26 de Febrero de 2008

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 8:10 horas del día 26 de febrero de 2008, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno, la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea, Iñigo Esnaola Arbiza y Silbia Folgueira Fernández.

Jon Legorburu Arrastua no ha asistido a la reunión.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

 

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 13 de febrero de 2008.

Se aprueba y se firma el acta.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

 

2.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

 

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 13 de enero de 2008.

 

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

 

3.- Propuesta de denegación de licencia de apertura a Fermín Pinzolas Bidaurre, en representación de Itturrin, S.A., para la actividad de almacenamiento de provisión de productos alimenticios en el pabellón sito en Urune kalea, 22-23 (2005H0050005).

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 17 de julio de 2006, concedió a Fermín Pinzolas Bidaurre, en representación de Itturrin, S.A., licencia de obra y de actividad para almacenamiento de provisión de productos alimenticios en el pabellón sito en Urune kalea, 22-23.

El interesado con fecha 9 de octubre de 2007, solicitó licencia de apertura de la actividad.

El mismo mes de octubre, se le requirió ampliación de documentación y en vista de que no ha presentado toda la exigida, y visto el informe técnico emitido al efecto, así mismo, a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Denegar a Fermín Pinzolas Bidaurre, en representación de Itturrin, S.A., la licencia de apertura de le actividad de almacenamiento de provisión de productos alimenticios en el pabellón sito en Urune kalea, 22-23, por no haber presentado la siguiente documentación:

Certificación afirmativa de "Real Decreto 2267/2004 -Reglamento de Seguridad Contra Incendios"., expedida por el Del Departamento de Industria del Gobierno Vasco

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta de concesión de licencia de obras a Txema González Rodríguez, en representación de los Copropietarios de Tomás Garbizu kalea 1, para la ejecución de la obra civil necesaria para instalar un ascensor en el edificio de Tomás Garbizu kalea nº 1 (2007H0030023).

Txema González Rodríguez, en representación de los Copropietarios de la casa nº 1 de Tomás Garbizu kalea, presentó con fecha 18 de octubre de 2007, solicitud de licencia de obras para instalación de un ascensor.

Tras el informe técnico negativo, el interesado con fecha 13 de febrero actual, ha presentado un anexo al proyecto.

En base a ello la arquitecta asesora ha emitido un nuevo informe.

En su vista, a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Txema González Rodríguez, en representación de los Copropietarios de Tomás Garbizu kalea 1, la licencia de obras para la ejecución de la obra civil necesaria para instalar un ascensor en el edificio de Tomás Garbizu kalea nº 1, conforme al proyecto de ejecución y anexo presentados.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 98,53 €.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

5.- Propuesta para dar el visto bueno al proyecto de ejecución presentado por José Manuel Hoyos Aramburu, en relación a la licencia de obras para construcción de vivienda unifamiliar en el caserío Gaintxurizketa (Errekalde bailara, 12-B), en la parcela 45 del polígono 3 de Lezo (2007H0030001).

La Junta de Gobierno Local de 21 de mayo de 2007, concedió a José Manuel Hoyos Aramburu, licencia de obras, con condiciones, para la reconstrucción de un caserío en la parcela 45 del polígono 3 (Alto de Gaintxurizketa).

Con fecha 5 de diciembre de 2007, ha presentado el proyecto de ejecución.

Visto el informe emitido por la artquitecta asesora, y a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Dar el visto bueno al proyecto de ejecución presentado, advirtiéndole que las redes de saneamiento de aguas fecales y pluviales que se plantean en el plano "4.2- Infraestructuras generales" no podrán realizarse tal y como se proponen en el proyecto de ejecución por no existir la red municipal de saneamiento que se ha presupuesto.

El saneamiento del edificio deberá solucionarse con una fosa séptica, respetando la distancia de 10 m a caminos públicos y límites de la parcela, de forma que afecte lo menos posible a las propiedades vecinas.

SEGUNDO: Antes del comienzo de la obra deberá aportar al ayuntamiento un plano de tirada de cuerdas visado por el colegio profesional correspondiente junto con la correspondiente solicitud, de manera que los servicios técnicos municipales estén presentes en el momento del replanteo.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Propuesta de concesión de licencia definitiva a Dolores Formoso Piñeiro, para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Donibane kalea, 22, bajo (2007H0300026).

Dolores Formoso Piñeiro, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local sito en Donibane kalea, 22, así como la licencia definitiva de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Donibane Kalea, 22, bajo, se le concedió a Dolores Formoso Piñeiro, mediante resolución de Alcaldía nº 07/382 el 3 de mayo de 2007.

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 3 de mayo de 2007, un convenio con Dolores Formoso Piñeiro, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Donibane kalea, 22, bajo.

Mediante decreto nº 07/685 la concejal Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, el 23 de julio, concedió a Dolores Formoso Piñeiro, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Donibane kalea, 22, bajo.

Teniendo en cuenta el informe de la arquitecta asesora y el informe jurídico, así mismo, a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Dolores Formoso Piñeiro, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Donibane Kalea, 22, bajo.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a Dolores Formoso Piñeiro, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Donibane kalea, 22, bajo.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 68,80 €.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta de concesión de licencia de obras y de actividad a Nerea Olasagasti Arraras, para ejercer la actividad de producción de hortícolas, tanto bajo invernadero como en huerta al aire libre, en Gaintxurizketa Goikoa bailara, parcela 47 del polígono 3 (2008H0040001).

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 27 de noviembre de 2007, concedió a Nerea Olasagasti Arrarás, licencia de obras para la construcción de un edificio para uso agrícola en Gaintxurizketa Goikoa Bailara, parcela 47 del polígono 3, con la condición, entre otras, de presentar el correspondiente proyecto de actividad, para su tramitación, conforme al Decreto 165/1999 de 9 de marzo de actividades exentas.

La interesada presentó con fecha 26 de diciembre de 2007, la tramitación de dicho expediente.

Realizada la tramitación del expediente, y visto el informe técnico emitido al efecto, así mismo, a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Nerea Olasagasti Arrarás, licencia para ejercer la actividad de producción de hortícolas, tanto bajo invernadero como en huerta al aire libre, en Gaintxurizketa Goikoa Bailara, parcela 47 del polígono 3.

SEGUNDO: Finalizada la construcción deberá presentar, tanto la documentación relativa a la solicitud de primera ocupación como a la licencia de apertura de la actividad:

  • Certificado técnico visado de final de obra.
  • Impreso U-4 tramitado y visado por el Departamento de Bienes de Diputación Foral.
  • Fotos de la nueva construcción.
  • Escritura de obra nueva.

TERCERO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 1.827,12 €.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

8.- Propuesta para la estimación del recurso de reposición presentado por Mecanización y Autolubricados, S.A., a la licencia de obras para remodelación interior del pabellón sito en Sagasti kalea, nº 31 y 35 y Urune kalea, nº 6,7 y 8 (2007H0030017).

Mecanización y Autolubricados, S.A. ha presentado recurso a la licencia de obras para remodelación interior del pabellón sito en Sagasti kalea, 31 y 35 y Urune Kalea, 6,7 y 8, concedida, con condiciones, por la Junta de Gobierno Local de 16 de octubre de 2007.

Visto el informe emitido por la arquitecta asesora.

Resultando que en la memoria de la citada modificación de Normas Subsidiarias, en el apartado "3. Criterios y Objetivos" se indica que La presente Modificación Puntual de las NN.SS. tiene por objeto posibilitar el aumento de ocupación de las entreplantas del Polígono 103 así como modificar los usos admitidos para las mismas de acuerdo con los siguientes criterios:

Se mantiene el uso administrativo.

Se posibilitan los usos de almacenamiento y producción.

Las alturas libres mínimas resultantes de las entreplantas para la ubicación de los diferentes usos serán las siguientes.

  • Uso administrativo: 2,50 m
  • Uso almacenaje: 3,00 m
  • Uso producción: 5,00 m

Las ocupaciones máximas de suma de entreplantas para los diferentes usos serán las siguientes:

  • Uso administrativo: 100%
  • Uso almacenaje: 70%
  • Uso producción: 70%

No obstante, en el apartado "4. Propuesta de modificación de la ficha urbanística" se establece que En el artículo 5 -Aprovechamiento de parcela- se modifica el segundo párrafo quedando

como sigue:

"A tal efecto debe tenerse en cuenta que si bien el porcentaje máximo de ocupación de parcela de uso lucrativo industrial es de 56%, se admite la construcción de una entreplanta para el uso de servicios administrativos, almacenaje y producción, pudiéndose ocupar un 100% en el primer caso y un 70 % en los dos restantes..."

Una vez analizado el texto, cabe considerar que la intención de la norma no es limitar el número de entreplantas, sino el aprovechamiento máximo que se admite en la construcción de éstas, tal y como se deduce del párrafo redactado en el apartado referente a criterios y objetivos, en el que se puede leer: Las ocupaciones máximas de suma de entreplantas para los diferentes usos serán las siguientes..., por lo que considero que la redacción del art. 5 en el que se redacta que "se admite la construcción de una entreplanta..." no pretende indicar que se permite una sola entreplanta, sino que se limita la superficie máxima de entreplantas permitida a los porcentajes que se establecen.

Por ello, considerando que la petición realizada por D. Antonio Gómez Martínez es razonable y perfectamente justificable y que puede aceptarse la ampliación solicitada de las dos entreplantas, ya que se realizará menos del 50% del aprovechamiento permitido, así mismo, a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Estimar el recurso presentado, debiendo antes del comienzo de la obra presentar, el correspondiente proyecto de ejecución, cumpliendo éste los aspectos mencionados en la licencia de obra, relativos al decreto de accesibilidad y con el cumplimiento de las alturas libres mínimas establecidas en la modificación de Normas Subsidiarias referente al polígono 103.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

INTERVENCIÓN

9.- Aprobación de relación de facturas nº 2.

Se ha aprobado la relación de facturas nº 2 propuesta desde Intervención.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 8:30 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números XXX al XXX que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.


Eguna