20 de Octubre de 2009

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En Lezo, siendo las 8:15 horas del día 20 de octubre de 2009, martes, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea y con la asistencia de los corporativos Mª Pilar Legorburu Etxegarai e Iñigo Esnaola Arbiza.

No han asistido Jon Legorburu Arrastua y Urko Lopetegi Campano.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

 

APROBACIÓN DE ACTA.

 

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 6 de octubre de 2009.

  • Se aprueba el acta.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

2.- Propuesta para la aprobación del proyecto de reurbanización de Jauregialde e inicio del expediente de contratación de las obras. (2009H0110003).

El Ayuntamiento de Lezo prevé contar con una partida presupuestaria para la reurbanización de Jauregialde en los presupuestos municipales de 2009, dentro del programa Izartu II.

Puesto que la intención del Ayuntamiento es ejecutar esta previsión en los plazos establecidos por el programa Izartu II, instó la redacción del proyecto necesario para la ejecución de dicha obra.

Estas obras se realizarán de acuerdo con el proyecto visado por el Colegio Oficial de Arquitectos del País Vasco y redactado por los arquitectos Jose Mari Aseginolaza y Jabier Telleria.

Este contrato es un contrato de obra previsto en el artículo 6 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. Por tanto, no sólo se debe tener en cuenta lo previsto en el primer libro de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, sino también lo dispuesto en el título 1 del segundo libro.

En cuanto al tipo de expediente, estimo oportuno tramitarlo de manera habitual, ya que no existe ningún motivo por el que debería tramitarse con urgencia. Además, en este caso, el hecho de tramitar con urgencia el contrato no haría más que reducir la competitividad.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, este contrato podrá adjudicarse por procedimiento abierto, restringido o negociado. Mediante el procedimiento abierto, cualquier empresario interesado puede presentar su propuesta. Mediante el procedimiento restringido, sólo los empresarios elegidos expresamente por la Administración pueden presentar su propuesta, tras realizar la solicitud y en el procedimiento negociado, tras negociar y consultar con diferentes empresarios, se realizará la adjudicación a favor del empresario elegido por la Administración.Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 154 y 161, deberíamos rechazar el procedimiento negociado.

Dado que este tipo de contrato no es en absoluto complejo, he optado por utilizar el procedimiento abierto previsto en el artículo 141 y siguientes de la citada ley en el pliego de cláusulas administrativas particulares. En todo caso, también es posible y optativo el procedimiento restringido.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 122, 126, 141 y siguientes de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público,

He aquí la propuesta de acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el proyecto de reurbanización de Jauregialde.

SEGUNDO: Iniciar mediante el procedimiento abierto el expediente de contratación de obras.

TERCERO: Aprobar los pliegos de condiciones que regirán el contrato de obra de reurbanización de Jauregialde.

QUINTO: Aprobar el gasto para este contrato.

3.- Propuesta para la aprobación de la adjudicación provisional de las obras de urbanización de la 2ª fase del Sector S-1 (2009H0120001).

El Ayuntamiento de Lezo, en el Pleno celebrado el 30 de julio de 2009, acordó la aprobación del proyecto de urbanización correspondiente a la 2ª fase del Sector S-1, la apertura, mediante procedimiento abierto, del expediente de contratación de las obras, y la aprobación de los pliegos de condiciones que regirán el contrato y el gasto.

El anuncio de esta contratación se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 10 de agosto de 2009.

En el plazo establecido se han presentado doce ofertas por parte de las siguientes empresas:

1.- ARKAITZA, S.A.

2.- CONSTRUCCIONES DUMBOA, S.A.

3.- URBYCOLAN, S.L.

4.- CONSTRUCCIONES ALZOLA, SA eta ORSA, S.L.

5.- KARBER EDIFICACIÑON Y OBRA CIVIL, S.L.

6.- OTEGI GAZTAÑAGA, S.L.

7.- CONST. SUKIA, S.A.

8.- CAMPEZO CONSTUCCIONES, S.A.U.

9.- CONST. GALDIANO, S.A.

10.- CONST. OBRAS PAGOZELAY

11.- OBRAS ESPECIALES GIPUZKOA

12.- OLLOKIEGI, S.A. y EGUZKI, S.L.

Considerando la propuesta de la Mesa de Contratación,

Considerando lo dispuesto en los artículos 134 y 135 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público,

Asimismo, teniendo en cuenta lo dispuesto en los apartados 16 y 19 del pliego de condiciones, y a propuesta de la mesa de contratación, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Adjudicar de manera provisional a Orsa, S.L. y Alzola, S.A. el contrato de obra de urbanización correspondiente a la 2ª fase del sector S?1, bajo las siguientes condiciones:

  • Precio: 1.802.441,28 sin IVA.
  • Plazo: 20 meses.

SEGUNDO: El adjudicatario deberá hacer lo siguiente en un plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante y al de la recepción de la notificación de este acuerdo.

a) Depositar la garantía definitiva. El importe de esta garantía será del 5 % del importe de la adjudicación, es decir, de 90.122,064 €.

TERCERO: La adjudicación provisional se publicará en el perfil del contratante durante 15 días y se notificará a todos los licitadores, adjuntando sendas copias del informe tomado en cuenta para justificar el acuerdo adoptado por la Mesa de Contratación. Si el contratista realiza las actuaciones previstas en ese plazo de 15 días, el órgano de contratación le adjudicará definitivamente el contrato. Por el contrario, la adjudicación definitiva no se realizará a favor del adjudicatario provisional.

4.- Propuesta para estimar el recurso de reposición interpuesto por Estibadora Algeposa, S.A. contra el acuerdo que declara la caducidad de la licencia de actividad en las instalaciones del polígono 6 (2009H0440002).

José Ferro Uriguen, en nombre y representación de Estibadora Algeposa, S.A., presentó con fecha 20 de marzo de 2009 recurso potestativo de reposición contra acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lezo de 10 de febrero de 2009.

ANTECEDENTES

El Ayuntamiento de Lezo mediante Decreto de Alcaldía nº 08/937 de 27 noviembre de 2008 acordó Iniciar expediente de caducidad de la licencia de actividad otorgada a Estibadora Algeposa, S.A., para almacenar carbón, destinado a acería, productos siderúrgicos, viruta de acero y chatarra, en el 19 y en el 21 del camino de Gaintxurizketa (Polígono 6 de las Normas Subsidiarias de Lezo) mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el 17 de enero de 2005.

Asimismo, el Ayuntamiento de Lezo mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de 10 de febrero de 2009 acordó Desestimar las alegaciones presentadas por Estibadora Algeposa, S.A. ante el inicio del expediente de caducidad de la licencia de actividad otorgada a Estibadora Algeposa, S.A. y declarar la caducidad de la misma.

Con posterioridad a la interposición del recurso de reposición arriba señalado, con fecha 17 de junio de 2009 Estibadora Algeposa, S.A.. Ha presentado un escrito en el que se da cuenta de la autorización de vertido de aguas residuales al cauce del río Zubitxo en el término municipal de Lezo, otorgado por la Agencia Vasca del Agua.

Por otra parte el Ayuntamiento de Lezo con fecha 7 de octubre de 2009 ha aprobado inicialmente el Texto Refundido del Plan Especial de Reforma Urbana del Polígono 6, ámbito en el que se emplaza Estibadora Algeposa, S.A., tal y como se ha señalado con anterioridad.

En este Plan Especial se establecen una serie de condiciones y medidas correctoras a adoptar en cuanto al almacenamiento de en zonas exteriores.

INFORME

El procedimiento de caducidad de la licencia de actividad instado por el Ayuntamiento de Lezo se inicio debido a que Estibadora Algeposa, S.A. no acredito en el plazo otorgado al efecto la ejecución de las medidas correctoras establecidas en la propia licencia.

Después de haber declarado caducada la licencia de actividad, Estibadora Algeposa, S.A. interpuso el recurso de reposición de referencia, obtuvo la autorización de vertido a río Zubitxo y paralelamente se tramitó el Plan Especial de Reforma Urbana del Polígono 6.

En el recurso de reposición presentado se hace referencia por este orden a las medidas correctoras 10ª, 4ª, 3ª, 5ª y 8ª

Respecto de la mediada correctora 10ª relacionada con la 4ª se refiere al vertido de las aguas, bien al colector en caso de que exista enganche, bien a los afluentes. Despejadas las dudas iniciales a cerca de cual de las dos soluciones resulta más óptima para el interés general, hemos de destacar que en principio y vistas las condiciones de vertido establecidas por la Agencia Vasca del Agua y de las inspecciones realizadas por la asesoría técnica medioambiental del Ayuntamiento de Lezo, resulta que la solución de vertido a los efluentes es un opción correcta desde el punto de vista ambiental que no obstante en caso de que resultase problemática siempre cabría la posibilidad de realizar el vertido al colector, cuyo enganche se realizaría con ocasión de la ejecución de las obras de urbanización del polígono 6, tal y como se prevé en el plan especial aprobado. Así se debe entender que las actuaciones precisas para dar cumplimento a las medidas correctora 4ª y 10ª se han cumplido por parte de Estibadora Algeposa, S.A..

No obstante la licencia deberá estar condicionada, en todo caso, al cumplimiento de las medidas correctoras fijadas en le Plan Especial de Reforma Urbana del Polígono 6.

En lo que a la medida correctora 3ª se refiere, por un lado el contenido de la misma no impone ninguna actuación concreta, sino que únicamente señala que "La Ventilación de las naves se realizará sin producir molestias a los colindantes. El almacenamiento realizado en zonas exteriores no será origen de emisiones de polvo que puedan producir molestias a los colindantes". En este sentido el Plan Especial de Reforma Urbana, establece por un lado una zonificación en la cual se señala de modo exhaustivo el tipo de materiales que se pueden almacenar en el exterior y asimismo, en sus ordenanzas se fijan una serie de medidas correctoras para dicha almacenamiento exterior. La licencia de actividad deberá por tanto de estar condicionada al cumplimiento de estas medidas correctoras.

Finalmente en lo que a las medidas correctoras 5ª y 8ª se refiere, debemos de considerar validas las alegaciones contenidas en el recurso de reposición.

Considerando por tanto los antecedentes expuestos, este concejal delegado de Urbanismo, Obras, Servicios y Medio Ambiente, eleva a la Junta de Gobierno Local, la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCION

PRIMERO: Estimar el recurso de reposición interpuesto por Estibadora Algeposa, S.A. contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lezo de 10 de febrero de 2009 por el que se declara la caducidad de la licencia de actividad otorgada a Estibadora Algeposa, S.A. mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el 17 de enero de 2005 para almacenar carbón, destinado a acería, productos siderúrgicos, viruta de acero y chatarra, en el 19 y en el 21 del camino de Gaintxurizketa (Polígono 6 de las Normas Subsidiarias de Lezo).

SEGUNDO: Declarar la vigencia de la citada licencia de actividad sujeta a las siguientes condiciones:

1.- Las medidas correctoras establecidas en dicha licencia se completarán con las establecidas en el Plan Especial de Reforma Urbana del Polígono 6, especialmente las referidas a las limitaciones y medidas correctoras del almacenamiento en el exterior, emisiones, así como los vertidos de aguas.

2.- En caso de que el vertido de aguas al efluente cause impactos ambientales negativos, dicho vertido se canalizará al colector municipal con cargo al causante del vertido.

5.- Propuesta para prorrogar de nuevo el plazo de licencia a José Manuel Hoyos Aramburu para ejecución de obra (2007H0030001).

José Manuel Hoyos Aramburu, ha solicitado prórroga de la licencia de obras concedida el 21 de mayo de 2007, para la reconstrucción de un caserío en la parcela 45 del polígono 3 de Lezo, en el Alto de Gaintxurizketa.

Visto el informe de la arquitecta asesora, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a José Manuel Hoyos Aramburu, una prórroga de dieciseís meses para el inicio de las obras referidas a la licencia concedida por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 21 de mayo de 2007, debiendo finalizar dichas obras en el plazo de seis meses contados desde el inicio de las mismas.

SEGUNDO: Se le recuerda que con anterioridad al inicio de las obras deberá realizarse el acta de replanteo, debiendo estar presente un técnico municipal.

TERCERO: Comunicarle que, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza reguladora de licencias urbanísticas de este Ayuntamiento, el incumplimiento de dichos plazos provocará la caducidad de la licencia, pudiéndose otorgar una prórroga por causas debidamente justificadas, previa petición, de 15 días antes de producirse la finalización del plazo de ejecución establecido.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Ratificación del decreto de alcaldía nº D09/00701, sobre concesión de licencia de obras a Mari Karmen Urkizu Urroz, para sustitución de la cubierta y reparación del forjado del caserío Peliar (2009H0030008).

Se ha ratificado el decreto por unanimidad. Así dice:

"Mari Karmen Urkizu Urroz, solicitó el 18 de junio de 2009, licencia de obras para sustitución de la cubierta y reparación de forjado del caserío Peliar.

Con fecha 26 de agosto de 2009, se requirió a la interesada ampliación de documentación que fue aportada el pasado 2 de septiembre.

Dicha petición fue publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, número 166 de 3 de septiembre de 2009, por espacio de 20 días hábiles, de conformidad con el punto 4 del artículo 30 de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo, que establece que el otorgamiento de licencias para las obras de reconstrucción de caseríos, el proyecto sea sometido a información pública.

Durante el período de exposición pública no se ha presentado ninguna alegación.

Visto el informe emitido por la arquitecta asesora, esta Alcaldía RESUELVE lo siguiente:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a Mari Karmen Urkizu Urroz, para la sustitución de la cubierta y reparación de forjado del caserío Peliar, con arreglo al proyecto de ejecución presentado.

SEGUNDO: Por el impuesto sobre construcciones deberá abonar la cantidad de 2.366,07 €.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco."

7.- Propuesta para la concesión de licencia de obras a José Ángel Lopetegui Salaberria, para cambio de estructura de cubierta y revestimiento de fachada de Sagar Zulo etxea (2009H0030011).

José Ángel Lopetegui Salaberria, presentó el 14 de julio de 2009, proyecto de obra y solicitó licencia para el cambio de estructura de cubierta y revistimientos de fachada de Sagar Zulo Etxea.

Con fecha 26 de agosto de 2009, se le requirió ampliación de documentación que fue aportada el 4 de septiembre.

Visto el informe emitido por la arquitecta asesora, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a José Ángel Lopetegi Salaberria, para cambio de estructura de cubierta y revestimiento de fachada de Sagar-Zulo Etxea, conforme al proyecto y documentación aportada, debiendo cumplir con lo siguiente:

El vuelo de los aleros se mantendrá como en la actualidad, no sobrepasando el alero de las fachadas Norte y Sur los 0,80m y, respecto de las fachadas Este y Oeste, sobre las terrazas, se mantendrá una longitud máxima de cubierta de unos 14,5 m incluyendo los aleros, que es la anchura que tiene en la actualidad según los planos aportados.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 2.490,22 €.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

8.- Propuesta para la concesión de licencia de obras a Correos y Telegrafos, S.A. para habilitar el local sito en el nº 1 de Guillermo de Lazon kalea (2009H0030013).

Correos y Telégrafos, S.A. solicita licencia de obras para habilitar el local sito en la calle Guillermo de Lazon, 1.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a Correos y Telégrafos, S.A. para la ejecución de los trabajos de local sito en la calle Guillermo de Lazon, 1-bajo, condicionada a que las obras no afecten a la estructura del edificio. Caso contrario, deberá, previo al inicio de las obras, presentar proyecto técnico visado.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 1.861,17 €.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

DEPORTES

9.- Propuesta para la concesión de subvenciones a entidades deportivas, para desarrollar estructuras y actividades ordinarias (2009KI100001).

Vista la propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Aceptar las solicitudes presentadas con motivo de la convocatoria correspondiente a la normativa que regula las subvenciones destinadas al desarrollo de las estructuras y la actividad ordinaria de las entidades deportivas correspondientes al presupuesto de 2009.

SEGUNDO: otorgar las siguientes subvenciones ateniéndonos a las solicitudes recibidas y lo recogido en la normativa .

Allerru Futbol Taldea

15.779,96 €

Allerru Saski Baloi Taldea

1.156,17 €

Allerru Judo Taldea

2.252,43 €

Allerru Areto Futbola Taldea

2.733,55 €

Allerru Txirrindulari Eskola

3.201,33 €

Allerru Pilota Taldea

1.516.90 €

Oarsoaldea Igeri Taldea

1.759,68 €

SERVICIOS SOCIALES

10.- Propuesta para la concesión de subvenciones a entidades de interés sociales (Del 2009GZ050004 al 2009GZ050016 y del 2009GZ050018 al 2009GZ050019).

 

Visto los programas y las solicitudes de subvención económica presentadas por diferentes entidades de interés social, y analizada la consignación presupuestaria municipal destinada a cubrir dichas ayudas, así mismo, a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Aprobar las siguientes subvenciones:

ASOCIACIÓN

Nº EXPEDIENTE

IMPORTE

Nº AD

ADEMGI

2009GZ050004

142,85€

D-769

Ortzadar

2009GZ050005

285,71€

D-770

Etxerat

2009GZ050006

333,33€

D-771

Begirase

2009GZ050007

142,85€

D-766

Izan Fundazioa

2009GZ050008

238,09€

D-767

Acabe

2009GZ050009

238,09€

D-768

ATCORE

2009GZ050010

238,09€

D-763

ATECE

2009GZ050011

190,47€

D-764

ASPANOVAS

2009GZ050012

190,47€

D-765

ASPARGI

2009GZ050013

238,09€

D-760

AGIFES

2009GZ050014

190,47€

D-761

Atzegi

2009GZ050015

333,33€

D-762

AGIPASE

2009GZ050016

190,47€

D-757

Katxalin

2009GZ050018

142,85€

D-758

ALCER

2009GZ050019

238,09€

D-759

SEGUNDO: Las entidades beneficiarias estarán obligadas a presentar al Ayuntamiento la memoria detallada del programa o actividad realizada. Justificantes originales o fotocopias del gasto por el importe subvencionado y balance económico de la actividad o actividades subvencionadas así mismo certificado de estar al corriente de pago en las obligaciones fiscales locales y de la hacienda foral.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

POR URGENCIA

 

Concurso para la adjudicación de la intervención en medio abierto (2009GZ170002)

Examinado el expediente para la contratación del servicio de intervención socioeducativa en medio abierto con jóvenes y menores en situación de riesgo en el municipio de Lezo, y a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Aprobar el proyecto de prestación del servicio.

SEGUNDO: Iniciar mediante el procedimiento abierto el expediente de contratación del servicio.

TERCERO: Aprobar los pliegos de condiciones administrativo y técnico, que regirán el contrato.

CUARTO: Aprobación del gasto para este contrato .

QUINTO: Dar cuenta del acuerdo a la Intervención municipal.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

 

11.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 6 de octubre de 2009.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:05 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números xxxxx al xxxxxxx que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.


Eguna