- PROPUESTA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN INTEGRAL DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL BEKOERROTA.
En Lezo, siendo las 19:00 horas del día treinta de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, se constituye, en la sala de sesiones de la Casa Consistorial, el PLENO MUNICIPAL, al objeto de celebrar SESIÓN EXRAORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria bajo la presidencia del alcalde, Mikel Arrizabalaga Pikabea, y con la asistencia de los siguientes corporativos: Jose Luis Ruiz Navarro, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia, Rafael Salaberria Etxezurieta, Jesus Mª Etxebeste Bengoetxea,
Jesús Mª Martiarena Jaka, José Mª Boto Sancho y Nicanor Barradas Piris.
No han asistido Mirari Recalde González, Pello Garbizu Azkue, ni Iñake Urrestarazu Azurmendi, excusando esta última su ausencia.
Xabier Loiola Aristi actúa como secretario y Patxi Apalategi Mendizabal como traductor.
El alcalde motiva la convocatoria de la sesión extraordinaria: afirma que el polideportivo está prácticamente finalizado, que la próxima semana posiblemente se vaya a realizar la recepción provisional de las obras y que procede adjudicar cuanto antes el contrato de gestión integral del edificio, sin esperar al pleno ordinario del próximo día 14 de octubre, para que la empresa adjudicataria pueda ir acometiendo los distintos temas que hagan posible la inauguración del edificio para el 1 de noviembre.
1.- PROPUESTA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN INTEGRAL DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL BEKOERROTA.
Maixabel Unzain, concejal delegada de los temas de Interior, es quién presenta la propuesta de acuerdo planteada al Pleno. La propuesta dice textualmente:
"El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 29 de julio de 1998 aprobó el pliego de condiciones jurídico económico-administrativas que regiría el concurso para adjudicar la concesión de la gestión de los servicios deportivos del polideportivo Bekoerrota de Lezo.
Tras la publicación de la convocatoria del concurso en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 10 de agosto y dentro del plazo de presentación de ofertas que finalizaba el día 5 de setiembre, se han presentado dos licitadores: EULEN, S.A. y GEZAK, S.L.
Analizadas las propuestas presentadas, el informe técnico realizado es partidario de la adjudicación del servicio a GEZAK, S.L.: se entiende en el informe que la oferta presentada por EULEN, S.A. no cumple las condiciones recogidas en el pliego en los puntos 8.6. y Anexo 1 en cuanto a conocimientos de euskera del personal adscrito al servicio.
El informe técnico recomienda aceptar la 2ª oferta de GEZAK, S.L. en la que plantea una propuesta de colaboración entre la sociedad propietaria del polideportivo Elorsoro de Oiartzun y el Ayuntamiento de Lezo al objeto de ofrecer a los abonados de sendas instalaciones su utilización indistinta.
Visto el acta de apertura de plicas y la propuesta realizada por el técnico asesor deportivo y no habiendo podido ser dictaminada la propuesta por falta de quórum en la Comisión de Interior convocada al efecto, propongo al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO: Declarar válido el acto licitatorio y adjudicar a la empresa GEZAK, S.L. el contrato para la gestión integral de los servicios deportivos del polideportivo Bekoerrota, por un canon anual de 500.000,-pts. y una aportación municipal anual de 7.408.091,-pts.
SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo al adjudicatario y, en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, el mismo presentará la fianza definitiva para que, en el plazo de 30 días naturales contados desde la fecha de adjudicación, suscriba el correspondiente documento de contrato.
TERCERO: Facultar al alcalde Mikel Arrizabalaga Pikabea para la impulsión de este acuerdo y la suscripción de cuantos documentos se precisen para el perfeccionamiento del presente acuerdo.
CUARTO: Trasladar el presente acuerdo a la Intervención de Fondos, Tesorería y Departamento de Cultura municipales, para su conocimiento y efectos."
Maixabel Unzain lamenta haber tenido que presentar al pleno una propuesta y no un dictamen ya que a la comisión de interior convocada para dictaminar el tema no acudió ningún concejal por lo que no se celebró por falta de quórum. Explica cómo en la citada comisión se iba a repartir copia de las propuestas presentadas por los dos licitadores. Tal y como explica en la propuesta de acuerdo Eulen no garantiza con la plantilla propuesta el funcionamiento en euskera de la instalación, incumpliendo la base 8.6 y anexo 1 del pliego de condiciones.
Jose Mª Boto critica que no se haya mandado documentación a los miembros del Pleno: lo entiende como una muestra más de dificultar la labor de la oposición municipal. Critica también que el informe no este debidamente firmado.
Entrando en el fondo del tema no comparte el argumento de la propuesta de acuerdo, a su juicio es una única persona la de la plantilla de Eulen que no cumple el requisito del conocimiento de euskera. Lamenta que el informe no aborde los temas principales de la adjudicación: los aspectos económicos, la experiencia, etc.. Considera que el informe no vale para nada, quizás por que no ha sido realizado por la persona idónea.
Maixabel Unzain discrepa de Jose Mª Boto: no es el único miembro quien no presenta un perfil lingüístico que garantice la prestación del servicio de euskera, a su entender son varios y salvo en un caso la empresa no garantiza el servicio solicitado en el pliego de condiciones.
Para Jesus Mª Martiarena el informe no ha sido redactado por la persona idónea: el asesor deportivo no tiene la suficiente experiencia. Tampoco cree que la forma en la que se ha presentado el informe es correcta. A su juicio se deberían recoger las ofertas económicas presentadas. Se pregunta por qué el ayuntamiento no ha intentado conseguir mejores condiciones económicas con la empresa propuesta por ejemplo proponiendo aceptar las condiciones de la empresa descartada.
Jose Mª Boto solicita quede el tema sobre la mesa. Entiende que no cabe decidir el tema sin tener información, dice que las prisas que se dan pueden hacer pensar que hay algún tema que se quiere ocultar, que se trae los temas a pleno para cubrir el expediente.
Maixabel Unzain dice que de prisas nada: que se convocó la correspondiente comisión a la que no acudió ningún corporativo, que nadie ha preguntado ni examinado el expediente ni se ha preocupado por el tema hasta ahora, que ha habido ocasión de poder discutir o informarse por el tema. Acaba su intervención diciendo que es evidente que la propuesta presentada por Eulen no cumple el pliego de condiciones.
El alcalde plantea la votación de dejar el tema sobre la mesa. Votan a favor Jose Mª Boto Sancho, Nicanor Barradas Piris y Jesus Mª Martiarena Jaca y en contra el alcalde Mikel Arrizabalaga Pikabea, Jose Luis Ruiz Navarro, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia, Rafael Salaberria Etxezurieta y Jesus Mª Etxebeste Bengoetxea. Es decir tres a favor y siete en contra de dejar el tema sobre la mesa, por lo que no se aprueba la propuesta de Jose Mª Boto.
Se entiende que la votación realizada tiene un contenido similar en la apreciación de la urgencia de la propuesta al no estar la propuesta dictaminada previamente por lo que aceptado su tratamiento se plantea la votación de la propuesta. Se dan siete votos a favor del alcalde Mikel Arrizabalaga Pikabea, Jose Luis Ruiz Navarro, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia, Rafael Salaberria Etxezurieta y Jesus Mª Etxebeste Bengoetxea y tres en contra: de Jose Mª Boto Sancho, Nicanor Barradas Piris y Jesus Mª Martiarena Jaca. Por lo que se adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Declarar válido el acto licitatorio y adjudicar a la empresa GEZAK, S.L. el contrato para la gestión integral de los servicios deportivos del polideportivo Bekoerrota, por un canon anual de 500.000,-pts. y una aportación municipal anual de 7.408.091,-pts.
SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo al adjudicatario y, en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, el mismo presentará la fianza definitiva para que, en el plazo de 30 días naturales contados desde la fecha de adjudicación, suscriba el correspondiente documento de contrato.
TERCERO: Facultar al alcalde Mikel Arrizabalaga Pikabea para la impulsión de este acuerdo y la suscripción de cuantos documentos se precisen para el perfeccionamiento del presente acuerdo.
CUARTO: Trasladar el presente acuerdo a la Intervención de Fondos, Tesorería y Departamento de Cultura municipales, para su conocimiento y efectos.
CIERRE DEL ACTA.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 19:40 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual certifico.