo resolvió dar inicio al expediente de contratación del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos, así como aprobar los pliegos de condiciones administrativas y de prescripciones técnicas de dicho contrato.
Con fecha de 7 de mayo de 2007, el Ayuntamiento de Lezo, a través de la Junta de Gobierno Local, resolvió la adjudicación de dicho contrato a favor de la unión temporal de empresas formada por “SERBITZU ELKARTEA, S.L.” y “FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A.”.
El contrato se formalizó con fecha de 28 de mayo de 2007, cuya cláusula tercera establece que tendrá una duración de 8 años, a partir del 1 de junio de 2007.
Tal y como indica la cláusula octava del contrato, en todo aquello que no se encuentre expresamente recogido en este pliego, regirá lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares, en el resto de documentos contractuales y en las normas aplicables a la Contratación Pública.
Así, el pliego de cláusulas administrativas particulares establece en su apartado 1.4 que el acuerdo tendrá una duración de 8 años, es decir, desde el 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2015. No obstante, se podrá prorrogar otros dos años, si así lo decide anualmente la Junta de Gobierno o la Alcaldía.
En sesión plenaria de 26 de noviembre de 2015, el Ayuntamiento de Lezo resolvió prorrogar un año más el contrato de limpieza viaria y recogida de basuras adjudicado a la unión temporal de empresas formada por SERBITZU ELKARTEA, S.L. y FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A.; concretamente, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.
Por otra parte, en el marco de la negociación que el Ayuntamiento de Lezo y la Mancomunidad de San Marcos estaban llevando a cabo para la suscripción de un acuerdo de colaboración, mediante el cual la recogida de residuos sólidos urbanos competencia del Ayuntamiento quedaría en manos de la Mancomunidad de San Marcos, el Ayuntamiento de Lezo en sesión plenaria de 21 de diciembre de 2016 acordó prorrogar por otros 6 meses el contrato arriba citado.
Se consideró que la ejecución de dicho acuerdo requeriría de un plazo de 6 meses, por lo que no había más remedio que prorrogar el servicio en su totalidad (limpieza viaria y recogida de basuras), para poder continuar ofreciéndolo.
Sin embargo la ejecución de dicho convenio de colaboración ha sufrido retrasos no previstos.
Asimismo, con fecha 14 de julio de 2016 se aprobó la 3ª modificación del citado contrato. Modificación que consistía en reforzar el servicio de limpieza con un apersona más y una barredora por un periodo de seis meses. Dicho refuerzo fue ampliado por otros 6 meses a través de la 4ª modificación del contrato.
Se considera que el refuerzo citado debe continuar mientras dure la prórroga que se propone en este contrato
Con el voto favorable de Jesús María Jaca, Miguel Angel Sánchez Antúnez, Noemí Arberas Oses y Jose Angel Sánchez Gallardo y con el voto en contra de Mikel Arruti Salaberria, la Comisión Informativa General HA DICTAMINADO lo siguiente:
PRIMERO: Prorrogar por 3ª vez el contrato de limpieza viaria y recogida de basuras adjudicado a la unión temporal de empresas formada por SERBITZU ELKARTEA, S.L. y FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A.; en las condiciones que se viene prestando en dicho momento, hasta la asunción por parte de la Mancomunidad de San Marcos del servicio de recogida de residuos y hasta que el Ayuntamiento de Lezo adjudique el contrato de limpieza viaria, teniendo dicha prorroga como límite máximo el 31 de diciembre de 2017.
SEGUNDO: Aprobar un gasto de 43.628,47 euros (IVA 10% incluido) con objeto de mantener el refuerzo en el servicio de limpieza mientras dure la prorroga.
TERCERO: Informar del presente acuerdo a la mencionada UTE.
Mikel Arruti y Ainhoa Intxaurrandieta declaran que la propuesta es indicativa de la improvisación y del tipo de gestión de EAJ, ya que el Ayuntamiento tiene conocimiento desde 2007 que el contrato finaliza en 2015. No obstante, se agotará la prórroga de dos años por plazos, y se propondrá la 3.ª prórroga y la 6.ª modificación. También denuncian la forma de convocar la sesión plenaria, porque se ha convocado de mañana y de manera extraordinaria. En su opinión, las sesiones deben llevarse a cabo en las horas y en los días en que los trece concejales pueden asistir.
Se aprueba el dictamen, con seis votos a favor (el del alcalde y los de los concejales del grupo municipal EAJ-PNV) y dos votos en contra (los de los concejales del grupo municipal EH BILDU).
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:30horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 1243649 al 1243652, de todo lo cual doy fe, con el visto bueno de Alcaldía.