25 de Octubre de 2005

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 9:05 horas del día 25 de octubre de 2005, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA del Salón de Plenos que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los corporativos Iñake Urrestarazu Azurmendi, Jesús Mª Martiarena Jaca y Aroia Goienetxea Egibar.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 10 de octubre de 2005.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

2.-Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 10 de octubre.

SERVICIOS SOCIALES

3.- Propuesta para la cesión de la organización y gestión de dos talleres en el área de la inserción social a Oarsoaldea S.A.

El Ayuntamiento de Lezo solicitó al Gobierno Vasco subvención para programas de inserción social, concretamente para la puesta en marcha de dos talleres denominados Sortu y Txertatu. Según resolución del director de inserción social, de 5 de octubre de 2005, se concede al Ayuntamiento de Lezo una subvención de 33.000 ? para actividades del área de inserción social. Estos talleres son recursos que se han creado dentro del marco de trabajo de la Comisión de Inserción de Oarsoaldea. En ambos talleres participarán ciudadanos de Lezo, Errenteria, Oiartzun y Pasaia, que tengan necesidad de inserción social. A propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Ceder a Oarsoaldea S.A. la puesta en marcha y la gestión de estos dos talleres de inserción social.

SEGUNDO: El Ayuntamiento de Lezo transferirá a Oarsoaldea S.A. la subvención recibida del Gobierno Vasco para la gestión de dichos dos talleres. En total 33.000 ?. AD-655

TERCERO: El abono se efectuará por partes; al adoptarse la resolución se abonará el 75%, y el resto del 25% a la presentación de los justificantes de los gastos realizados.

CUARTO: Oarsoaldea S.A. remitirá al Ayuntamiento de Lezo una memoria con la evaluación de ambas actividades de inserción social, adjuntando los justificantes de los gastos. Todo ello antes del 1 de marzo de 2006.

QUINTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

El secretario advierte de que las solicitudes se deben registrar.

4.- Propuesta para la firma del convenio de colaboración y concesión de subvención a Gaxuxa Elkartea.

Estudiadas la programación y la solicitud de subvención para el año 2005 presentadas por la asociación Gaxuxa y vista la consignación existente en los presupuestos municipales para afrontar dicha solicitud, y oídas las advertencias efectuadas por el Secretario Municipal, que, habida cuenta de la ley de subvenciones 38/2003, por una parte, esta subvención no consta en la relación de subvenciones directas recogida en el capítulo 4 de los presupuestos municipales y, por tanto, no se puede aprobar el gasto sin previa modificación del presupuesto, y por otra parte, en el expediente no se hallan especificadas las actividades a subvencionar, ni sus fines ni las razones de la concesión directa de la subvención, a propuesta de la concejala delegada de servicios sociales, y sin perjuicio de la correspondiente tramitación de la modificación del presupuesto por parte del interventor municipal y con la orden de completar el expediente, la Junta de Gobierno Local adopta las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Firmar el convenio de colaboración con Gaxuxa elkartea.

SEGUNDO: Otorgar una subvención económica de 12.575? a Gaxuxa elkartea. (AD-661).

TERCERO: Los pagos se harán de la forma siguiente. Un primer pago correspondiente al 60% de la subvención aprobada y un segundo pago del 40% tras presentar la memoria y la justificación de gastos.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

5.- Propuesta para la firma del convenio de colaboración y concesión de subvención a Aiton Borda.

Estudiadas la programación y la solicitud de subvención para el año 2005 presentadas por la asociación Aiton Borda y vista la consignación existente en los presupuestos municipales para afrontar dicha solicitud, y oídas las advertencias efectuadas por el Secretario Municipal, que, habida cuenta de la ley de subvenciones 38/2003, por una parte, esta subvención no consta en la relación de subvenciones directas recogida en el capítulo 4 de los presupuestos municipales y, por tanto, no se puede aprobar el gasto sin previa modificación del presupuesto, y por otra parte, en el expediente no se hallan especificadas las actividades a subvencionar, ni sus fines ni las razones de la concesión directa de la subvención, a propuesta de la concejala delegada de servicios sociales, y sin perjuicio de la correspondiente tramitación de la modificación del presupuesto por parte del interventor municipal y con la orden de completar el expediente, la Junta de Gobierno Local adopta las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Firmar el convenio de colaboración con Aiton Borda elkartea.

SEGUNDO: Otorgar una subvención económica de 7.393? a Aiton Borda elkartea. (AD-662).

TERCERO: Aiton Borda Elkartea deberá presentar al Ayuntamiento antes del 31 de diciembre del 2005, la memoria y la justificación de gastos.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Propuesta para la aprobación solicitudes de ayuda de emergencia social.

Sobre las solicitudes de ayuda de emergencia social, visto el informe emitido por la trabajadora social y al amparo de la ley 12/1998 del 22 de mayo, y el decreto 199/1999 del 20 de abril por el que se regulan las ayudas de emergencia social, y a propuesta de la concejala delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Conceder la ayuda de emergencia social para el 2005 a los siguientes expedientes:

Nº expte.

Concepto

Importe

231

1

432,4 ?

949

1

240 ?

2

300 ?

TOTAL

972,4 ?

SEGUNDO: Advertida de que las subvenciones que concede el Gobierno Vasco se hallan agotadas desde febrero, la delegada de Bienestar Social propone pagar a través del programa de ayudas promovido por el propio ayuntamiento. (A-1097/2004).

TERCERO: Las personas beneficiarias de dichas ayudas cumplirán las siguientes obligaciones:

· La ayuda concedida sólo podrá ser destinada a la consecución del objetivo solicitado.

· Las subvenciones deberán ser justificadas mediante la presentación de los correspondientes recibos o facturas.

· Comunicar los hechos sobrevenidos en relación al cumplimiento de los requisitos que pudieran dar lugar al acceso a las prestaciones

· Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual del beneficiario.

· Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida.

· Comparecer ante la Administración y colaborar con la misma cuando sea requerido.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:45 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 522.xxx al 522.xxx que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna