13 de Noviembre de 2007

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 8:10 horas del día 13 de noviembre de 2007, martes, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea y con la asistencia de los corporativos Irati Aranburu Salaberria, Jon Legorburu Arrastua, Iñigo Esnaola Arbiza y Silbia Folgueira Fernández.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

 

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 30 de octubre de 2007.

En el tema 8º del último acta se han realido correcciones: en la quinta parte de la resolución, los derechos de concesión de licencia de primera ocupación no ascienden a 87,22 euros, sino que a 90 €. Hay que omitir la 6ª resolución, puesto que no se le devolverá el impuesto sobre construcciones.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

 

2.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

 

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 30 de octubre de 2007.

 

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

 

3.- Denegar a Arantza Suberbiola la licencia para instalar un depósito de agua así como la estructura para la colocación de placas solares en el terreno del caserío Larraka (2007H0030004).

Arantza Suberbiola Apalategi, solicita licencia de obras para la construcción de un depósito para recogida de aguas pluviales, así como para la estructura para la colocación de placas solares en la finca agrícola situada en pertenecidos del caserío Larraka, en el Alto de Gaintxurizketa.

Presenta Proyecto de Ejecución de la Estructura portante de placas solares y depósito de aguas, firmado por Dña. Mª Teresa Carmona y Dña. Ana Pérez del Gállego (Marquitec Arquitectura, S.L.) y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro con fecha 1 de febrero de 2007, y cuyo Presupuesto de Ejecución Material asciende a 105.256,18€.

Vistos los informe jurídico y técnicos emitidos, y a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Denegar a Arantza Suberbiola la licencia para instalar un depósito de agua así como estructura para la colocación de placas solares en el terreno del caserío Larraka.

SEGUNDO: Para poder conceder licencia para dichas instalaciones deberá presentar la documentación siguiente:

1.- Se deberá justificar la relación de la estructura que se quiere construir con dicha explotación agraria y que dicha instalación tiene relación de proporción y dependencia adecuada con la intensidad de aprovechamiento que tiene dicha explotación agrícola.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta para comunicar a los interesados que para poder obtener la licencia de obras de rehabilitación del caserío Patxilaborda, deberán previamente presentar determinada documentación (2007H0030008).

Jose Mª Otaño Eceiza y Alazne Sain Cordero, presentan proyecto básico de Rehabilitación Integral del Caserío Patxilaborda, situado en Sagasti bailara nº 9, firmado por D. Juan Mª Salas Cortijo y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro con fecha 12 de abril de 2007, y cuyo Presupuesto de Ejecución Material asciende a 240.372,00€.

Visto el informe jurídico que dice: "Alazne Sein Cordero y José Mª Otaño Ezeiza solicitan licencia de Rehabilitación del Caserío Patxilaborda según el proyecto presentado.

El Caserío Patxilaborda se halla situado en suelo no urbanizable de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lezo.

Teniendo en cuenta lo que dispone el artículo 30 de la Ley 2/2006 del Suelo y de Urbanismo, esto es, el Caserío Patxilaborda guarda la estructura construida que da la posibilidad de considerarlo como caserío y ya anteriormente es legal dicho uso suyo para las viviendas.

Por otra parte, se recuerda lo que se dispone en el apartado 3 y 4 del mismo artículo:

"3. La obra de reconstrucción en todo caso deberá respetar, como máxima, la composición volumétrica del inmueble original.

4. El otorgamiento de licencia para las obras de reconstrucción de caseríos requerirá:

a) Sometimiento del proyecto a información pública por plazo mínimo de veinte días.

El arquitecto asesor municipal deberá aclarar si proyecto básico que han presentado Jose Mª Otaño Eceiza y Alazne Sain Cordero, cumple o no la normativa urbanística vigente en Lezo, debido a ello no formulo propuesta de acuerdo".

Visto el informe de la arquitecta asesora que dice:

El edificio que se pretende rehabilitar se encuentra en el suelo clasificado como Suelo No Urbanizable por las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes en Lezo, concretamente en la zona rural con tolerancia de edificación.

La actuación que se pretende llevar a cabo consiste en rehabilitar la parte del edificio existente cuyo titular es D. Jose Mª Otaño Eceiza y al que están vinculados 28.467 m² de parcela. Se modificará la forma del edificio y se habilitarán en él 5 unidades de alojamiento destinadas a apartamento turístico rural y una vivienda para los propietarios.

En la actualidad la parte que se pretende rehabilitar del caserío consta de dos partes, la principal, adosada a la otra propiedad, donde se encuentra la vivienda y cuya altura de alero es de 4,62 m y un anexo destinado a almacén o establo, con una altura media de unos 3 m. La superficie construida total es de 333,94 m².

Para la rehabilitación se modificarán ambos volúmenes, de manera que el primero aumentará la altura de alero hasta 6,12 m para alojar las estancias propias de los apartamentos rurales y el segundo aumentará la altura de alero hasta 3,71 m y en él se alojará la vivienda particular de los propietarios.

En lo relativo a los usos permitidos por la normativa, la zona en la que se encuentra el caserío se destina de forma prioritaria a usos agrícolas y ganaderos, admitiéndose también edificaciones o instalaciones de utilidad pública o interés social que deban instalarse en el medio rural y edificios destinados a vivienda unifamiliar...

El uso previsto es el de apartamentos turísticos rurales y una vivienda particular ligada a dicha actividad, por lo que cumple con las condiciones establecidas por la normativa.

En cuanto al régimen de edificación, la nueva propuesta cumple con las condiciones volumétricas y estéticas establecidas asimismo por la normativa vigente.

En cuanto a la actividad de apartamento turístico rural que se pretende realizar, deberá obtenerse la licencia de actividad correspondiente.

Por todo ello considero oportuna la concesión de la licencia para la rehabilitación, aunque con anterioridad al inicio de las obras deberá aportarse el Proyecto de Ejecución, acompañado del correspondiente Estudio Básico de Seguridad y Salud y del Pliego de Condiciones. Además deberá obtenerse la correspondiente licencia de actividad anteriormente mencionada, lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos".

En su vista, a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Comunicar a los interesados que para poder obtener la licencia de obras de rehabilitación del caserío Patxilaborda, deberán previamente presentar tanto el proyecto de ejecución como el de actividad de apartamento turístico rural, a fin de obtener, también, la correspondiente licencia de actividad.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

5.- Propuesta para informar favorablemente sobre el expediente tramitado a instancia de Oiasson Margoak, S.L., a cerca de la actividad de almacen de pintura en el local A sito en Jaizkibel hiribidea, nº 1 (2007H0050007).

Examinado el expediente de actividades que se tramita a instancia de Oiassom Margoak, S.L., y vistos los informes jurídico y técnico emitidos al efecto, así mismo, a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Informar favorablemente dicho expediente, cuya actividad es: Almacén de pintura en el local A de Jaizkibel hiribidea nº 1.

SEGUNDO: Elevar el expediente al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, a fin de que procedan a imponer las medidas correctoras que correspondan.

6.- Propuesta para concesión a Lagungraf, Koop., de licencia de apertura de la activivdad de artes gráficas a ejercer en el pabellón sito en Txatxamendi kalea, 15-17 (2007AL0300009).

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 17 de enero de 2005, concedió a Luis Mª Berroya Pérez, en representación de Lagungraf, Koop. E., licencia de obra y de actividad para artes gráficas en el nº 15-17 de Txatxamendi kalea.

En la misma se le indicaba que para obtener la licencia de apertura de la actividad debía presentar certificado técnico visado, señalando que cumplía las medidas correctoras impuestas en el expediente.

A la vista del informe técnico emitido al respecto, y a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Lagungraf, Koop. Licencia de apertura de la actividad de artes gráficas a ejercer en el pabellón sito en Txatxamendi kalea, 15-17.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

EUSKARA-CULTURA

7.- Ratificación del decreto de alcaldía nº D07/00901, sobre subvención a Murixka Dantza Taldea (2007ALO30131).

Se trata de una subvención de 6.000 € y no precisa ratificación, puesto que hasta ese importe es competencia de alcaldía. Los miembros de la Junta de Gobierno Local están de acuerdo con el decreto.

8.- Ratificación del decreto de alcaldía nº D07/00908, sobre la aprobación del programa de actividades y del presupuesto del ejercicio 2007 correspondiente a Orratx! Antzerki Taldea (2007AL030133).

Se trata de una subvención de 5.200 € y no precisa ratificación, puesto que es competencia de alcaldía dicha cantidad. Los miembros de la Junta de Gobierno Local están de acuerdo con el decreto.

9.- Ratificación del decreto de alcaldía nº D07/00911, sobre concesión de subvención a Oarsoaldeako Hedabideak, E.M. (Hitza Egunkaria) correspondiente al 2007, para promocionar el uso del euskara y los trabajos de normalización en los medios de comunicación en euskara (2007AL03000134).

 

La Junta de Gobierno Local ha ratificado el decreto de aprobación de la subvención de 15.000 €.

 

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:30 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números xxx al xxx que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.


Eguna