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En Lezo, siendo las 19:00 horas del día
veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y siete, se constituye,
en la sala de sesiones de la Casa Consistorial, el PLENO MUNICIPAL, al objeto de
celebrar SESIÓN EXTRAORDINARIA Y URGENTE, que tiene lugar en primera
convocatoria bajo la presidencia del alcalde, Mikel Arrizabalaga Pikabea, y con
la asistencia de los siguientes corporativos: Jesús Mª Etxebeste
Bengoetxea, Jose Luis Ruiz Navarro, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel
Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia y Jesús Mª Martiarena
Jaka.
No asisten los corporativos Pello Garbizu Azkue, José Mª Boto Sancho, Nicanor Barradas Piris, Iñake Urrestarazu Azurmendi, Mirari Recalde González y Rafael Salaberria Etxezurieta, excusando estos tres últimos su inasistencia.
Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.
1.- RATIFICACIÓN DEL CARÁCTER URGENTE DE LA PRESENTE SESIÓN.
Alcaldía señala que el Ayuntamiento ha de modificar y aprobar las bases para la convocatoria de dos plazas vacantes en la plantilla municipal, y que la convocatoria urgente de la sesión se debe a pueda agilizarse el proceso.
A continuación, con el voto favorable de todos los corporativos asistentes a la sesión, se ratifica el carácter urgente de la sesión.
2.- PROPUESTA DE PARTICIPAR EN EL CONCURSO ORDINARIO DE 1997 PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE INTERVENTOR MUNICIPAL, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE HABILITACIÓN NACIONAL.
Para poder convocar la plaza vacante de interventor en el concurso ordinario de 1997 es preciso adoptar la decisión de participar y la de aprobar las bases durante el mes de febrero. De no hacerlo así la plaza se convocará en el concurso unitario que el Estado convoca anualmente sin el baremo específico, sin los 7,5 puntos que el ayuntamiento tiene derecho a puntuar.
Considerando en esta situación más interesante el participar en el concurso ordinario, tal y como se hizo en los años 94, 95 y 96 y teniendo en cuenta las bases aprobadas el 4 de enero de 1994, se propuso al pleno la participación en el concurso ordinario de 1997.
Tras la suspensión del pleno ordinario del mes de febrero y al objeto de poder participar en el concurso, alcaldía aprobó por urgencia las bases, por decreto de alcaldía nº 19, sin perjuicio de su ratificación en la primera sesión plenaria que se celebre.
No obstante la tramitación por parte de la Diputación Foral exige el acuerdo del órgano competente por lo que se propone al Ayuntamiento pleno la ratificación del decreto de alcaldía nº 19.
Al no estar la propuesta dictaminada en comisión informativa el alcalde plantea votar la ratificación de su inclusión en el orden del día. El alcalde y los seis concejales presentes en la sala votan a favor, por lo que se acepta tratar el tema en esta sesión.
Planteada votación sobre la propuesta se dan siete votos a favor; el del alcalde (Mikel Arrizabalaga Pikabea), los de los concejales de HB (Jesús Mª Etxebeste Bengoetxea, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia y Jose Luis Ruiz Navarro) y el del concejal de EAJ/PNV (Jesús Mª Martiarena Jaka), por lo que se aprueba el acuerdo propuesto:
PRIMERO: Participar en la convocatoria ordinaria de 1997 para la provisión del puesto de interventor de habilitación nacional vacante en este ayuntamiento aplicando las bases aprobadas por el Pleno de este ayuntamiento en sesión celebrada el día 4 de enero de 1994.
SEGUNDO: Dar cuenta del presente acuerdo a la Diputación Foral de Gipuzkoa.
3.- CORRECCIÓN DE LAS BASES APROBADAS POR EL PLENO MUNICIPAL EL 11 DE DICIEMBRE DE 1996 PARA LA PROVISIÓN DE LA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE RECAUDACIÓN.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 11 de diciembre de 1996, acordó aprobar las bases para la provisión de una plaza de auxiliar administrativo.
El Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco, una vez examinada la convocatoria, requiere al Ayuntamiento para que proceda a la corrección de los porcentajes asignados tanto a la fase de oposición como a la de concurso, debiendo ajustar estos porcentajes a los establecidos en la Ley para la Función Pública Vasca.
Por otra parte, este mismo Departamento advierte que las bases no recogen con suficiente claridad el carácter de funcionario o laboral de la plaza, considerando que la plaza debiera ser de carácter funcionarial.
Así, estimando las dos observaciones realizadas, se propone la corrección de la puntuación asignada, así como clarificar el carácter de funcionario con que se dota a la plaza.
En ese sentido, y a fin de realizar una pronta corrección de estos dos aspectos arriba citados, y sin perjuicio de ponerlo en conocimiento de la Comisión de Interior se propone al Ayuntamiento Pleno aprobar las dos correcciones mencionadas.:
Al no estar la propuesta dictaminada en comisión informativa el alcalde plantea votar la ratificación de su inclusión en el orden del día. El alcalde y los seis concejales presentes en la sala votan a favor, por lo que se acepta tratar el tema en esta sesión.
Planteada votación sobre la propuesta se dan siete votos a favor; el del alcalde (Mikel Arrizabalaga Pikabea), los de los concejales de HB (Jesús Mª Etxebeste Bengoetxea, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia y Jose Luis Ruiz Navarro) y el del concejal de EAJ/PNV (Jesús Mª Martiarena Jaka), por lo que se aprueba el acuerdo propuesto:
PRIMERO: En el punto séptimo de las bases manteniendo la proporcionalidad anterior, corregir la puntuación de la siguiente manera:
a) Servicios prestados en la Administración Pública en plazas de auxiliar administrativo de recaudación, a razón de 0,40 puntos por mes hasta un máximo de 17 puntos.
b) Experiencia profesional en funciones relacionadas con el Área en la que se encuadra la plaza a la que se opta, y que no haya sido objeto de valoración anterior, a razón de 0,40 puntos por mes hasta un máximo de 7 puntos.
c) Cursos o formación complementaria sobre materias relacionadas con la plaza a la que se opta, y en general actividades no propiamente laborales que a juicio del Tribunal hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional de los aspirantes.
Se valorará sobre un máximo de 3 puntos, a razón de 1 punto por cada curso igual o superior a 20 horas.
SEGUNDO: En relación al carácter de funcionario de la plaza, la base decimoprimera, en su 3ª párrafo, en lugar de decir “propondrá la contratación de los trabajadores en periodo de prueba que hayan superado esta fase como trabajadores fijos” deberá decir “propondrá nombrar como funcionario al trabajador que haya superado el periodo de prueba”.
Cierre del acta.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 19:10 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual certifico.
No asisten los corporativos Pello Garbizu Azkue, José Mª Boto Sancho, Nicanor Barradas Piris, Iñake Urrestarazu Azurmendi, Mirari Recalde González y Rafael Salaberria Etxezurieta, excusando estos tres últimos su inasistencia.
Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.
1.- RATIFICACIÓN DEL CARÁCTER URGENTE DE LA PRESENTE SESIÓN.
Alcaldía señala que el Ayuntamiento ha de modificar y aprobar las bases para la convocatoria de dos plazas vacantes en la plantilla municipal, y que la convocatoria urgente de la sesión se debe a pueda agilizarse el proceso.
A continuación, con el voto favorable de todos los corporativos asistentes a la sesión, se ratifica el carácter urgente de la sesión.
2.- PROPUESTA DE PARTICIPAR EN EL CONCURSO ORDINARIO DE 1997 PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE INTERVENTOR MUNICIPAL, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE HABILITACIÓN NACIONAL.
Para poder convocar la plaza vacante de interventor en el concurso ordinario de 1997 es preciso adoptar la decisión de participar y la de aprobar las bases durante el mes de febrero. De no hacerlo así la plaza se convocará en el concurso unitario que el Estado convoca anualmente sin el baremo específico, sin los 7,5 puntos que el ayuntamiento tiene derecho a puntuar.
Considerando en esta situación más interesante el participar en el concurso ordinario, tal y como se hizo en los años 94, 95 y 96 y teniendo en cuenta las bases aprobadas el 4 de enero de 1994, se propuso al pleno la participación en el concurso ordinario de 1997.
Tras la suspensión del pleno ordinario del mes de febrero y al objeto de poder participar en el concurso, alcaldía aprobó por urgencia las bases, por decreto de alcaldía nº 19, sin perjuicio de su ratificación en la primera sesión plenaria que se celebre.
No obstante la tramitación por parte de la Diputación Foral exige el acuerdo del órgano competente por lo que se propone al Ayuntamiento pleno la ratificación del decreto de alcaldía nº 19.
Al no estar la propuesta dictaminada en comisión informativa el alcalde plantea votar la ratificación de su inclusión en el orden del día. El alcalde y los seis concejales presentes en la sala votan a favor, por lo que se acepta tratar el tema en esta sesión.
Planteada votación sobre la propuesta se dan siete votos a favor; el del alcalde (Mikel Arrizabalaga Pikabea), los de los concejales de HB (Jesús Mª Etxebeste Bengoetxea, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia y Jose Luis Ruiz Navarro) y el del concejal de EAJ/PNV (Jesús Mª Martiarena Jaka), por lo que se aprueba el acuerdo propuesto:
PRIMERO: Participar en la convocatoria ordinaria de 1997 para la provisión del puesto de interventor de habilitación nacional vacante en este ayuntamiento aplicando las bases aprobadas por el Pleno de este ayuntamiento en sesión celebrada el día 4 de enero de 1994.
SEGUNDO: Dar cuenta del presente acuerdo a la Diputación Foral de Gipuzkoa.
3.- CORRECCIÓN DE LAS BASES APROBADAS POR EL PLENO MUNICIPAL EL 11 DE DICIEMBRE DE 1996 PARA LA PROVISIÓN DE LA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE RECAUDACIÓN.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 11 de diciembre de 1996, acordó aprobar las bases para la provisión de una plaza de auxiliar administrativo.
El Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco, una vez examinada la convocatoria, requiere al Ayuntamiento para que proceda a la corrección de los porcentajes asignados tanto a la fase de oposición como a la de concurso, debiendo ajustar estos porcentajes a los establecidos en la Ley para la Función Pública Vasca.
Por otra parte, este mismo Departamento advierte que las bases no recogen con suficiente claridad el carácter de funcionario o laboral de la plaza, considerando que la plaza debiera ser de carácter funcionarial.
Así, estimando las dos observaciones realizadas, se propone la corrección de la puntuación asignada, así como clarificar el carácter de funcionario con que se dota a la plaza.
En ese sentido, y a fin de realizar una pronta corrección de estos dos aspectos arriba citados, y sin perjuicio de ponerlo en conocimiento de la Comisión de Interior se propone al Ayuntamiento Pleno aprobar las dos correcciones mencionadas.:
Al no estar la propuesta dictaminada en comisión informativa el alcalde plantea votar la ratificación de su inclusión en el orden del día. El alcalde y los seis concejales presentes en la sala votan a favor, por lo que se acepta tratar el tema en esta sesión.
Planteada votación sobre la propuesta se dan siete votos a favor; el del alcalde (Mikel Arrizabalaga Pikabea), los de los concejales de HB (Jesús Mª Etxebeste Bengoetxea, Juana Mª Salaberria Lizarazu, Maixabel Unzain Zapiain, Agustina Pontesta Garmendia y Jose Luis Ruiz Navarro) y el del concejal de EAJ/PNV (Jesús Mª Martiarena Jaka), por lo que se aprueba el acuerdo propuesto:
PRIMERO: En el punto séptimo de las bases manteniendo la proporcionalidad anterior, corregir la puntuación de la siguiente manera:
a) Servicios prestados en la Administración Pública en plazas de auxiliar administrativo de recaudación, a razón de 0,40 puntos por mes hasta un máximo de 17 puntos.
b) Experiencia profesional en funciones relacionadas con el Área en la que se encuadra la plaza a la que se opta, y que no haya sido objeto de valoración anterior, a razón de 0,40 puntos por mes hasta un máximo de 7 puntos.
c) Cursos o formación complementaria sobre materias relacionadas con la plaza a la que se opta, y en general actividades no propiamente laborales que a juicio del Tribunal hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional de los aspirantes.
Se valorará sobre un máximo de 3 puntos, a razón de 1 punto por cada curso igual o superior a 20 horas.
SEGUNDO: En relación al carácter de funcionario de la plaza, la base decimoprimera, en su 3ª párrafo, en lugar de decir “propondrá la contratación de los trabajadores en periodo de prueba que hayan superado esta fase como trabajadores fijos” deberá decir “propondrá nombrar como funcionario al trabajador que haya superado el periodo de prueba”.
Cierre del acta.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 19:10 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual certifico.
Eguna