- 1.- Aprobación, si procede,
- de las actas de las sesiones plenarias celebradas con carácter ordinario el día 5 de febrero, con carácter extraordinario los días 18 de febrero y 17 de marzo y con carácter extraordinario urgente el día 17 de marzo.
- 2.- Dictamen para la aprobación provisional del Plan Parcial del Sector 1.
- 3.- Dictamen para formar parte de la Comisión de Coordinación de la Ertzaintza y de la Policía Locales de Oarsoaldea.
- 4.- Dictamen para el cierre del registro municipal de parejas de hecho.
- 5.- Dictamen para la aprobación de la liberación y de la retribución del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios
- 6.- Moción presentada por el grupo municipal Partido Popular en respaldo al trazado definitivo aprobado de la Nueva Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Y Vasca
- 7.- Informes de Alcaldía (liquidación ejercicio 2003) y de los representantes de la Corporación en Órganos Colegiados y Delegados
- 8.- Delegación en la Junta de Portavoces del sorteo para la formación de las mesas electorales
- 9.- Modificación del pliego de condiciones para la adjudicación de las viviendas de protección oficial de Auñamendi reservadas a minusválidos
- 10.-Ruegos y preguntas.
- Ruegos y preguntas.
- Cierre del acta.
En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 08:40 horas del día 28 de abril de 2004, se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN ORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los siguientes corporativos: Iñake Urrestarazu Azurmendi (grupo EA) Jesús Maria Martiarena Jaka (grupo EAJ/PNV), Aroia Goienetxea Egibar (grupo EAJ/PNV), Aitor Ocerin Ibáñez (grupo EA), Aitor Mimendia Artuzamonoa (grupo EAJ/PNV), Enrique Figueroa Laboa (grupo EAJ/PNV) Mikel Antxon Arrizabalaga Brusin (grupo PSE); e Isabel López Aulestia (grupo IU-EB).
No han asistido a la sesión: Ainhoa Villanua Ayuela (grupo PSE), Mª Luz Anglada y Aitor Ocerín Ibáñez. Éste último, ha dado aviso previo de su ausencia.
Asiste el secretario municipal, Xabier Loiola que da fe del acto.
Patxi Apalategi actúa como traductor.
El alcalde aclara que la sesión de hoy es la que correspondía celebrar el primer miércoles de abril y que entonces se retrasó hasta que se celebraran las comisiones informativas. Agradece a los concejales que no hayan puesto inconvenientes para la demora.
Antes de iniciar el debate de los puntos del orden del día expone que, por urgencia, desearía tratar otros dos asuntos en la sesión de hoy, y para ello se precisa el acuerdo de los concejales. Estos asuntos son: Delegar en la Junta de Portavoces el sorteo para la formación de las mesas electorales y la modificación del pliego de condiciones para la adjudicación de las viviendas de protección oficial de Auñamendi destinadas a minusválidos, a fin de que éstas no queden sin adjudicar. Los concejales presentes en la sesión están de acuerdo en tratar estos dos temas en esta sesión. El alcalde dice que se incluirán en el orden del día como los puntos séptimo y octavo, y el de ruegos y preguntas se traslada al noveno.
1.- Aprobación, si procede, de las actas de las sesiones plenarias celebradas con carácter ordinario el día 5 de febrero, con carácter extraordinario los días 18 de febrero y 17 de marzo y con carácter extraordinario urgente el día 17 de marzo.
El acta de la sesión de 5 de febrero se aprueba con siete votos favorables y la abstención de Isabel Lopez Aulestia por no haber asistido a la sesión. Las otras tres actas se aprueban por unanimidad.
2.- Dictamen para la aprobación provisional del Plan Parcial del Sector 1.
El alcalde da lectura al dictamen y solicita su aprobación al pleno. El dictamen dice así:
“La comisión de Urbanismo, Obras y Servicios, en sesión celebrada el día 21 de abril de 2004, con los votos favorables de Jesus Mari Martiarena (EAJ) e Iñake Urrestarazu (EA), y la abstención de Mikel Antxon Arrizabalaga (PSE-EE) y Maria Luz Anglada (PP)
DICTAMINA:
PRIMERO: Responder a las alegaciones presentadas al Plan parcial del Sector S-1 durante su exposición al público, a tenor de los informes redactados por el Técnico de Urbanismo y el Arquitecto Asesor.
SEGUNDO: Aprobar provisionalmente el Plan parcial del Sector S-1, condicionado a efectuar las modificaciones y correcciones necesarias como consecuencia de las alegaciones admitidas.
Por otra parte, la propuesta presentada por Mikel Antxon Arrizabalaga, es decir, modificar el sistema de actuación del Sector S-1, cambiando el de cooperación al de compensación, y destinar el 10% del aprovechamiento correspondiente al Ayuntamiento para la construcción de viviendas de protección oficial, ha sido rechazada por la comisión con los votos en contra de Jesus Mari Martiarena (EAJ) e Iñake Urrestarazu (EA y con la abstención de Maria Luz Anglada (PP). El único voto favorable ha sido el emitido por el propio Mikel Antxon Arrizabalaga (PSE-EE).
Así mismo, se aprueba por unanimidad destinar 1 plaza de aparcamiento para minusválidos, de los 40 previstos en el plan parcial del Sector S-1.”
Realizada la votación, se aprueba el dictamen con seis votos favorables (alcalde y concejales de EAJ/PNV y de EA) y dos abstenciones (concejales de los grupos PSE e IU-EB).
3.- Dictamen para formar parte de la Comisión de Coordinación de la Ertzaintza y de la Policía Locales de Oarsoaldea.
El alcalde da lectura al dictamen de la Comisión de Interior y Personal y solicita su aprobación al pleno. El dictamen dice así:
“Desde la Jefatura Territorial de la Ertzaintza de Guipúzcoa se ha propuesto al Ayuntamiento de Lezo el entrar a formar parte del Convenio suscrito el 13/12/1995, entre los ayuntamientos de Errenteria y Pasajes y el Departamento de Interior de Gobierno Vasco, para la creación de la Comisión de Coordinación de Ámbito Local a través de la cual se articula la efectiva coordinación de los servicios policiales de la Ertzaintza y del Cuerpo de Policía Local de los municipios respectivos.
La Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco, artículo 22, y el Decreto 382/1994, de 4 de octubre, que desarrolla este precepto, determinan que las comisiones de coordinación de ámbito local son el instrumento a través del cual se articulará la efectiva coordinación de los servicios policiales de la Ertzaintza, allí donde ésta se haya desplegado, y los distintos Cuerpos de Policía Local, en aras al logro de la eficacia de la actuación policial en el ámbito de la Comunidad Autónoma Vasca.
El artículo 4 del Decreto 382/1994, de 4 de octubre, por el que se regula la constitución, atribuciones, organización y funcionamiento de las comisiones de coordinación de ámbito local establece que la efectiva constitución de las mismas se articulará mediante la suscripción de convenios administrativos de colaboración policial.
El apartado 2 del artículo 7 del Decreto 382/1994, de 4 de octubre, atribuye a cada una de las comisiones de coordinación de ámbito local que se constituyan la facultad de dotarse de las normas de funcionamiento necesarias, junto a las expresamente previstas en el apartado primero del citado artículo. A fin de garantizar el normal desenvolvimiento de las sesiones que celebre la comisión, se proponen las normas de funcionamiento que como Anexo al convenio se describen.
Con el voto a favor de Kepa Garbizu (EAJ-PNV), Mª Luz Anglada (PP) y Mikel Antxon Arrizabalaga (PSE) la Comisión de Personal y Régimen Interior dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Manifestar la voluntad de constituir parte de la Comisión de Coordinación Policía Local- Ertzaintza.
SEGUNDO: Aprobar el Convenio administrativo de colaboración policial y su anexo de normas de funcionamiento.
TERCERO: Facultar al Alcalde para la firma de cuantos documentos fueran precisos para materializar este acuerdo.
CUARTO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
· De presentar recurso debe dirigirse al Pleno.
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.”
El pleno aprueba el dictamen por unanimidad.
4.- Dictamen para el cierre del registro municipal de parejas de hecho.
El alcalde da lectura al dictamen de la Comisión de Interior y Personal y solicita su aprobación por el pleno. El dictamen dice así:
“El Parlamento Vasco ha aprobado la la ley reguladora de parejas de hecho. La Ley 2/2003, de 7 de mayo, se publicó con fecha 23 de mayo de 2003 en el Boletín Oficial del País Vasco y está vigente desde el día siguiente.
Sobre la misma materia, el Ayuntamiento de Lezo tiene una normativa municipal, aprobada por el pleno el 24 de febrero de 1999 y publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de fecha 6 de junio de 2000.
Visto el informe emitido por el secretario municipal, las dos normas no concuerdan ni en el contenido ni en las consecuencias: ambas normativas han originado sendos registros para las parejas de hecho, siendo diferentes las condiciones para acceder a los mismos así como los derechos derivados de ello. A fin de aclarar la confusión que puede surgir de dicha duplicidad de normativa, he considerado oportuno proponer una reflexión en torno al futuro de la normativa y registro municipales, debiendo el ayuntamiento de Lezo decidir las actuaciones a seguir sobre su normativa y su registro.
Considerando que no tiene sentido la duplicidad de registros, ya que sería suficiente para el ciudadano figurar en uno de ellos, planteo a la Comisión que proponga la derogación de la normativa municipal y la anulación del registro municipal de parejas de hecho. A partir de ahora las parejas de hecho se acreditarán por medio del registro de la CAPV. El ayuntamiento no contará con ninguna base de datos al respecto.
Se comunicará este acuerdo a las parejas inscritas hasta la fecha, indicándoles el procedimiento a seguir para la inscripción de su expediente en el registro de la CAPV. El registro municipal se mantendría únicamente con aquellas parejas que renuncien a dicha opción.
Con el voto a favor de Kepa Garbizu (EAJ-PNV), Mª Luz Anglada (PP) y Mikel Antxon Arrizabalaga (PSE) la Comisión de Personal y Régimen Interior dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:PRIMERO: Derogación de la normativa municipal, y la anulación del registro municipal de parejas de hecho, aprobada por el pleno el 24 de febrero de 1999 y publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de fecha 6 de junio de 2000.
SEGUNDO: Se comunicará este acuerdo a las parejas inscritas hasta la fecha, indicándoles el procedimiento a seguir para la inscripción de su expediente en el registro de la CAPV.
TERCERO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
· De presentar recurso debe dirigirse al Pleno.
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.”
El pleno aprueba el dictamen por unanimidad.
5.- Dictamen para la aprobación de la liberación y de la retribución del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios.
El alcalde da lectura al dictamen y solicita su aprobación por parte del pleno. El dictamen dice así:
“La propuesta presentada en relación a la liberación y retribución del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios ha sido dictaminada en la Comisión de Personal e Interior celebrada el día 21 de abril de 2004, con los votos a favor de Kepa Garbizu Azkue e Iñake Urrestarazu Azurmendi y las abstenciones de Mari Luz Anglada Gonzalez y Mikel Antxon Arrizabalaga Brusin.
En su vista, propongo al Pleno la adopción de los siguientes ACUERDOS:
PRIMERO: Aprobar la liberación y la retribución del delegado de Urbanismo, Obras y Servicios. Conforme a las delegaciones vigentes, Jesús Mª Martiarena Jaka, concejal de este Ayuntamiento, viene ocupando hoy dicho cargo, por lo que en adelante, realizará su labor con dedicación exclusiva, siempre que se mantenga en vigor dicha delegación.
La retribución bruta que percibirá anualmente será de 48.629 € dividida en catorce mensualidades.
SEGUNDO: Este acuerdo tendrá efecto a partir del día 1 de mayo de 2004.
TERCERO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
· De presentar recurso debe dirigirse al Pleno.
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.”
De entre el público Iker Salaberria toma la palabra y, en nombre de Lezoren Alde Herri Plataforma, se expresa en contra de esta propuesta de resolución. Por las razones expuestas por el miembro de la Plataforma en torno a la licencia concedida a Algeposa en septiembre pasado, dice que no está claro cuales son los intereses que va a defender el concejal que se propone liberar. Si bien el ayuntamiento ha dado una respuesta sobre esta cuestión, no está probada la relación entre Algeposa y Martiarena, y que aunque jurídicamente pueda ser así, dice que el pueblo de Lezo tiene clara la relación entre ambos. Iker Salaberria se pronuncia en contra de delegar las responsabilidades de Urbanismo a dicho concejal y de liberarle a cuenta del Ayuntamiento, porque son intereses contrapuestos.
Seguidamente, se procede a votación y se aprueba el dictamen. Han sido cinco votos favorables (el alcalde y tres concejales de EAJ/PNV y uno de EA) y tres abstenciones (de los concejales de los grupos PSE e IU-EB y de Jesús María Martiarena).
6.- Moción presentada por el grupo municipal Partido Popular en respaldo al trazado definitivo aprobado de la Nueva Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Y Vasca).
Aunque en la sesión anterior se dejó la moción sobre la mesa porque María Luz Anglada no había acudido a la misma, y si bien en esta sesión ha ocurrido lo mismo, el alcalde y los concejales están de acuerdo en no retrasar más el tema y tratarlo en esta sesión.
La moción dice así:
“Mª Luz Anglada, portavoz del
grupo municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Lezo, al amparo de lo
dispuesto en el art. 97/3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta para su debate ante este
Pleno la siguiente
MOCIÓN
La necesidad e importancia de que la Alta Velocidad Española llegue al País Vasco, es indiscutible de cara al futuro de Euskadi y de cara a su desarrollo. Los que cuestionan esta realidad, no sólo ponen en peligro que la infraestructura sea una realidad, sino que también están negando a los ciudadanos vascos su capacidad de proreso, crecimiento y competitividad.
Algunos ya anunciamos hace algunas fechas el peligro que pendía sobre el proyecto de la conocida Y vasca con motivo de la profunda e irresoluble sima que existe entre las posiciones de los diferentes socios del Gobierno Vasco.
El Proyecto de Y vasca es un proyecto de vital trascendencia para Euskadi, y eso es indiscutible. Quedarse fuera de la Alta Velocidad Española, es un lujo que nuestra Comunidad Autónoma no se puede permitir si quiere que el tejido empresarial sea competitivo, si se quiere dotar a sus ciudadanos de una infraestructura que les comunique con el resto de España y de Europa, o si se apuesta por un país moderno y con futuro.
Un proyecto como la Y Vasca necesita un compromiso férreo y sin fisuras, desde luego lo que no le beneficia en absoluto es la discrepancia y los ataques gratuitos que le dirijan, pero si estos ataques, trabas, censuras, críticas, divisiones, reparos y controversias son realizados desde el Gobierno Vasco, el daño que se produce al proyecto es de incalculable magnitud.
Los gobiernos tienen la obligación, principalmente de defender sus propios proyectos, pero especialmente de procurar la mejora de la calidad de vida de sus ciudadanos, así como facilitar su desarrollo social y económico. No es coherente, serio y prudente mantener una duda permanente sobre un proyecto como la Y Vasca que tanto significa para Euskadi y que tanto demandan sus ciudadanos, pero mucho menos si el proyecto es el diseñado, elegido, y aprobado por el propio gobierno que hoy lo cuestiona.
Cuando los intereses de un gobierno, y de las fuerzas que lo integran, debieran tender prioritariamente a la satisfacción de las necesidades de sus ciudadanos, el Gobierno Vasco prefiere anteponer los intereses de los partidos que lo componen, especialmente del partido mayoritario, aunque esta actitud les aleje de las demandas de los ciudadanos.
Nuestro grupo sin embargo, entiende que el proyecto de la Y Vasca necesita un apoyo sin fisuras y sin que nadie lo ponga en cuestión y muchos menos el Gobierno Vasco.
Por todo ello el Grupo Municipal del Partido Popular, formula la siguiente MOCIÓN a fin de que el Pleno se pronuncie sobre la misma y adopte el siguiente
ACUERDO
El Ayuntamiento de Lezo muestra su respaldo firme al trazado definitivo de la Nueva Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Y Vasca) aprobada por el Gobierno Vasco con fecha 27 de febrero de 2001.
El Ayuntamiento de Lezo insta al Gobierno Vasco a poner fin a todo planteamiento que cuestione, retrase o impida la normal ejecución de la infraestructura conocida como Y Vasca conforme la trazado contemplado en el decreto 41/2001, de 27 de febrero.”
El alcalde no está de acuerdo con el contenido de la moción: Sin cuestionar la necesidad e importancia del Tren de Alta Velocidad y teniendo en cuenta que las opiniones de los tres grupos que forman el Gobierno Vasco son diferentes, el grupo EAJ/PNV está de acuerdo con la resolución adoptada por las Juntas Generales de Gipuzkoa cuando Europa propuso los trazados del tren de alta velocidad (programa Kid Star) y entre ellos no figuraba el trazado Dax- Vitoria-Gasteiz- Madrid, es decir, la paralización de dicho programa o la inclusión de la Y Vasca en el mismo.
Isabel Lopez Aulestia manifiesta que el grupo IU-EB está en contra del trazado de la Y Vasca, y recuerda que la Audiencia Nacional ha remarcado la inviabilidad del proyecto por so coste enorme y porque se limita únicamente al transporte de viajeros, excluyendo el transporte de mercancías. Dice que IU-EB tiene el convencimiento de que la Y Vasca no soluciona el problema del transporte por carretera. Por tanto, votará en contra de la moción.
Mikel Antxon Arrizabalaga dice el grupo PSE es favorable a la construcción de la Y Vasca.
De entre el público Iker Salaberria solicita la palabra y, en nombre de Lezoren Alde Herri Plataforma, manifiesta que el hecho de haber presentado la moción solo en castellano es una falta de respeto para con los lezoarras y los vascoparlantes. Dice que la forma misma de redacción es manipuladora y tiene un tono autoritario. Critica así mismo los mensajes expresados por el Gobierno Vasco sobre lo que supondría la no construcción de la Y Vasca. Dice que le recuerdan los tiempos de Lemoiz. Citando a algunos expertos y algunos ejemplos, el crecimiento económico no significa desarrollo. La mayoría sindical ha solicitado la paralización del proyecto. Está de acuerdo con lo expuesto por Isabel Lopez y propone la paralización del proyecto y la apertura de un debate general sobre desarrollo sostenible.
Se procede a votación y el Pleno, por unanimidad, no aprueba la moción.
7.- Informes de Alcaldía (liquidación ejercicio 2003) y de los representantes de la Corporación en Órganos Colegiados y Delegados.
El alcalde da cuenta al Pleno del Decreto 144. de 31 de marzo, aprobando la liquidación del ejercicio de 2003.
El alcalde da cuenta de los puntos tratados en las sesiones de los Consejos de Administración de Oarsoaldea S.A. y Badia Berri, S.A., celebradas los días 3 y 29 de marzo respectivamente.
Previa aprobación de la urgencia al inicio de la sesión, el Pleno ha tratado los siguientes dos puntos.
8.- Delegación en la Junta de Portavoces del sorteo para la formación de las mesas electorales El alcalde solicita al Pleno la aprobación de su propuesta. La propuesta es: “El artículo 26 de la Ley Orgánica 5/85, (L.O.R.E.G.) de Régimen Electoral General establece que la formación de las Mesas compete a los Ayuntamientos.Resoluciones y Acuerdos de la Junta Electoral Central establecen que es el Pleno municipal el órgano competente para tal cometido.
En aras a una mayor agilidad en la toma de decisiones y sin perjuicio de mantener, tal y como establece el art. 26,2 de la L.O.R.E.G., el carácter público del sorteo, propongo al Pleno delegar tal cometido en la Junta de Portavoces. Así se garantizaría la participación de todos los grupos políticos en tal actuación.
Por todo ello, propongo al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
PRIMERO: Delegar en la Junta de Portavoces la realización del sorteo para la formación de las Mesas en los procesos electorales que se convoquen.
TERCERO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
· De presentar recurso debe dirigirse al Pleno.
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.”
El pleno aprueba el acuerdo por unanimidad.
9.- Modificación del pliego de condiciones para la adjudicación de las viviendas de protección oficial de Auñamendi reservadas a minusválidos El alcalde solicita al Pleno la aprobación de su propuesta. La propuesta es: “El Ayuntamiento, en sesión celebrada el 5 de febrero de 2004, aprobó el pliego de condiciones administrativas para la formalización de solicitudes de viviendas de protección oficial en el Sector 3 de las Normas Subsidiarias de Lezo. De las 56 viviendas que van a ser sorteadas, en la base séptima, 3 se reservan a discapacitad@s con movilidad reducida permanente que acrediten estar en alguna de las siguientes circunstancias: a) L@s confinad@s en silla de ruedas.b) L@s que dependan absolutamente de dos bastones para deambular.
c) L@s que sumen 12 puntos ó más en relación con los apartados D a H del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
El próximo viernes día 30 de abril finaliza el plazo de presentación de solicitudes y de momento, no hay suficientes solicitudes de discapacitad@s que cubran la oferta de 3 viviendas. En el ánimo de no dejar sin adjudicar las tres viviendas reservadas, se ha planteado la posibilidad de ampliar el colectivo de solicitantes a ést@s, y únicamente para el caso que cumplido el plazo de inscripción, el próximo viernes, siguieran quedando vacantes estas viviendas reservadas. Para definir ese nuevo posible colectivo de solicitantes ha de tenerse presente la normativa que el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco actualmente aplica para que no se dé el supuesto de realizar adjudicaciones que el Gobierno Vasco luego no visaría. En ese sentido, el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, a partir de la Orden de 16 de diciembre de 2003, (artículo 4) también considera personas discapacitadas con movilidad reducida a “L@s que sumen de 7 a 11 puntos, en relación con los apartados antedichos del citado Decreto”. PROPUESTA DE RESOLUCIÓNPRIMERO: Modificar el pliego de condiciones administrativas para que en el supuesto de que al cerrar el plazo de admisión quedaran vacantes viviendas reservadas a discapacitad@s, en sus bases 2.2.6 y séptima, se admita como persona discapacitada con movilidad reducida permanente a quien acredite sumar de 7 a 11 puntos, en relación con los apartados D a H del Real Decreto 1971/199 de 23 de diciembre.
SEGUNDO: En el supuesto de que esta modificación fuera precisa, el plazo de inscripción únicamente para l@s interesad@s del nuevo colectivo, sería del 3 al 7 de mayo.
TERCERO: Recursos contra esta resolución:
a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
- Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
- De presentar recurso debe dirigirse al Pleno.
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.”
El Pleno aprueba la propuesta por unanimidad.
1.- Mikel Antxon Arrizabalaga pregunta a ver cómo va el asunto de las inscripciones para las viviendas de protección oficial, si se ha inscrito mucha gente, si se va a prorrogar el plazo que finaliza el próximo viernes, etc...
Jesus Mari Martiarena informa que se recibieron unas 600 solicitudes y que se han inscrito unas 200 personas.
2.- Mikel Antxon Arrizabalaga solicita que se le proporcionen los pliegos de condiciones aprobados por la Junta de Gobierno para la contratación del arquitecto asesor y de la asesoría jurídica y solicita que en la selección tome parte un representante por cada grupo político.
3.- De entre el público, Iker Salaberria solicita al alcalde que, a raíz de lo acaecido en la anterior sesión plenaria, no impida la participación y no retire la palabra en las sesiones.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:30 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 310.----, y 310.---- que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.