- 1. Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 22 de septiembre de 2014
- 2. Propuesta para iniciar el expediente para contratar la redacción del Plan Parcial y el Programa de Actuación urbanizadora del AOU 36 Gaintxurizketa (2013ID160001)
- 3. Propuesta para aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del AOU Kabitte (2013H0430001)
- 4. Propuesta para conceder licencia de obras a Usukoar Promociones S.L. para la construcción de 6 viviendas y garajes en la parcela A4 Kabitte (2014H0030007)
- 5. Propuesta para conceder licencia de obras a los Copropietarios de los garajes de Jaizkibel para realizar trabajos de impermeabilización y urbanización en Jaizkibel Hiribidea, 1 (2014H0030010)
- 6. Propuesta para aprobar la prórroga un año más la reducción de jornada por cuidado de hijos/as (2014PE100002(4))
- 7. Propuesta para aprobar la convocatoria de subvenciones a entidades deportivas para el desarrollo de la actividad ordinaria del año 2014 (2014KI100001)
- 8. Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.
- RUEGOS Y PREGUNTAS.
En Lezo, siendo las 09:30 horas del día 6 de octubre de 2014, lunes, se celebra en SESIÓN ORDINARIA la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia de la alcaldesa, Ainhoa Zabalo Loiarte y con la asistencia de los corporativos Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra eta Mikel Arruti Salaberria
Angel Portugal Formoso no ha asistido a la reunión.
Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.
APROBACIÓN DE ACTA.
1. Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 22 de septiembre de 2014
El Acta se aprueba y se firma.
URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS
2. Propuesta para iniciar el expediente para contratar la redacción del Plan Parcial y el Programa de Actuación urbanizadora del AOU 36 Gaintxurizketa (2013ID160001)
Examinado el expediente para la contratación de la redacción del Plan Parcial y el Programa de Actuación Urbanizadora del AOU 36 Gaintxurizketa
A propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:
PRIMERO: Aprobar el proyecto para contratar la redacción del Plan Parcial y el Programa de Actuación Urbanizadora del AOU 36 Gaintxurizketa
SEGUNDO: Iniciar el procedimiento de contratación, por negociación sin publicidad del servicio de redacción del Plan Parcial y el Programa de Actuación Urbanizadora del AOU 36 Gaintxurizketa
TERCERO: Invitar a las siguientes empresas a tomar parte en el procedimiento: Sabai Arkitekoak , Astazaldi y Ager Iñarra .
CUARTO: Aprobar los pliegos de condiciones que regirán el contrato de servicio de redacción del Plan Parcial y el Programa de Actuación Urbanizadora del AOU 36 Gaintxurizketa
QUINTO: Aprobar el gasto A610-2014.
SEXTO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
• Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
• Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
3. Propuesta para aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del AOU Kabitte (2013H0430001)
El 18 de junio de 2014, Juan Ramon Michelena Zubizarreta (44152069G), en nombre de CONSTRUCCIONES MICHELENA Y LECUONA SUCESORES, S.L., presentó alegaciones durante la exposición pública del proyecto de reparcelación del área AOU 4 Kabitte (registro de entrada nº 1480).
El 28 de abril de 2014, la Junta de Gobierno Local aprobó inicialmente el proyecto de reparcelación del área AOU 4 Kabitte, el cual se expuso al público durante un plazo de 20 días, tras haber sido publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Según el mencionado proyecto de reparcelación, a la empresa que ha presentado la alegación le corresponde la parcela B-5. El nuevo Plan Especial que modifica el antiguo Plan Parcial del Sector 1 no modifica las parcelas contiguas en cuanto a sus límites, sino los edificios situados en las mismas. Aunque esta modificación haya afectado a la ubicación y a la edificabilidad de los edificios, las rasantes se han mantenido; es decir, el edificio de la parcela B-5 y el de la C-2 compartirán las mismas rasantes. De ese modo, los sótanos destinados a garajes (será un semisótano en la parcela B-5) van unidos y, tal y como establece el Plan Parcial en vigor, el acceso al garaje de la parcela C-2 pasa por la parcela B-5. Por lo tanto, se ha mantenido la servidumbre de paso que tenía desde el inicio la parcela B-5. La razón de mantenerlo así es simple: la antigua ordenación bajo rasante no se ha modificado, y existe la posibilidad de utilizar la superficie total de ambas parcelas para hacer garajes, ya que las modificaciones se han realizado sobre rasante.
PRIMER PUNTO
Según el primer punto de la alegación, la ordenanza nº 25 del Plan Especial especifica que las servidumbres de paso necesarias para el acceso a los sótanos de las parcelas B-5 y C-2 se recogerán en el proyecto de reparcelación, así como las soluciones provisionales para garantizar el acceso a la parcela C-2, en caso de que esta se realice antes que la parcela B-5.
Seguidamente, se menciona que no se han estudiado las soluciones provisionales que se deberían desarrollar en la parcela C-2 para garantizar el acceso a la misma hasta que los alegantes desarrollen la parcela B-5.
Se han estudiado las posibles opciones, pero si no se han recogido en el proyecto de reparcelación es porque no se consideran viables. De hecho, en la parcela C-2, a duras penas se conseguiría realizar un acceso mediante una rampa desde la rasante de la acera, siempre y cuando no se quieran superar las pendientes establecidas por la normativa. Por otro lado, dicha rampa ocuparía casi un tercio de la parcela y, además, ese espacio no se podría cubrir, puesto que debería estar al aire libre hasta bajar a la rasante del sótano. Eso significa que la plaza sobre los garajes que son de propiedad privada pero están dirigidos al uso público no quedaría terminada. Por si fuera poco, en el desarrollo de la parcela B-5 deberían volver los promotores de la parcela C-2 a derribar la rampa y reconstruir la plaza sobre rasante, solamente a cambio de las plazas de garaje que conseguirían debajo. Viendo esto y teniendo en cuenta que la servidumbre de paso corresponde a la parcela, es decir, que aunque el edificio esté sin construir la servidumbre seguiría en vigor, se decidió realizar el paso provisional por dentro de la parcela hasta que se inicien las obras y establecer las condiciones necesarias para que, según vayan avanzando las obras, no se interrumpa del todo ese derecho de paso. En ese sentido, se supuso que lo más cómodo para la parcela sin edificar sería colocar el acceso provisional más corto posible, y se estableció un plazo máximo de una semana para mantener cerrado el acceso, mientras se realicen las obras, dejándolo de nuevo disponible en la medida en que avancen las obras.
Por lo tanto, se ha respondido de esta forma a cada apartado presentado en la alegación:
a.-) Se acepta la modificación, quedando tal y como se especifica a continuación: “Servidumbre de paso a favor de la parcela C-2 sobre la B-5, de acceso a los….”.
b.-) La parcela C-2 deberá hacerse cargo de los gastos para la construcción de un camino o una pista alrededor del acceso provisional, y con el fin de que el acceso genere el menor perjuicio posible, se acepta que quizá el camino más corto no sea el más adecuado. Por lo tanto, los propietarios de las parcelas C-2 y B-5 deberán presentar de mutuo acuerdo la ubicación del acceso provisional al Ayuntamiento; en el caso de que no lleguen a un acuerdo, el Ayuntamiento estudiará las opciones de ambas partes y establecerá la ubicación del acceso de forma razonada.
c.-) El plazo para mantener cerrado el acceso provisional originado por las obras pasará de una semana a tres. Por lo tanto, el acceso no podrá estar cerrado durante más de tres semanas seguidas. Es decir, podrá cerrarse el acceso durante tres semanas para realizar las obras de cimentación, pero al cabo de dicho plazo deberá estar en condiciones de abrirse. También se entiende que posteriormente habrá que volver a cerrarlo, para realizar la estructura que constituirá el techo de los garajes. El fin de esta medida es únicamente que el acceso no permanezca cerrado durante todas las obras. De todos modos, podrán acordarse plazos más amplios con los usuarios.
SEGUNDO PUNTO
Debido a dicha servidumbre, las parcelas C-2 y B-5 tendrán un acceso común a los garajes. El Plan Especial modificó la ubicación de este acceso y, según la nueva ordenación, se realizará mediante un camino paralelo al acceso de las viviendas tasadas de la parcela C-1. Los gastos a realizar para el desarrollo de este acceso se repartirán entre ambas partes. Para ello, es imposible utilizar el número de plazas de garaje mencionado en la alegación, ya que desconocemos cuántos se incluirán. De todos modos, el reparto de gastos se puede realizar según la edificabilidad bajo rasante de cada parte. De este modo, el número de plazas que se conseguirá será proporcional a dicha superficie. Por lo tanto, si la edificabilidad bajo rasante de la parcela B-5 es de 1.055,72 m² bajo rasante y la de la parcela C-2 es de 441,30 m² (en total, 1.497,02 m²), los porcentajes quedarán así:
B-5: 70,52 %
C-2: 29,48 %
TERCER PUNTO:
En el apartado tercero del escrito alega que en el apartado de SALDO DE LA CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL, se establece por un lado, que en la parcela aportada o afectada B-5, el saldo con el que queda gravada la finca es de 411.741€ y que posteriormente, en el mismo apartado de la finca resultante B-5 señala que el saldo que grava la parcela es de 48.337,66€.
Pregunta si al estar las obras de urbanización finalizadas ha caducado la afección o se ha cancelado en el Registro de la Propiedad.
La parcela B-5 tiene un saldo de liquidación provisional de 411.741€ en el proyecto de Reparcelación del Sector S-1 de las derogadas Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lezo; dicha afección se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad en virtud de inscripción realizada el 26 de agosto de 2009.
El art.20.1 del Real Decreto 1093/1997 de 4 de julio, establece que la afección caducará a los 7 años de su fecha.
La afección urbanística de la parcela B-5 es de 26 de agosto de 2009 y por lo tanto no han transcurrido los 7 años necesarios para la caducidad.
Sin embargo, el art.20, en su apartado segundo, establece que “la afección podrá cancelarse antes de su fecha de caducidad:
a) En caso de reparcelación, a instancia de cualesquiera de los titulares del dominio u otros derechos sujetos a la misma, acompañando a la solicitud certificado del órgano actuante expresiva de haber sido satisfecha la cuenta de liquidación definitiva referente a la finca que se trata”
La parcela B-5 afectada, está dentro del ámbito S-1 de las derogadas NNSS de Planeamiento de Lezo. Si bien las obras de urbanización relativas al Sector S-1 están finalizadas, se encuentran pendientes de abonar las cantidades que se señalan a continuación, y que se derivan del Convenio Urbanístico suscrito entre el Ayuntamiento de Lezo y los copropietarios del Caserío Kabitte, el 3 de agosto de 2009 para dar solución a los problemas derivados de la segunda fase de la urbanización del S-1:
a) La cantidad de 11.400€ por la ocupación temporal de la torre de electricidad en los terrenos del caserío Kabitte, en la proporción que le corresponda a cada uno en base al proyecto de reparcelación del ámbito.
A día de hoy, dichas cantidades se encuentran pendientes de abonar por lo que no cumple el requisito establecido por el art.20.2 a) de haber sido satisfecha la cuenta de liquidación definitiva.
Para que se pueda proceder a la cancelación de la afección urbanística, deberán abonarse las cantidades pendientes que se recogen anteriormente.
Cabe destacar que la resultante B-5 del proyecto de Reparcelación AOU 4 Kabitte está formada por la anterior parcela B-5 del proyecto de Reparcelación de las derogadas NNSS de Lezo y por el 10,4324% de la parcela aportada C-2.
Se trata de una nueva finca que surge del proyecto de Reparcelación del AOU 4 Kabitte, y es por ello por lo que en la cuenta de liquidación provisional únicamente se le imputan los gastos correspondientes a dicho proyecto.
Ahora bien, para que pueda aprobarse definitivamente e inscribirse el proyecto de Reparcelación del AOU 4 Kabitte, será necesario que se encuentren liquidadas todas las cantidades relativas al Sector S-1 de las derogadas NNSS de Planeamiento de Lezo.
Examinado el expediente y vistos los informes emitidos al respecto por los técnicos municipales competentes de Urbanismo,
A propuesta de Alcaldía, la Junta de Gobierno Local, ACUERDA:
PRIMERO: Aceptar parcialmente las alegaciones presentadas en los términos señalados anteriormente.
SEGUNDO: Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del AOU 4 Kabitte, con las modificaciones introducidas como consecuencia de la aprobación de las alegaciones.
TERCERO: Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y comunicar a los propietarios de los terrenos y a los titulares de los derechos.
CUARTO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
• Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
• Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
4. Propuesta para conceder licencia de obras a Usukoar Promociones S.L. para la construcción de 6 viviendas y garajes en la parcela A4 Kabitte (2014H0030007)
Con fecha 1 de abril de 2014, D. Luis Arozamena Elorza, en representación de la empresa Usukoar Promociones, S.L. solicita licencia de obra para la construcción de 6 viviendas y garajes en la parcela A4 del A.O.U 4 kabitte (registro de entrada nº 831). Al efecto presenta proyecto básico firmado por el arquitecto Daniel Carballo Ostolaza, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro con fecha 25 de marzo y cuyo presupuesto asciende a 536.116,79 euros.
Con fecha 19 de marzo de 2014, se publicaron en el Boletín oficial de Gipuzkoa la aprobación definitiva del plan especial de reordenación del Area A.O.U 4 Kabitte del que resulta la parcela A4 y las ordenanzas correspondientes.
No obstante, cuando se presentó el proyecto básico faltaba la aprobación definitiva de la reparcelación del mismo Area, por lo que no se pudo conceder la correspondiente licencia de Obra. Por lo tanto se deben aprobar primeramente el proyecto de reparcelación y posteriormente la licencia de obra.
Por todo lo anterior, examinado el expediente y visto el informe del técnico municipal competente de Urbanismo,
A propuesta de Alcaldía, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:
PRIMERO: CONCEDER la licencia de obra, para la construcción de 6 viviendas y garajes en la parcela A4 del A.O.U. 4 Kabitte, según proyecto básico presentado y atendiendo a las siguientes condiciones:.
1.- Antes del inicio de las obras, deberá presentarse el proyecto de ejecución, visado por el colegio correspondiente, y no se podrá comenzar con los trabajos, hasta recibir la aprobación municipal del proyecto. Se recuerda, que el documento básico HE, relativo al ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación se ha modificado y que incide directamente en el aislamiento y el consumo energético del edificio.
SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia, deberá abonar la cantidad de 26.805,84€ (por el impuesto sobre construcciones y obras).
TERCERO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
• Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
• Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
5. Propuesta para conceder licencia de obras a los Copropietarios de los garajes de Jaizkibel para realizar trabajos de impermeabilización y urbanización en Jaizkibel Hiribidea, 1 (2014H0030010)
Hemos examinado la instancia junto con la documentación presentada con fecha 20 de junio de 2014 mediante registro de entrada 1502/2014 por Haritz García Lasa en representación de los copropietarios de los garajes de Jaizkibel Hiribidea, 1, mediante la cual solicita licencia obra para realizar trabajos de impermeabilización y urbanización con el fin de eliminar la entrada de agua desde el vial a los locales y garajes del edificio
Mediante notificación con registro de salida 28 de julio se solicita al interesado desde el Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente documentación complementaria para seguir con la tramitación del expediente.
El interesado ha presentado la indicada documentación mediante registro de entrada de fecha 16 de septiembre.
Visto el informe emitido por el técnico municipal,
A propuesta de Alcaldía, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:
PRIMERO: Conceder licencia de obras a Haritz García Lasa en representación de los copropietarios de los garajes de Jaizkibel Hiribidea, 1, para realizar trabajos de impermeabilización y urbanización con el fin de eliminar la entrada de agua desde el vial a los locales y garajes del edificio con arreglo a las siguientes condiciones:
• INSTALACION DE LA RED DE AGUAS: pertenece al ayuntamiento de Errenteria, por tal motivo se deberan poner en contacto con dicho servicio.
• HIDRANTE: dicha instalación pertenece al ayuntamiento de Errenteria, y dado que actualmente dicha instalación no está en funcionamiento, se le requiere para que procedan a su reparación y en todo caso si es necesario proceder a su cambio.
• Previamente a la ejecución de las obras se deberan poner en contacto con el servicio municipal de aguas de Lezo. Karlos Irasuegi 699306075.
• Instalación de semáforos: corresponden a Errenteria, por lo que se le deberá realizar la comunicación pertinente al ayuntamiento.
• ALUMBRADO PUBLICO: Antes de comenzar la obra se deberá poner en contacto con el servicio municipal de alumbrado público Ekaitz Bravo 647400859 para la coordinación de las obras, no obstante deberán tener en cuenta lpara su cumplimiento los siguientes condicionantes:
• **Las farolas afectadas se retiraran por el servicio municipal para proceder a su acondicionamiento
• **Se deberá cambiar la totalidad de la instalación de la línea de alumbrado para proceder a la puesta de una nueva línea partiendo del cuadro eléctrico.
• **La instalación de las dos arquetas sitas frente a la cafetería Saldise se deberán unir para que el conjunto del alumbrado público esté unificado.
• ACERAS Y OBRA EN GENERAL: Previamente a la ejecución de las obras de la primera fase, deberán ponerse en contacto con el arquitecto técnico municipal Joseba Eizagirre 943524380 con el objeto de examinar las medidas tecnicas de seguridad peatonal etc etc. Las obras deberán respetar lo dispuesto en el proyecto y los elementos afectados como las aceras, bordillos, sumideros, señalizaciones, bolardos, pilonas, farolas, bases, cunetillas, arquetas y señalizaciones de pinturas, deberán ser restituidas y deberán presentar un acabado similar al existente.
Con referencia a los accesos a las aceras modificadas y a la acera sita junto a la estación de Renfe, la accesibilidad de los viandantes será garantizará con el cumplimiento del decreto 68/2000 de 11 de abril por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación
• La finalización de los trabajos de obra, respetará la estética urbana actual.
• Plazo de ejecución de la obra:
Primera fase: 9 días desde el inicio
Segunda Fase 18 días desde el inicio.
SEGUNDO: Según el decreto 112/2012 de 26 de junio por que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición se deberá depositar una fianza del 120% del coste de dicha producción y gestión. Dicho coste debe detallarse de forma desglosada del presupuesto general que han presentado. Estará exenta a la fianza si se acredita que es una empresa adherida al sistema comunitario de gestión y Auditoría medio Ambiental EMAS.
TERCERO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad 531,00 Euros en concepto de Tasa municipal y devolver los 53,00 euros pagados por este mismo concepto. Asimismo deberá abonar en concepto de impuesto sobre construcciones y obras 3.589,97€, es decir, el 5% s/ presupuesto.
CUARTO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
• Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
• Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
PERSONAL
6. Propuesta para aprobar la prórroga un año más la reducción de jornada por cuidado de hijos/as (2014PE100002(4))
M.G.I. en instancia presentada el 18 de septiembre de 2014 ha solicitado continuar con la reducción de jornada por cuidado de menores.
La reducción sería del 40% de la jornada, se realizaría al final de la jornada laboral y entraría en vigor el 13 de octubre de 2014, finalizando la misma el 12 de octubre de 2015.
Examinada la petición y visto el informe del técnico municipal,
A propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno local, ACUERDA:
PRIMERO: Conceder la prórroga anual de la reducción de jornada del 40% por cuidado de hijos, solicitada por Maite Getaria Iriarte en las siguientes condiciones:
- Trabajará de lunes a viernes realizando una jornada de 4h 12min. diarios La reducción se realizará a final de cada jornada.
- La reducción entrará en vigor el 13 de octubre de 2014 y finalizará el 12 de octubre de 2015.
SEGUNDO: Dar cuenta de este acuerdo a los interesados/as.
TERCERO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
• Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
• Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
DEPORTES
7. Propuesta para aprobar la convocatoria de subvenciones a entidades deportivas para el desarrollo de la actividad ordinaria del año 2014 (2014KI100001)
Examinado el expediente de convocatoria para la adjudicación de subvenciones destinadas el desarrollo de la actividad ordinaria de las entidades deportivas,
A propuesta de Alcaldía, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:
PRIMERO: Aprobar la normativa que regula las subvenciones correspondientes al presupuesto de 2014 para desarrollo de estructuras y actividad ordinaria de las entidades deportivas de Lezo.
SEGUNDO: Recursos contra la resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
• Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
• Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
ALCALDÍA Y DELEGADOS
8. Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.
La alcaldesa da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno Local el 6 de octubre de 2014.
No ha habido ruegos ni preguntas.
Cierre del acta. Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:30 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 1105526 al 1105534 que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.