En Lezo, siendo las diecinueve horas del día once de mayo de mil novecientos noventa y cuatro, se constituye, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el Ayuntamiento Pleno, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Aitor Sarasola Salaberria y con la asistencia de los siguientes Corporativos: Dª Karmele Legorburu Irazu, Dª Gemma Arrillaga Albisu, D. Josu Mirena Pontesta Garmendia, D. José Luis Aguirretxe Mitxelena, D. Mikel Mitxelena Iza, D. José Antonio Dozagarat Andueza, D. José Mª Boto Sancho y D. José Varela Pampím.
No asisten los Corporativos: Dª Iñake Urrestarazu Azurmendi, D. Pello Garbizu Azkue, D. Jesús Mª Martiarena Jaca y D. Marcial Zabaleta Salaberria.
Actúa de Secretario el funcionario interino Dª Miren Bruño Azpiroz.
Abierta la sesión y declarada pública por la Presidencia y una vez comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a tratar los puntos del orden del día.
1. - Lectura y aprobación si procede del acta de la sesión celebrada el día 6 de abril del corriente.
Se aprueba por unanimidad el acta de la sesión celebrada el día 6 de abril del corriente, introduciéndose las siguientes modificaciones:
En la pag. 15, al principio del 2º párrafo, debe de añadirse lo siguiente: "en relación al tema del fontanero".
En la pag. 16, al final del párrafo 2º, se debe de añadir "impuestos sobre construcciones".
En la pag. 17, párrafo 7º, donde dice "actividades", debe de decir "actitud".
2. - Propuesta de nombramiento a favor de Xabier Loiola Aristi, como Secretario General de este Ayuntamiento.
Examinada la propuesta del Tribunal Valorador del concurso ordinario para la provisión del puesto de Secretaría, categoría de entrada, clase 2ª, de este Ayuntamiento, reunido en sesión ordinaria el día 4 de mayo del corriente y considerando lo dispuesto en la base decimocuarta de las bases comunes aprobadas por Orden Foral del Departamento de Presidencia y Régimen Jurídico (B.O.G. nº 12), el Pleno del Ayuntamiento, adopta por mayoría absoluta, con los votos a favor de los Sres/as. Sarasola, Legorburu, Arrillaga, Pontesta, Agirretxe, Mitxelena y Dozagarat y con las abstenciones de los Sres. Boto y Varela el siguiente acuerdo:
1.- Proponer a D. Xabier Loiola Aristi como Secretario General de este Ayuntamiento por ser el único concursante que reúne los requisitos exigidos, habiendo obtenido una puntuación total de 8,63 puntos.
2.- Remitir esta propuesta de nombramiento a la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa para el trámite preceptivo.
Se hace constar la disconformidad del Sr. Boto por el hecho de que el Sr. Mitxelena (en su condición de delegado de Alcaldía en materia de personal) hubiera estado presente, y formando parte del Tribunal Valorador, cuando en las bases figuraba como suplente.
Alcaldía responde, después de comprobar que efectivamente el Sr. Boto está en lo cierto, que tal y como figura en el acta correspondiente el Sr. Mitxelena no tenía voto, por lo que no introduce variación alguna a la propuesta.
3. - Propuesta de nombramiento a favor de Xabier Olano Jauregi, como Interventor General de este Ayuntamiento.
Examinada la propuesta del Tribunal Valorador del concurso ordinario para la provisión del puesto de Intervención, categoría de entrada, clase 2ª, de este Ayuntamiento y considerando lo dispuesto en la base decimocuarta de las bases comunes aprobadas por Orden Foral del Departamento de Presidencia y Régimen Jurídico (B.O.G. nº 12), el Pleno del Ayuntamiento adopta por mayoría absoluta, con los votos a favor de los Sres./as. Sarasola, Legorburu, Arrillaga, Pontesta, Agirretxe, Mitxelena y Dozagarat y los votos en contra de los Sres. Varela y Boto el siguiente acuerdo:
1.- Proponer a D. Xabier Olano Jauregi como Interventor General de este Ayuntamiento por ser el único concursante que reúne los requisitos exigidos, habiendo obtenido una puntuación total de 5,32 puntos.
2.- Remitir esta propuesta de nombramiento a la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa para el trámite preceptivo.
En relación a este punto se hacen constar las siguientes intervenciones:
El Sr. Boto se reitera en lo manifestado para el punto anterior en relación a la presencia del Sr. Mitxelena en el Tribunal.
También señala el Sr. Boto, que respetando a esta persona como persona, ellos van a votar en contra porque en su opinión, ya esta bien de que el Ayuntamiento de Lezo, sea la jubilación de la mesa nacional de Herri Batasuna, no pudiendo aceptarlo con el cargo que tiene, ya que además, si viene no viene, y si no viene ..., no se sabe lo que va a pasar aquí.
El Sr. Varela señala por su parte, que este Ayuntamiento cuenta con Xanti Val, y con toda la Mesa Nacional, diciendo que en lugar de estar la Corporación en el Ayuntamiento, se podía poner a la Mesa Nacional.
Alcaldía responde que el comentario realizado por los dos corporativos no procede, por que lo que habría que valorar es si esta persona está capacitada para presentarse, y que sujetándose a derecho lo está.
En este momento interviene el Sr. Varela para decir que en principio, respeta al Sr. Olano como persona, pero que lo que no respeta es que en el Ayuntamiento de Lezo este la Mesa Nacional de Herri Batasuna, señalando que sólo falta que vengan los Sres. Landa e Idígoras, para tener completa la mesa. Por último señala el Sr. Varela, que le pongan a él en su puesto, para ver si manga más que él "Os...".
Alcaldía señala que lo que hay que ver es si los trabajadores de este Ayuntamiento, están verdaderamente capacitadas para los puestos que tienen, si los cumplen con la debida profesionalidad o no, y que si esto es así, el Sr. Varela se tendría que olvidar de la tendencia política que tengan.
El Sr. Boto dice que precisamente ahí esta el problema; ya que ellos son los únicos que no se olvidan de eso, porque juegan siempre con los "amigotes".
Alcaldía señala, que a la vista de lo manifestado por el Sr. Boto, tiene que entender que es de la opinión, de que la selección del personal del Ayuntamiento se hace de forma fraudulenta.
El Sr. Boto critica el hecho de que no puede asistir a los procesos de selección, que se encuentra sin voz y sin voto, y que ellos se lo comen y ellos se lo guisan.
Alcaldía responde que ésto no es cierto, ya que él tiene perfecto acceso a los tribunales, y que otra cosa es que no tenga interés en controlar ese proceso de selección, y lo que no vale es no asistir y andar criticando por detrás, calificando esa actitud como de "cuentos de taberna".
Dice Alcaldía que lo que hay que hacer es acudir a los tribunales, controlar el proceso y en caso de que se desconfié plantearlo al tribunal.
El Sr. Boto pregunta que cómo puede asistir a los tribunales, en calidad de qué.
Alcaldía responde que en los tribunales figura siempre un representante del grupo de la oposición.
A la pregunta del Sr. Boto de qué va a hacer en el tribunal si no puede votar, Alcaldía responde que lo mismo que todos los demás, y que normalmente sí puede votar, excepción hecha de este tribunal (para Secretario e Interventor).
Toma la palabra el Sr. Mitxelena para decir que lo que se está diciendo es una verdadera pasada, y que por lo visto, cada vez que van a contratar a una persona van a tener que oír lo mismo, y que lo que en definitiva ocurre, es que les "jode" que entre esta persona (solicitando que se haga constar expresamente esto último en el acta).
El Sr. Boto dice que mucho, pero que no como persona.
Toma la palabra el Sr. Varela para decir que no le ha gustado para nada lo manifestado por Alcaldía de que son "cuentos de taberna", porque si fuera así, en este momento no estarían ahora aquí en el pleno, sino que estarían en la taberna, y que él no le ha podido oír decir nada sobre este tema en la taberna, ni él, ni nadie, ya que estos temas son bastante sagrados para él.
Alcaldía señala en relación a la propuesta de nombramiento de D. Xabier Olano, que él no tiene la culpa de que este señor sea la única persona que se haya presentado y que además reúna los requisitos, encontrándose entre la espada y la pared, y que los Sres. Boto y Varela lo que tienen que hacer es decir al Sr. Olano que se abstenga de presentarse, por ser un político, lo cual, teniéndose en cuenta las bases no procede, puesto que esta en su derecho de hacerlo. Además señala que sería conveniente que se fueran enterando para qué sirve un tribunal y sobre qué derechos tienen.
El Sr. Boto dice que se esta diciendo una cosa absurda, como lo de "cuentos de taberna", y que él tiene perfecto derecho a dudar de lo que se ha hecho porque no se le permite estar, y que sólo a uno de la oposición se le permite estar en el tribunal, por lo que simplemente con tres de Herri Batasuna, pueden sacar lo que quieren y que no se da opción alguna a la oposición.
El Sr. Boto dice que en todo caso respeta a la persona (refiriéndose al Sr. Olano), pero lo que no acepta es que vuelva a pasar lo de antes, esto es, que se traiga aquí a un hombre, que luego no sabemos si va entrar o no va a entrar, o si entra, va a estar o no va a estar...,o se presenta o no se presenta.
Alcaldía le dice al Sr. Boto que eso mismo podían decir en su empresa, el cual tiene allí a una persona que es concejal del Ayuntamiento de Lezo y que en función de los cargos u ocupaciones que tenga dirá que está o no está.
El Sr. Boto dice al Alcalde que no ha entendido nada, por lo que el discurso de él sobra.
Seguidamente se procede a efectuar la votación, siendo aprobada la propuesta con resultado antes señalado.
4. - Propuesta de aprobación inicial del expediente de modificación puntual de las NN.SS. en el S.G. 4 (Lopene), expediente de modificación nº 8.
Presenta este punto Alcaldía manifestando que el mismo ha sido sometido al trámite de avance, sin que se hayan presentado sugerencias, volviéndose a pasar por la Comisión de Urbanismo el texto definitivo.
Toma la palabra el Sr. Varela para decir que este es un tema muy debatido ya que supone seguir pagando el impuesto revolucionario a una persona gestora de todo esto, por lo que votará en contra.
Seguidamente toma la palabra el Sr. Boto para preguntar si se trata de un dictamen de la Comisión de Urbanismo o se trata de una propuesta de Alcaldía, ya que esta firmada por Alcaldía.
Alcaldía responde que quiere zanjar este asunto, señalando, que las comisiones informativas son un lugar de debate e informe, y que llevó esta propuesta a la comisión informativa, no planteándose en dicha comisión ninguna otra propuesta, por lo que hay que entender que es la Comisión de Urbanismo quien la formula.
El Sr. Boto le señala a Alcaldía que no le ha entendido la pregunta, y que a lo que él se refiere es al hecho de que en el encabezamiento figure como dictamen, mientras que aparece firmado por el Alcalde, además de que en dicho "dictamen" no se especifiquen quiénes estaban.
Esta Secretaría señala que efectivamente al ser un dictamen de una comisión, ésta debería estar suscrito por el presidente de la misma, pero que posiblemente en este caso al coincidir la presidencia de la comisión con la persona del Alcalde, quien haya preparado la documentación no le haya dado mayor importancia, no reparando la diferencia entre los mismos.
Siguiendo con su intervención, el Sr. Boto manifiesta, que esto es la mayor vergüenza, y que con esto H.B. paga a Dozagarat su voto. Señala el Sr. Boto que él luchará para que se lleve a cabo lo que se aprobó en su día y que esto se hace para pagar a Dozagarat, puesto que él es el interesado. Dice que en época del Sr. Arrizabalaga se pretendió que esto se calificara como de uso industrial y que no lo consiguió, que ahora lo ha conseguido, y que ésto sólo es en beneficio de su propio interés, en provecho de él, lo cual lo lamenta.
Toma la palabra el Sr. Dozagarat para decir que él pensaba que después del tiempo que lleva en el municipio le iba a enseñar algo más. En primer lugar dice el Sr. Dozagarat que el Sr. Maturana en su calidad de Viceconsejero de vivienda, esta promocionando la construcción de viviendas de protección oficial, estableciéndose para ello una serie de obligaciones a los municipios, como puede ser el reservar el 75% de suelo urbano para V.P.O. Señala que no entiende que siendo ambos del mismo partido puedan tener planteamientos tan distintos, y que el planteamiento del Sr. Boto va en contra del Sr. Maturana.
En segundo lugar y en relación a que esta pasando factura, señala el Sr. Dozagarat que la ignorancia es muy atrevida. Dice también que las viviendas de Protección Oficial, son viviendas sociales, preguntando al Sr. Boto sobre si sabe qué repercusión tienen las mismas.
El Sr. Boto dice que el 20%.
El Sr. Dozagarat señala que el Sr. Boto habla por hablar, y que el realizar estas viviendas de protección oficial, tienen una finalidad eminentemente social, señala además que el Sr. Boto fue uno de los promotores de las NNSS del planeamiento de Lezo, no figurando en las mismas posibilidad alguna de hacer viviendas de protección oficial.
Por último el Sr. Dozagarat le pide al Sr. Boto un poco de respeto, de la misma forma que él le ha tenido, respetando en todo momento sus intervenciones.
Toma la palabra el Sr. Boto para decir que el Sr. Dozagarat lo único que hace es tergiversar y que él puede saber tanto o más que el Sr. Dozagarat.
El Sr. Dozagarat le pide que lo demuestre.
El Sr. Boto señala que ubicar 74 viviendas en 11.000 m2, supone otorgar mucho volumen de edificabilidad, y que le parece exagerada la densidad que se pretende aprobar, cosa que ya lo dijo en la Comisión de Urbanismo. Señala además, que cuando se hicieron las NN.SS. de Lezo, en cuyo proceso él fue partícipe, no se contempló la previsión de viviendeas de protección oficial, porque entonces no existía la demanda que puede existir hoy en día.
El Sr. Dozagarat informa que el porcentaje de densidad es del 66%, lo cual esta bastante por debajo de lo permitido por la ley, y cita el caso de lo que ocurre en Venta Berri (Donostia) cuyo alcalde, Sr. Elorza, de la misma tendencia política que el Sr. Boto, ha promovido viviendas, siendo la densidad de las mismas del orden del 90%.
El Sr. Boto responde que a él no le interesa lo que puede pasar en Donostia, o en Usurbil, y que lo único que le importan son las cosas de Lezo.
En este punto toma la palabra el Sr. Varela quién pregunta al Sr. Dozagarat si es cierto que en el mes de septiembre del año 86, él afirmó delante de unos amigos que el campo de fútbol jamás se haría en Lopene.
El Sr. Dozagarat le responde con la siguiente pregunta al Sr. Varela: ¿Es cierto que mientras cobrabas el paro, estuviste trabajando?.
El Sr. Varela responde que sí.
El Sr. Dozagarat le dice que en relación a la pregunta sobre el campo de fútbol, la respuesta es que no.
Toma la palabra el Sr. Boto para decir que en relación a lo que ha dicho antes, de tenerle a él (Sr. Dozagarat) un poco de respeto, dice que jamás le va a tener respeto porque él es la "escoria".
El Sr. Dozagarat le replica, a ver en qué concepto se tiene él, cuando resulta que delante de dos testigos el Sr. Boto ha dicho que lo único que le molestaba de la moción de censura era el no llevarse las 100.000,- ptas. mensuales.
El Sr. Boto niega esta afirmación, y dice que lo único que hace es tergiversar las cosas, por otra parte pregunta a Secretaría si acaso el Sr. Dozagarat no se debería de abstener de votar ya que es parte interesada.
Esta Secretaría responde que en el caso de que el Sr. Dozagarat fuera parte interesada en este asunto, debería de abstenerse de votar, y que en el supuesto de que siendo interesada, votara, se podría impugnar la presente votación, siempre y cuando se demuestre ese "interés personal".
Seguidamente Alcaldía señala que para él es un orgullo hacer esta modificación de las NN.SS., ya que supone un intento de incluir unas viviendas de protección oficial que no figuraban en las NN.SS., y que suponen dar un paso más para garantizar el derecho a la vivienda, derecho básico de todos los ciudadanos.
El Sr. Varela manifiesta estar de acuerdo con la realización de viviendas de protección oficial, siempre y cuando no sean en terrenos administrados por el Sr. Dozagarat.
El Sr. Boto se pronuncia en este mismo sentido.
En su vista se procede a efectuar la votación, por lo que, redactado el expediente de modificación puntual de las NN.SS. del planeamiento de Lezo en el SG4 por Luciano Paguegi Bilbao, cumplidos los trámites del artículo 125 del Reglamento de Planeamiento que han permitido recoger sugerencias y fijar los criterios y soluciones generales, vistos los informes técnicos y jurídicos emitidos al respecto y a propuesta de la Comisión de Urbanismo, el Ayuntamiento Pleno, con el voto favorable de la mayoría absoluta, que resulta ser el quórum legalmente exigido, y con los votos a favor de los Sres/as. Sarasola, Legorburu, Arrillaga, Mitxelena, Pontesta, Agirretxe y Dozagarat y los votos en contra de los Sres. Boto y Varela, adopta el siguiente acuerdo:
Primero: Aprobar inicialmente el expediente de modificación puntual de las NN.SS. del Planeamiento de Lezo en el SG4, redactado por Luciano Paguegi Bilbao.
Segundo: Someterlo a información pública mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de la provincia por plazo de un mes. Durante dicho período quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, pudiendo deducir las alegaciones pertinentes. Asimismo, se insertará en los cuatro periódicos de la provincia.
Se deja constancia por parte de Secretaría, de que el presente expediente no ha sido visado por el colegio correspondiente, por lo que se deberá proceder a visarlo a la mayor brevedad posible.
5. - Propuesta de aprobación inicial del expediente de modificación puntual de las NN.SS. en una parcela de 16.300 m2 de suelo no urbanizable sita al norte (fuera) del Sector 2. (Exp. Modificación nº 9).
Toma la palabra el Sr. Varela para decir que hasta que no se aclare el tema anterior, él votará en contra de ésto.
El Sr. Boto dice que el cambio que se pretende hacer no se justifica, ya que si el campo de antes era un campo "pírrico" (según se ha dicho), el de ahora también lo es. Señala también que el día de mañana cuando se vea que no vale para nada, habrá que buscar responsables.
Tras una serie de discusiones sobre la mejor idoneidad de la ubicación del campo de fútbol y sobre si sabe lo que costaría la expropiación de Lopene en el caso de que se hiciera el campo de fútbol en el SG4, se da por concluido el debate, por lo que,
Redactado el expediente de modificación puntual de las NN.SS. del planeamiento de Lezo en una parcela de 16.425 m2 de suelo no urbanizable sito en el ámbito superior del Sector 2, por Luciano Paguegi Bilbao, cumplidos los trámites del artículo 125 del Reglamento de Planeamiento que han permitido recoger sugerencias y fijar los criterios y soluciones generales, y vistos los informes técnico y jurídico emitidos al respecto, y a propuesta de la Comisión de Urbanismo, el Ayuntamiento Pleno, acuerda por mayoría absoluta, que resulta ser el quórum legalmente exigido, y con el voto favorable de los Sres/as. Sarasola, Legorburu, Arrillaga, Mitxelena, Pontesta, Agirretxe y Dozagarat y los votos en contra de los Sres. Boto y Varela, lo siguiente:
PRIMERO: Aprobar inicialmente el expediente de modificación puntual de las NN.SS. del Planeamiento de Lezo en una parcela de 16.425 m2 de suelo no urbanizable sito en el ámbito superior del Sector 2, redactado por Luciano Paguegi Bilbao.
SEGUNDO: Someterlo a información pública mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de provincia por plazo de un mes. Durante dicho período quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, pudiendo deducir las alegaciones pertinentes. Asimismo, se insertarán en los cuatro periódicos de la provincia.
En este momento se ausenta de la sala el Sr. Boto, manifestando el Sr. Varela su intención de considerarse fuera de la sesión plenaria para el punto siguiente, si bien no se ausenta de la sala.
6. - Moción presentada por Herri Batasuna, relativa al respeto de los derechos penitenciarios y penales de los presos y presas políticos vascos.
La Sra. Legorburu presenta este punto manifestando que desde distintos sectores sociales se ha denunciado la situación tan vergonzosa en que se encuentran los presos políticos vascors.
De acuerdo con esta denuncia, Herri Batasuna presenta esta moción, con el fin de solicitar el respeto a los más elementales derechos humanos, y que se concretan en los tres puntos de la parte dispositiva del presente acuerdo, transcritas a continuación.
En su vista se procede a efectuar la votación, aprobándose por unanimidad (haciéndose constar que el Sr. Varela no emite voto), lo siguiente:
"El Ayuntamiento de Lezo declara que los presos y presas políticos vascos tienen derecho a:
1. - Que se de curso a las peticiones de libertad condicional realizada por los presos y presas que se relacionan en el anexo, dado que ya han cumplido con exceso el período de encarcelamiento que establece el código penal, y a que, por consiguiente se proceda a su inmediata puesta en libertad (en el municipio de Lezo, se encuentra en esta situación el preso Juanito Trecet).
2. - Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 60 del Reglamento Penitenciario, y una vez que se den las condiciones en él descritas, se conceda la libertad condicional a aquellos que tengan una enfermedad incurable física o psíquica.
3. - Estar en las cárceles más próximas a su lugar de nacimiento, a su entorno social y familiar, mientras permanezcan en la cárcel."
7. - Informes de Alcaldía y Delegados.
Alcaldía da cuenta del estado de ejecución en que se encuentra el presupuesto, así como el porcentaje de ejecución del estado de gastos y de ingresos del presupuesto de 1994.
8. - Ruegos y preguntas.
El Sr. Varela solicita que se aclare la contradicción existente entre la certificación de los acuerdos de la Mancomunidad del Añarbe y de este Ayuntamiento sobre el ciclo del agua.
El Sr. Pontesta dice que en la reunión de la Mancomunidad se aprobó hacer un informe sobre el ciclo del agua con 4 puntos, saliendo de la sala el Sr. Letamendia y un técnico para elaborarlo.
Dice que al poco tiempo trajeron el primer borrador, y después trajeron otro borrador, sometiéndose a votación, confundiéndose él en cuanto a la votación, por lo que reconoce que ha sido suyo el error.
Cierre del Acta
Y no habiendo más asuntos que tratar, la Alcaldía-Presidencia, siendo las veinte horas y quince minutos da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta que firman todos los corporativos asistentes conmigo la Secretario, de todo lo cual certifico.