5 de Abril de 1995

    Tipo de documento

    En Lezo, siendo las 19:05 horas del día cinco de abril de mil novecientos noventa y cinco, se constituye, en la sala de sesiones de la Casa Consistorial, el Pleno Municipal, al objeto de celebrar SESIÓN ORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria bajo la presidencia del alcalde, Aitor Sarasola Salaberria, y con la asistencia de los siguientes corporativos: Josu Mirena Pontesta Garmendia, Karmele Legorburu Irazu, Gemma Arrillaga Albisu, Mikel Mitxelena Iza, Jose Luis Agirretxe Mitxelena, Jose Antonio Dozagarat Andueza y José Mª Boto Sancho.

    No asiste por causa justificada Iñake Urrestarazu Azurmendi.

    No asisten Marcial Zabaleta Salaberria, Jesus Mª Martiarena Jaca, Pello Garbizu Azkue y José Varela Pampín.

    Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi, y Pello Goikoetxea Agirre de traductor.

    Antes de dar comienzo a la sesión, Alcaldía reparte a los corporativos un plano sobre el punto 5º del orden del día, así como un dictamen de la Comisión de Urbanismo que modifica la propuesta de Alcaldía del punto 10.

    1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES PLENARIAS CELEBRADAS CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 1 DE MARZO DE 1995 Y CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO EL DÍA 8 DE MARZO DE 1995.

    José Mª Boto solicita posponer la aprobación del acta debido a que los recibió la víspera de la sesión.

    Así, se introducen las siguientes modificaciones en el acta del día 1 de marzo:

    En el acta de euskara en el punto 5º, en el párrafo que recoge el resultado de la votación, debe decir "siete votos" en lugar de "ocho votos".

    Gemma Arrillaga solicita por su parte la inclusión en el acta de su intervención, realizada sobre la cesión de un local a Osakidetza, en la cual se dice que "Los arquitectos de Osakidetza, tras una inspección realizada, manifestaron que si bien con anterioridad no tenían conocimiento del local lo consideraban como adecuado".

    Alcaldía solicita que se incluyan las correcciones y señala que su aprobación se posponga hasta el próximo pleno, aprobando así lo solicitado por José Mª Boto.

    2. - PROPUESTA DE APROBACIÓN INICIAL DE LA RECTIFICACIÓN DEL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES CON EFECTOS AL DÍA 1 DE ENERO DE 1995.

    José Mª Boto solicita a Secretaría le remita traducción de la propuesta referente a este punto.

    Secretaría da cuenta de las modificaciones habidas a fecha 1 de enero de 1995. En este sentido, señala que con respecto al 1 de enero de 1994 se aumenta en 22 personas la población de derecho, sumando un total de 5.557 personas, de los cuales 2756 son varones y 2801 mujeres. Las modificaciones son aprobadas por unanimidad y, por tanto, quedan expuestas al público.

    3. - APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN INFORMÁTICA CON LA DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA.

    Alcaldía presenta la propuesta.

    Jose Mª Boto pregunta por el motivo del atraso en el acuerdo ya que afecta al año 1994.

    Alcaldía responde que la tardanza se debe a que la propia Diputación se demoró bastante en aprobar el acuerdo.

    En su vista, el Pleno Municipal, con la unanimidad de los ocho corporativos presentes, ACUERDA:

    PRIMERO: Aprobar el convenio de colaboración informática a firmar entre la Diputación Foral de Gipuzkoa y los Ayuntamientos de Gipuzkoa.

    SEGUNDO: El presente convenio tendrá como plazo de vigencia el período comprendido entre el 1 de enero de 1994 y 31 de diciembre de 1997.

    TERCERO: Facultar a Alcaldía para la firma del contrato.

    4. - PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL USO DEL EUSKARA EN LAS NOTARÍAS.

    Joxe Luix Agirretxe señala que la propuesta de uso del euskara en las notarías, presentada por UEMA, ha sido debatido en la Comisión de Euskara. Así, señala que el servicio de notaría no se viene prestando actualmente en euskara, a pesar de que tanto la normativa vigente en la Comunidad Autónoma como en Navarra garantiza este derecho. Manifiesta, igualmente, que este documento justifica la legalidad del uso y solicita al Colegio Notarial garantice este derecho.

    Señala, asimismo, que las notarías, en cuanto que prestan un servicio público y son profesionales de derecho, tienen la obligación de hacer uso del euskara.

    La propuesta dice literalmente lo siguiente:

    Las notarias y el uso del euskara.

    Hoy día, al acudir los ciudadanos y las entidades e instituciones (el mismo Ayuntamiento) a las Notarías solicitando sus servicios, casi nunca se les ofrece la posibilidad de poder recibirlos (de palabra y por escrito) en euskara.

    Esa potestad a nuestro entender, es algo que se debe a los ciudadanos y a las Instituciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra, tal y como lo prueban los siguientes fundamentos legales.

    Fundamentos legales:

    1) La Constitución Española vigente de 1978 en su artículo 3 apartado 2 dice:

    "Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos".

    Asímismo en el apartado 3 dice:

    "La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de Españas es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección".

    2) COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO.

    2.1.) El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma del País Vasco vigente de 1979, dice así en sus apartados 1 y 2 del artículo 6º:

    "1º El euskara, lengua propia del pueblo vasco, tendrá como el castellano, carácter de lengua oficial de Euskadi y todos sus habitantes tienen el DERECHO a conocer y USAR ambas lenguas".

    "2º Las Instituciones comunes de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta la diversidad socio-lingüística del País Vasco, GARANTIZARAN EL USO de ambas lenguas, regulando su carácter oficial y arbitrarán y regularán las medidas y medios necesarios para conocer y USAR ambas lenguas".

    2.2.) La Ley 10/1982, de 24 de noviembre, Básica de Normalización del Euskara, en su artículo 5º apartado 2.a) dice lo siguiente:

    Se reconocen a los ciudadanos del País Vasco los siguientes derechos lingüísticos fundamentales:

    "Derecho a relacionarse en euskara o castellano oralmente y/o por escrito con la Administración y con cualquier Organismo o Entidad radicado en la Comunidad Autónoma".

    Asímismo, en el artículo 26, se dispone lo que sigue:

    "Los poderes públicos vascos tomarán las medidas oportunas y los medios necesarios tendientes a fomentar el uso del euskara en todos los ámbitos de la vida social, a fin de posibilitar a los ciudadanos el desenvolvimiento en dicha lengua en las diversas actividades mercantiles, culturales, asociativas, deportivas, religiosas y cualesquiera otras".

    3) COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.

    La Ley Foral 18/1986 del Vascuence de 15 de diciembre, incluye, entre otras, las siguientes disposiciones:

    Art. 2.1.- El castellano y el vascuence son lenguas propias de Navarra y en consecuencia, todos los ciudadanos tienen derecho a conocerlas y a usarlas.

    Art. 3.1.- Los poderes públicos adoptarán cuantas medidas sean necesarias para impedir la discriminación de los ciudadanos por razones de lengua.

    Art. 10.- (Zona vascófona). Todos los ciudadanos tienen derecho a usar tanto el vascuence como el castellano en sus relaciones con las Administraciones Públicas y a ser atendidos en la lengua oficial que elijan.

    Art. 12.- (Zona vascófona). Los documentos públicos deberán redactarse en la lengua oficial que el otorgante elija o si hubiese más de un otorgante, en la que éstos acuerden. Los fedatarios públicos deberán expedir en castellano o vascuence, según lo solicite el interesado, las copias o los testimonios y traducir cuando sea necesario matrices y documentos bajo su responsabilidad.

    Art. 13.1.- (Zona vascófona). La expedición de copias y certificaciones se realizará en cualquiera de las lenguas oficiales.

    Art. 17.- (Zona mixta). Todos los ciudadanos tienen derecho a usar tanto el vascuence como el castellano en sus relaciones con las Administraciones Públicas de Navarra.

    Art. 18.- (Zona no vascófona). Se reconoce a los ciudadanos el derecho a dirigirse en vascuence a las Administraciones Públicas de Navarra. Estas podrán requerir a los interesados la traducción al castellano o utilizar los servicios de traducción previstos en el art.9.

    4) Que en buena lógica y como consecuencia inmediata y necesaria de las mencionadas oficialidades, se deriva la NECESIDAD DE USO DEL IDIOMA en los casos que se requiera, y que el no tomar ésto en consideración, supondría la discriminación automática e injustificable así como el descrédito de una lengua oficial (en este caso el euskara), que dada su esencia y riqueza culturales, dicho proceder infringiría la ley constitucional de protección especial que se le debe, según el apartado 3º del artículo 3º de la Constitución.

    5) Según la Ley del Notariado vigente (Título 1º, art.1º), "El Notario es el funcionario público autorizado para dar fe, conforme a las leyes, de los contratos y demás actos extrajudiciales".

    Además, el decreto de 2 de junio de 1994 que aprueba definitivamente el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, en su Título preliminar, art.1º, dice: "Los Notarios son a la vez profesionales del Derecho y funcionarios públicos correspondiendo a este doble carácter la organización del Notariado. Como profesionales del Derecho tienen la misión de asesorar a quienes reclaman su ministerio y aconsejarles los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines lícitos que aquellos se proponen alcanzar. Como funcionarios ejercen la fe pública notarial, que tiene..."

    Por todo ello, y dado que los Notarios son funcionarios al servicio de los ciudadanos y entidades, expresamos y solicitamos lo que sigue al COLEGIO NOTARIAL:

    Que ofrezcan a sus clientes (ciudadanos o entidades) la posibilidad de ser servidos oralmente en euskara o en castellano en las Notarías y que asimismo los documentos escritos sean aceptados, extendidos y tramitados sin ningún sobrecoste.

    J.Mª Boto pregunta si será bilingüe el servicio, según el demandante.

    Joxe Luix Agirretxe responde que sí.

    En su vista, el Pleno Municipal, con la unanimidad de los ocho corporativos presentes, acuerda APROBAR la propuesta de resolución.

    5. - AUTORIZACIÓN AL AYUNTAMIENTO DE ERRENTERIA PARA LA APLICACIÓN DEL APARCAMIENTO LIMITADO (OTA) EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LEZO (ZONA ESTACIÓN DEL FERROCARRIL).

    Alcaldía da cuenta del objeto de la propuesta, manifestando que se pretende dar una solución a la situación originada en el término municipal de Lezo, en la zona Olibet, por la implantación del sistema de aparcamiento O.T.A. por parte del Ayuntamiento de Rentería.

    Efectivamente, existe un conflicto de límites entre Lezo y Rentería en la zona señalada como D en el plano distribuido al inicio de la sesión, por lo que se acudirá ante la Diputación Foral de Gipuzkoa a fin de que aclare este tema.

    Así, se pretende autorizar al Ayuntamiento de Rentería para que en las zonas señaladas en el plano como A, B y C aplique el sistema O.T.A., con la condición de facilitar tarjeta de residente a los residentes en Lezo. La O.T.A. no se aplicará hasta la expedición de la tarjeta de residente; asimismo, se deberá dar publicidad al acuerdo.

    J.Mª. Boto dice estar de acuerdo pero le surge la idea que se resuelve el problema de ahí creándolo en otro lugar. Sigue sin resolverse lo de enfrente, lo del Polígono 29, los demás problemas que existen en frente. Hay que solucionarlo, de lo contrario no resolveremos nada.

    El Alcalde dice que con esta medida se soluciona el problema de Olibet y si se detectara que se crea en Altamira habría que valorar si la solución es poner la O.T.A. también en Altamira. El planteamiento es puntual y por ello no se presenta el texto de una ordenanza reguladora de aparcamiento limitado. Por ello se propone un acuerdo plenario, y ver si la problemática se mantiene o se amplia, momento en el que habrá que presentar ya la Ordenanza.

    Recuerda el Alcalde que la Ordenanza de Tráfico se acaba de aprobar y ya se ha dado orden a la policía municipal y al Departamento de Servicios para que realicen un estudio de colocación de pivotes en la acera de la Alcoholera, Polígono 29. Afirma que, al ser difícil controlar la zona las 24 horas, se recurre a los pivotes y a la aplicación de la ordenanza de tráfico.

    Sobre la zona D manifiesta que se ha requerido al Ayuntamiento de Rentería para que verifiquen su límite; los utilizados por Lezo coinciden con los que obran en Diputación.

    J.Mª Boto dice que hay que gestionar con Rentería el problema de la Alcoholera. La acera la ocupan los propietarios de los inmuebles. El problema al que me refería era al de la Alcoholera, incluso en la zona peatonal junto al río aparcan coches.

    El Alcalde le responde que hay que distinguir las zonas privadas y públicas de la Alcoholera. Con los pivotes y con la ordenanza cree que se solucionará el problema.

    J.Mª Boto pregunta qué va a pasar cuando recurran.

    El secretario matiza que la vía jurídica idónea y recomendada para la aplicación de la OTA es la aprobación de una ordenanza.

    Mikel Mitxelena manifiesta por su parte la necesidad de definir claramente los límites municipales, que con esta posibilidad para los residentes de Lezo de estacionar en Olibet se da un paso adelante y que en ningún caso cabe descartar la posibilidad de una ordenanza, que ya se está trabajando en ello. Así, se propone adoptar un acuerdo plenario, pues así fue solicitado por el representante de Rentería, para, posteriormente, poder gestionar y dar los pasos precisos en ese sentido.

    En su vista, el Pleno Municipal, con el voto favorable de siete corporativos (todos los de Herri Batasuna más el del concejal independiente) y la abstención de J.Mª Boto, ACUERDA:

    PRIMERO: Autorizar al Ayto. de Errenteria la aplicación del sistema de aparcamiento limitado (O.T.A.) en los aparcamientos del Término Municipal de Lezo de la zona contigua al barrio de Olibet (zona de la estación del ferrocarril), según se indica en el plano adjunto, solo para aquellos vehículos que no dispongan la Tarjeta de Residente en Lezo, que próximamente el Ayto. de Lezo habilitará.

    SEGUNDO: Dar publicidad a este acuerdo mediante tablón de anuncios, bandos y prensa.

    6. - ACUERDO DE DELIMITACIÓN Y USO DE TERRENOS ENTRE LA AUTORIDAD PORTUARIA Y EL AYUNTAMIENTO DE LEZO.

    Alcaldía considera interesante el hecho de que se esté a punto de firmar un acuerdo con la Autoridad Portuaria, ya que, entre otras cuestiones, se concede autorización para la construcción del polideportivo y de los garajes.

    J.Mª Boto dice que en el fondo si estuviera bien hecho quizás fuera interesante y estaría de acuerdo.

    Afirma que es la segunda vez que se quiere llevar a cabo, que el acuerdo debería servir para solucionar el problema que Lezo y el Puerto tienen, pero que este acuerdo hipoteca la solución, que no le vale y que es una chapuza.

    El alcalde señala que es consciente de que se lleva mucho tiempo con este tema (10 años). Que por el Ayuntamiento han pasado muchos equipos de gobierno pero que nadie ha conseguido el acuerdo. Había que resolverlo todo en conjunto o sino nada, ese era el planteamiento.

    Según el Alcalde la decisión es la de elegir entre seguir reclamando acuerdos globales que en la práctica y menos por la vía judicial es difícil que se consigan y sin haber conseguido nada hasta la actualidad o la de seguir el otro camino, lo que ya en 1985 la Secretario Municipal aconsejó, la negociación de los límites y terrenos.

    Esta segunda opción, según palabras del Alcalde, es la que el equipo de gobierno considera idónea, teniendo en cuenta la O.M. de 1991 por la que se aprobó el deslinde marítimo-terrestre, dado que se necesita la autorización para construir el Polideportivo y aclarar y tramitar los terrenos de cesión al Patrimonio Municipal.

    Según el Alcalde esta decisión no hipoteca temas como el de Larrañaga, que hay que aclarar que es propiedad privada y parte esta en el término de Rentería ni el del S.G.2 - zona portuaria - para el que habrá que establecer los oportunos acuerdos con la autoridad portuaria. Según el Alcalde son temas que saldrán, están condenados a salir, quizás en otra coyuntura.

    J.Mª. Boto señala que él no ha negociado nunca con el Puerto este tema. Las dos veces que se ha hecho considera que el resultado ha sido pobre, ya que el Ayuntamiento debía de pedir y conseguir mejores condiciones. Cree que con el acuerdo planteado se va a conseguir una pequeña permuta, hipotecando el futuro, moviendo rayas que no tiene que mover.

    El alcalde dice que quizás convenga una aclaración jurídica del alcance del convenio. Recuerda que los recursos al deslinde no han tenido un desarrollo judicial, no hay cuestión alguna planteada en los tribunales. Dice que no sirve aferrarse a principios, y hay que tener en cuenta la realidad y las posibilidades de plasmar las intenciones.

    Señala que hay que reclamar mayor coordinación entre autoridades. Criticamos la dependencia exclusiva del Puerto de Pasajes del Estado, lo que dificulta la debida coordinación en temas como la ordenación del territorio, se da una degradación de la institución municipal por parte de autoridad portuaria y sus superiores.

    Mikel Mitxelena critica que el Puerto de Pasaia sea competencia estatal, tema en el que el partido de J.Mª. Boto tendría mucho que decir. Dice estar de acuerdo con J.Mª. Boto en que hay que seguir reinvindicando, pero le dice que este convenio no hipoteca el futuro sino que es un paso más.

    En consecuencia, el pleno municipal, con siete votos a favor (el alcalde más los cinco corporativos de Herri Batasuna y el concejal independiente, J.A. Dozagarat) y uno en contra (J.Mª Boto), ACUERDA:

    PRIMERO: Aprobar el "Acuerdo para la fijación de límites y utilización de espacios entre la autoridad portuaria de Pasaia y el Ayuntamiento de Lezo".

    SEGUNDO: Facultar al Alcalde, Aitor Sarasola Salaberria, para la firma del mismo y demás documentos precisos.

    7. - CONVENIO DE COOPERACIÓN CON EL DEPARTAMENTO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y MEDIO AMBIENTE PARA LA EJECUCIÓN DE UNA POLÍTICA DE VIVIENDA EN RÉGIMEN DE PROTECCIÓN OFICIAL EN EL POLÍGONO 27, ALTAMIRA.

    Alcaldía manifiesta que el objetivo del convenio es el de ofrecer vivienda de protección oficial en función de la demanda existente.

    Por otra parte, también se pretende reurbanizar el polígono 27, ya que en su momento no se urbanizó debidamente y el Ayuntamiento no recepcionó la misma. Así, y con el fin de dar una salida al problema, se realiza un proyecto de urbanización.

    El Gobierno Vasco será el encargado de la construir estas viviendas de protección oficial, así como de realizar su urbanización. Así, en este pleno se presenta el convenio, y en un próximo pleno se presentarán la modificación de NN.SS. y algunas modificaciones de la urbanizacón.

    J.Mª. Boto señala que el dictamen es una declaración de intenciones, que en principio está de acuerdo a que se construyan en Altamira siempre que se preserven muchas cosas. Dice que esta declaración de intenciones le huele a electoralismo puro y duro.

    El alcalde afirma que en todo caso el electoralismo será del Gobierno Vasco. No quiere entrar en la discusión de si la propuesta es sólo una declaración de intenciones, él cree que es algo más ya que obliga a las partes que suscriban el convenio.

    En relación a J.Mª. Boto le recuerda que no acudió a la Comisión de Urbanismo, afirma que los documentos que reflejan el convenio están en el Ayuntamiento, lo que pasa es que hay un problema de metros que están resolviendo Diputación y Gobierno Vasco y que es eso lo que ha atrasado la elaboración del documento de modificación de NN.SS.

    No cree que todo esto sea una mera declaración de intenciones... Esto es el fruto de gestiones de estos dos años. Se establece un contrato entre Ayuntamiento y Gobierno Vasco, los datos están finalizados casi listos para ser aprobados.

    J.Mª. Boto dice que si el documento no está preparado que se espere a que se concluya para presentarlo. El traerlo ahora es electoralismo y eso no es más que una declaración.

    El alcalde señala que el convenio no es una declaración, y que el convenio se puede firmar ya.

    Mikel Mitxelena indica que la urbanización realizada en el 83 está sin ser recepcionada todavía, y que este hecho se debe a que los residentes no estaban de acuerdo y su recepción podía acarrear problemas. Por lo que el polígono se encuentra actualmente en una situación caótica. En este sentido, manifiesta que de no ser por la actuación llevada a cabo por H.B. en relación a los espacios verdes el matorral hubiera alcanzado el tercer piso, y que este hecho se debe a la negligencia del anterior equipo de gobierno.

    Dice que el asunto de las curvas lleva mucho tiempo y que el Gobierno Vasco no tiene intención de darle una solución, es por lo que hacer un convenio es positivo.

    J.Mª. Boto dice que votará en contra, no por el fondo de la cuestión y, que quizás Altamira sea adecuado. La forma es el motivo. Sin arroparse nada en cuanto a la urbanización dice haberse preocupado. Dice que en este momento la urbanización no le preocupa, que lo que le preocupa es que se traiga de esta manera el tema sin decir dónde y cómo se va a construir.

    El alcalde le dice a J.Mª. Boto, que lo que a su entender falta aquí está en el Ayuntamiento, que se ha presentado a la asociación de Vecinos de Altamira y a la Comisión de Urbanismo.

    M. Mitxelena señala que cuando J.M. Boto manifiesta su despreocupación por la urbanización de Altamira viene a demostrar el desinterés que tiene con respecto a Altamira, y que durante el tiempo que ha permanecido en el equipo gobierno su actuación se ha limitado a la instalación de duchas en la "playa".

    J.Mª Boto responde que M. Mitxelena miente.

    En consecuencia, el pleno municipal, con siete votos a favor (el alcalde más los cinco corporativos de Herri Batasuna y el concejal independiente, J.A. Dozagarat) y uno en contra (J.Mª Boto), ACUERDA:

    PRIMERO: Aprobar el "CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE 90 VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL Y REURBANIZACION DEL POL.27 ALTAMIRA", entre el Ayuntamiento de Lezo y el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

    SEGUNDO: Facultar al Alcalde, Aitor Sarasola Salaberria, para la firma del mismo y demás documentos precisos.

    8. - DAR CUENTA DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS EN EL SISTEMA GENERAL 4 (LOPENE), EXPEDIENTE DE MOFIFICACIÓN nº 8, Y ORDENAR SU PUBLICACIÓN.

    Alcaldía presenta la propuesta.

    J.Mª. Boto dice estar de acuerdo con la construcción de viviendas de protección oficial (V.P.O.), lo que no quiere es que se haga en zona verde. Quiere que se recoja en acta las siguientes manifestaciones:" El propietario de parte de estos terrenos era JADOSA que en 1992 hizo una venta a Servinfor ante notario. Servinfor es una empresa fantasma, en el domicilio social no existe. En nombre de esta empresa se presenta un director, Cirilo Conde que firma un poder a Celestino Etxebeste. Cirilo Conde, en la inscripción del Régistro Mercantil, existe como Director Gerente y vive en Gabierrota y trabaja cuando puede en Mamut. ¿Cómo va a ser Gerente en esta empresa? La transferencia no está inscrita. Aquí hay una venta. ¿Cómo se puede calificar? ante notario nada más, a empresa fantasma."

    " En su día yo ya dije"- continúa manifestando J.Mª. Boto- "que no era una cosa correcta. Yo quiero que el Ayuntamiento se informe de esto. Si no se hará responsable. JADOSA es J.A. Dozagarat. Yo ya dije que tenía mis dudas sobre si podía votar. Pido al Ayuntamiento compruebe las cuestiones que he apuntado. Si esto es así, alguien se hace responsable, por lo menos el que vote a favor."

    El alcalde afirma que no cre que al tramitar un cambio de NN.SS. haya que estudiar las propiedades del terreno afectado. Dice que se estudia la idoneidad del planeamiento, en ningún caso se hace un estudio sobre la propiedad en la que se actúa.

    En este punto, dice el alcalde, se deriva la atención de los partidos de la oposición de Lezo y de la misma Diputación. Dice refiriéndose a los partidos de la oposición que están primando criterios políticos y no la mejora al pueblo de Lezo y que por ello se niegan a aceptar la modificación.

    Según el alcalde, Lezo no puede estar a expensas de los criterios políticos. Existe una necesidad de V.P.O., Lopene es idóneo según H.B.. Para él es una de las peores zonas en las que se puede ubicar un Sistema General, con un valor de más de 70 millones en compra de terrenos y con unas cargas urbanísticas de 40 millones a los que el Ayuntamiento tendría que hacer frente antes de nada. Antes de que las excavadoras actuaran, el Ayuntamiento habría gastado unos 120 millones según nuestro planteamiento.

    Continúa el alcalde diciendo que H.B. siempre ha buscado un uso diferente al planteado en las NN.SS. para esa parcela. Ubicar ahí algo sin aprovechamiento lo considera una barbaridad dadas las cargas urbanísticas. Por eso optan por colocar un aprovechamiento con los que compensar el coste de terrenos y las cargas de urbanización.

    Recuerda que en su día H.B. proponía un uso industrial, ahora lo propone residencial, al entenderlo más adecuado. Denuncia la disposición de Diputación y partidos de la oposición; considera una desfachatez que se aprueben por silencio la modificación de unas normas, siendo éste el único caso en que se aprueba por silencio un planeamiento general en Gipuzkoa.

    Si el Pleno estima que el cambio es beneficioso para Lezo y si Diputación no quiere implicarse, propone al Ayuntamiento de Lezo seguir adelante. Dice que corresponde al Ayuntamiento de Lezo decidir la oportunidad de su planeamiento, no a Diputación.

    J.Mª. Boto dice que el discurso suena a justificación de la actuación. Dice que no puede ser bueno colocar viviendas junto a industrias y menos con la densidad prevista. Esa zona verde separaba la zona residencial de la industrial. Reconoce que H.B. siempre ha querido cambiar el uso de la zona. Dice que las viviendas se pueden hacer en cualquier sitio que se pueda urbanizar.

    Dice que ellos están convencidos que H.B. lo hace para pagar al Sr. Dozagarat.

    El alcalde le dice que si en sus palabras reconoce que H.B. buscaba otros usos para la zona es absurdo plantear cualquier pago a cambio. Según sus palabras la actuación es buena y recuerda que mayor densidad es la del U.A.D. 3. La edificación es de planta baja + 3, con plaza interior de 5.000 m², lo que no es ninguna barbaridad. Le achaca a J.Mª.Boto desconocer el plan, la densidad del mismo, etc. siendo criterios políticos los únicos que le hacen oponerse al nuevo plan.

    J.Mª. Boto contesta que los únicos que tienen criterios de interés es HB, ante lo cuál todo es legítimo.

    El alcalde responde que eso habría que preguntarselo a quienes vayan a vivir allí.

    J.Mª. Boto dice que su planteamiento es contrario a lo que se va a hacer, inhibiéndose de la responsabilidad en la que por ello pudiera incurrirse.

    El alcalde dice que ellos se hacen responsables de lo que están aprobando.

    En consecuencia, el pleno municipal, con siete votos a favor (el alcalde más los cinco corporativos de Herri Batasuna y el concejal independiente, J.A. Dozagarat) y uno en contra (J.Mª Boto), ACUERDA:

    PRIMERO: Publicar en el Boletín Oficial de Gipuzkoa la normativa de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias en el Sistema General 4 (Lopene) anunciando su aprobación definitiva.

    9. - DAR CUENTA DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS EN UNA PARCELA DE 16.300 M² DE SUELO NO URBANIZABLE SITA AL NORTE (FUERA) DEL SECTOR 2, EXPEDIENTE DE MOFIFICACIÓN Nº 9, Y ORDENAR SU PUBLICACIÓN.

    En primer lugar, Alcaldía presenta la propuesta.

    J.Mª. Boto dice que ellos no están en contra de la construcción de un campo de fútbol. Dice que el siempre ha sido partidario de hacerlo con pistas de atletismo y que cambiarlo a otro sitio para no hacerlo así, sin pistas le parece absurdo. Dice que no lo ha aceptado antes y no lo va a aceptar ahora.

    El alcalde señala que el territorio no es un chicle que se pueda estirar a capricho y colocar en él, aquí viviendas, allí campos de fútbol. Dice que lo planteado por J.Mª. Boto precisa parcelas mayores por lo que sería interesante que aportaras alternativas, otros lugares. Ni en el caso anterior (viviendas), ni ahora (campos de fútbol) se han dado alternativas, salvo la parcela ante Algeposa.

    J.Mª. Boto dice que han presentado negociar un campo deportivo e incluso alguien lo expuso y que se va a hacer un campo de fútbol que no servirá para todo.

    En consecuencia, el pleno municipal, con siete votos a favor (el alcalde más los cinco corporativos de Herri Batasuna y el concejal independiente, J.A. Dozagarat) y uno en contra (J.M. Boto), ACUERDA:

    PRIMERO: Publicar en el Boletín Oficial de Gipuzkoa la normativa de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias en una parcela de 16.300 m² de suelo no urbanizable sita al norte (fuera) del Sector 2 anunciando su aprobación definitiva.

    J.Mª Boto quiere que quede claro que está a favor de que se haga un campo de fútbol pero no de esta manera.

    10. - APROBACIÓN INICIAL DE CAMBIO DEL SISTEMA DE ACTUACIÓN EN EL POLÍGONO 30 (LOPENE): DEL SISTEMA DE EXPROPIACIÓN AL DE COMPENSACIÓN.

    Alcaldía da cuenta de la propuesta, la cual dice literalmente lo siguiente:

    El documento de modificación puntual de las Normas Subsidiarias en el Sistema General 4 (Lopene), aprobado definitivamente, y cuya publicación se ha propuesto realizar, establece que el sistema de actuación en el Polígono 30 será el de expropiación, aunque puede preverse la posibilidad de acuerdo previo entre el Ayuntamiento y la propiedad de los terrenos.

    En manifestaciones realizadas por propietarios del Polígono, estos se han mostrado interesados en su gestión para lo cuál sería preciso modificar el sistema elegido en las Normas. Es decir, modificar el sistema de expropiación por el de compensación. Quizás cuando el texto de las Normas preveía la posibilidad de acuerdo previo entre el Ayuntamiento. y la propiedad de los terrenos estaba anticipándose o insinuando la idoneidad de otro sistema de actuación con el protagonismo de los propietarios como es el de compensación.

    La ley del suelo da libertad a la Administración. para elegir el sistema de actuación entre los tres que establece en art. 148: compensación, cooperación y expropiación. Cabe según el art. 149.1. la modificación justificada del sistema elegido tramitándola conforme al art. 146.2: trámite de aprobación inicial e información pública durante quince días.

    No existiendo razones objetivas para no modificar el sistema de actuación aunque este Ayuntamiento aceptara renunciar a la gestión pública del Polígono lo que no quiere ni debiera renunciar es a que la viviendas de protección oficial que se construyan en el Polígono respondan a una determinada demanda limitando para ello su precio máximo, ni renunciar a la realización de una serie de infraestructuras necesarias tanto para esta actuación como para su entorno residencial consolidado.-

    Por ello se plantea la aprobación inicial de cambio del sistema de actuación de expropiación por el de compensación condicionando su aprobación definitiva a que por parte de los propietarios del Polígono se asuman los siguientes compromisos en aras a garantizar el interés general que el tema supone para el municipio de Lezo:

    1.- El precio máximo de las viviendas, garages y trasteros que se construyan no superará el 1'4 del módulo ponderado para las viviendas de protección oficial incluidas las viviendas de superficie útil igual o menor de 75 m².

    2.- Los propietarios se comprometen a ejecutar y costear toda la urbanización del Polígono, incluido los del espacio de Sistemas Generales y la del 15% del aprovechamiento lucrativo correspondiente al Ayuntamiento.

    3.- Será de cuenta de los propietarios del Polígono las siguientes obras de infraestructura y urbanización relacionadas en el informe del arquitecto municipal que se adjuntará como anexo al convenio que se firmará.

    4.- Los propietarios del Polígono presentarán en el plazo de tres meses desde la aprobación definitiva del Sistema de Actuación de Compensación los Estatutos y Bases de la Junta de Compensación y el Proyecto de Urbanización.

    Estas condiciones se recogerán en convenio a suscribir entre el Ayuntamiento y los propietarios que al menos representen el 60% de la propiedad y que puedan llevar adelante el Sistema de Compensación, siendo la aceptación condición necesaria para la aprobación definitiva de la modificación del sistema de actuación.

    Por todo ello, se propone acordar:

    PRIMERO: Aprobar inicialmente el cambio de sistema de actuación en el Polígono 30 de las NN.SS. de Lezo de expropiación a compensación.

    SEGUNDO: Condicionar la aprobación definitiva del cambio de sistema, además de la contestación de las alegaciones que pudieran presentarse, a la suscripción del convenio entre propiedad y Ayuntamiento con el contenido recogido en la parte expositiva de este acuerdo.

    TERCERO: Facultar al Alcalde Aitor Sarasola Salaberria para la firma del citado acuerdo.

    CUARTO: Notificar el presente acuerdo a los propietarios del Polígono 30.

    Igualmente, da lectura al dictamen emitido por la Comisión de Gobierno, la cual modifica la propuesta de Alcaldía, y que literalmente dice así:

    Vista la propuesta de Alcaldía en la que se plantea la aprobación inicial del cambio del sistema de actuación, en el Polígono 30 (LOPENE), de expropiación a compensación, sin renunciar a que las viviendas de Protección Oficial que se construyan en el Polígono respondan a una determinada demanda limitando para ello su precio máximo y sin renunciar a su vez a la realización de una serie de infraestructuras necesarias tanto para esta actuación como para su entorno residencial consolidado, condicionando su aprobación definitiva a la asunción por parte de los propietarios del Polígono de los compromisos expuestos en dicha propuesta debiéndose modificar la redacción del primer punto por la siguiente:

    "El precio de las viviendas por metro cuadrado útil, será como máximo el resultado de multiplicar el Módulo ponderado aplicable, vigente en el momento de la calificación provisional, por el coeficiente 1,4 , siendo el precio máximo de trasteros y garajes anejos el resultado de multiplicar el metro cuadrado útil por el Módulo ponderado aplicable, vigente en el momento de la calificación provisional, por el coeficiente 0,81", y debiéndose añadir un nuevo condicionante en el que se diga textualmente:

    "El Ayuntamiento de Lezo adjudicará mediante sorteo, las Viviendas de Protección Oficial y los trasteros y garajes anejos".

    Se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO:

    PRIMERO: Aprobar inicialmente el cambio de sistema de actuación en el Polígono 30 de las NN.SS. de Lezo, de expropiación a compensación.

    SEGUNDO: Condicionar la aprobación definitiva del cambio de sistema, además de la contestación a las alegaciones que pudieran presentarse, a la suscripción del convenio entre propiedad y Ayuntamiento con el contenido recogido en la parte expositiva de este acuerdo.

    TERCERO: Facultar al Alcalde Aitor Sarasola Salaberria para la firma del citado acuerdo.

    CUARTO: Notificar el presente acuerdo a los propietarios del Polígono 30.

    Seguidamente, Alcaldía señala los objetivos que persigue la propuesta:

    - La construcción de viviendas de protección oficial.

    - La realización de las obras de urbanización además de las de encauzamiento de la regata Zubitxo, la canalización de las infraestructuras de saneamiento y el soterramiento del cable de electricidad por parte de los promotores.

    Indica, por otra parte, que conviene desarrollar este tema a corto plazo. En este sentido, señala que la expropiación supondría prolongar el proceso y que es más interesante para todos acelerar el trámite.

    Recuerda, asimismo, que los Lopene son los únicos terrenos calificados para construir viviendas de protección oficial, y que al estar los propietarios de los mismos de acuerdo, existe la posibilidad de construcción dentro de breve plazo.

    Se propone que los propietarios se hagan cargo de la construcción, ya que de dejar el tema en manos de la Administración pública, y a la vista de las dificultades que se han planteado con respecto a este tema, la administración no sería capaz, por motivos de carácter político, de llevar a cabo este plan.

    Subraya que la Comisión de Gobierno ha modificado algunas condiciones que se planteaban en la propuesta, modificando el primer punto y añadiendo un quinto, referente a la adjudicación mediante sorteo de la viviendas por parte del Ayuntamiento.

    J.Mª. Boto dice que se ha vuelto a perder, dice que se le presenta poco, se corrigen las propuestas por lo que no puede entrar en el tema. Pregunta por qué se hace ahora este cambio, por qué no puede gestionarlo el Ayuntamiento, por qué no se propone lo mismo, para Altamira o el S.G. 4. Cree que esto es terminar la faena comentada en el punto 8 de este pleno.

    El alcalde dice que el motivo del cambio es el acuerdo logrado con la propiedad. Sobre las otras áreas comentadas dice que en el S.G.4 los propietarios no estaban de acuerdo y en Altamira la propiedad es del Gobierno Vasco y por eso la promoción es pública. En el Polígono 30 el Ayuntamiento tendría que expropiar para actuar en la unidad. Recuerda como ejemplo de la gestión expropiatoria municipal la del S.G.1: hasta que se ha ocupado han pasado muchos años y a un precio muy elevado.

    Siendo Lopene el único área calificada para V.P.O., es la primera actuación de V.P.O. en 15 años por lo que cree el alcalde que el criterio de urgencia es importantísimo. Vuelve a subrayar que se esta regulando el precio de venta máximo, estamos cargando a la promoción la parte de urbanización que correspondía al Ayuntamiento: Colector, regata y tendido eléctrico.

    Por ello considera que el acuerdo es interesante garantizándose desde la Administración la adjudicación de las viviendas mediante un proceso transparente.

    Continúa diciendo que por desgracia, conociendo la actuación municipal hay serias dudas de que la institución municipal sea capaz de llevar adelante este tema por las discrepancias políticas, cuando esas cuestiones no debían de dificultar este tema.

    J.Mª Boto dice que los criterios del alcalde son de intereses. Esto se puede hacer en cualquier otro sitio que sea posible urbanizar.

    El alcalde señala que el módulo 1'4 ha sido de aplicación en promociones en el Ayuntamiento de Usurbil y Oyarzun; que supone ventajas con respecto al precio de mercado, así resultará aproximadamente 125.000 ptas./m² cuando la vivienda libre más barata se está vendiendo en Lezo a 180.000 pts./m². Dice que estos son argumentos, que lo que se esta ofreciendo está claro, vivienda protegida. Censura que la oposición quiera paralizar el tema.

    El secretario advierte que el acuerdo requiere mayoría absoluta y exposición pública de 15 días. También dice que el contenido del acuerdo cumple la legalidad vigente.

    En consecuencia, el pleno municipal, con siete votos a favor (el alcalde más los cinco corporativos de Herri Batasuna y el concejal independiente, J.A. Dozagarat) y uno en contra (J.Mª Boto), ACUERDA:

    PRIMERO: Aprobar inicialmente el cambio de sistema de actuación en el Polígono 30 de las NN.SS. de Lezo de expropiación a compensación.

    SEGUNDO: Condicionar la aprobación definitiva del cambio de sistema, además de la contestación de las alegaciones que pudieran presentarse, a la suscripción del convenio entre propiedad y Ayuntamiento con el contenido recogido en la parte expositiva de este acuerdo.

    TERCERO: Facultar al Alcalde Aitor Sarasola Salaberria para la firma del citado acuerdo.

    CUARTO: Notificar el presente acuerdo a los propietarios del Polígono 30.

    11. - APROBACIÓN DEL AVANCE DE MOFIFICACIÓN DE ELEMENTOS DE NN.SS. REFERIDA A UNA PARCELA RURAL JUNTO A IPINTZA 110. POLIGONOA, ANTIGUOS ASERRADEROS DE LEZO.

    Alcaldía defiende la propuesta diciendo que la modificación de normas se da en un suelo semi-industrial.

    Recuerda, a su vez, que se propone una exposión pública del avance de 30 días.

    J.Mª. Boto dice que la actividad desarrollada hasta ahora es irregular, con construcción ilegal denunciada en su momento: rural con tolerancia de actividad maderera.

    Dice que ellos están en contra, que no es de recibo el argumento de que lo piden los trabajadores. El cambio debe de favorecer al conjunto.

    El alcalde dice que esta de acuerdo. Afirma que esta decisión no se motiva únicamente para favorecer a los trabajadores. La planificación urbanística ha de motivarse en el interés general. Es un área con una actividad semi industrial donde ya se ha actuado urbanísticamente con 30.000 m² ya explanados y es una zona contigüa a zona industrial consolidada y ya desarrollada.

    Dice que por supuesto que en su momento se establecerá la compensación por este cambio de calificación.

    Afirma que no están actuando sobre una zona virgen aislada, sino todo lo contrario y que ahora lo que se abre es un período para presentar criterios o sugerencias a este cambio de planeamiento.

    J.Mª. Boto pregunta quién ha pedido el cambio y si se aprovecharía la explanación actual en la actuación prevista.

    El alcalde señala que los pabellones actuales se aprovechan y la actividad industrial se coloca en la explanada, que para iniciar el expediente existe una petición del comité de empresa. y que la adjudicataria de la subasta es una sociedad de la que es miembro el comité de empresa.

    Señala que para el convenio urbanístico previo a la aprobación incial, momento en el que se pedirá la compensación, tendrán que presentar escrituras de titularidad.

    J.Mª. Boto pide que esto se lleve adelante con más criterio. Señala que se favorece a una serie de señores cuyo objetivo es beneficiarse.

    El alcalde dice que se firmará un convenio, luego el Ayuntamiento recibirá la compensación oportuna por esta modificación de planeamiento.

    En consecuencia, el pleno municipal, con siete votos a favor (el alcalde más los cinco corporativos de Herri Batasuna y el concejal independiente, J.A. Dozagarat) y uno en contra (J.Mª Boto), ACUERDA:

    PRIMERO: Abrir un período de información pública de treinta días, mediante anuncio inserto en el B.O. de Gipuzkoa, y en al menos uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia durante los cuales podrán formularse sugerencias y, en su caso, otras alternativas de planeamiento por corporaciones, asociaciones y particulares, al avance de modificación de elementos de NN.SS. en el área "Aserraderos de Lezo".

    12. - APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 1995.

    J.Mª Boto manifiesta que traer en un Pleno tan denso los presupuestos sin presentar la liquidación del ejercicio 94 es una falta de respeto, por lo que se va del Pleno.

    El alcalde responde diciendo que J.Mª. Boto desconoce el tema porque son dos temas distintos, el de la liquidación y el de los presupuestos. Es absurdo decirlo y lo que demuestra es que no tiene ningún otro argumento, que no han hecho ningún trabajo y han tenido una aportación nula.

    J.Mª. Boto pregunta al alcalde por qué niega la documentación de la liquidación.

    El alcalde responde que aprobar la liquidación es competencia del alcalde. Ha de aprobarse antes del 31 de marzo y dar cuenta de ella al Pleno en la primera sesión posterior que realice. Precisamente pienso dar cuenta de ella en el último punto de esta sesión.

    Mikel Mitxelena pregunta a J.Mª. Boto que antes de que se vaya y como a lo largo del Pleno ha empleado el "nos", en nombre de quién habla. J.Mª. Boto le responde que habla en nombre y representación del grupo y del partido político al que pertenece, dicho lo cual abandona la sesión.

    Alcaldía denuncia la actitud y la nula aportación de la oposición, y dado que no está en contra, propone aprobar el Presupuesto para 1995 así como la plantilla municipal. No obstante, y en relación a la plantilla, propone modificar la fecha de preceptividad del perfil lingüístico de euskara a abril de 1995.

    En su vista, el Pleno Municipal, con el voto favorable de todos los corporativos presentes (el alcalde, cinco corporativos más de Herri Batasuna y el concejal independiente), ACUERDA:

    PRIMERO: Aprobar inicialmente el presupuesto general municipal para el ejercicio económico de 1995

    13. - RUEGOS Y PREGUNTAS.

    1.- Alcaldía señala que la liquidación está aprobada y habrá una copia para cada partido en Secretaría.

    2.- Asimismo, da cuenta del estado de ejecución del primer trimestre de 1995, señalando que la documentación relativa a este punto se encuentra en Secretaría a disposición de los distintos partidos y corporativos.

    3.- También da cuenta de tres modificaciones de crédito realizadas a los Presupuestos prorrogados de 1994.

    CIERRE DEL ACTA.

    Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 21:45 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual certifico.

    Eguna