1 de Diciembre de 2004

Tipo de documento

En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 8:30 horas del día 1 de diciembre de 2004, se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN ORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los siguientes corporativos: Iñake Urrestarazu Azurmendi (grupo EA), Mikel Antxon Arrizabalaga Brusín (grupo PSE), Jesús Maria Martiarena Jaka (grupo EAJ/PNV), Aroia Goienetxea Egibar (grupo EAJ/PNV), Aitor Mimendia Artuzamonoa (grupo EAJ/PNV), Enrique Figueroa Laboa (grupo EAJ/PNV), y María Luz Anglada González (grupo PP).

No han asistido a la sesión: Aitor Ocerín Ibáñez (grupo EA), Isabel López Aulestia (grupo IU-EB) y Ainhoa Villanúa Ayuela (grupo PSE).

Asiste el secretario municipal, Xabier Loiola que da fe del acto.

Patxi Apalategi actúa como traductor.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión plenaria de 6 de octubre.

Se aprueba por unanimidad, sin modificaciones.

2.- Dictamen para la aprobación del acuerdo institucional sobre los incrementos retributivos para el año 2004.

El alcalde propone al pleno del ayuntamiento la aprobación del dictamen presentado por la Comisión de Personal e Interior. El dictamen dice así:

?Los representantes de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento presentaron a la Mesa Negociadora del Ayuntamiento de Lezo, el acuerdo institucional sobre incrementos retributivos para el año 2004, aprobados por la Comisión Ejecutiva de EUDEL el día 17 de junio, por su parte, los representantes de los trabajadores/as presentaron otra propuesta.

En la Mesa Negociadora del Ayuntamiento no se llegó a ningún acuerdo.

Posteriormente el acuerdo planteado por EUDEL fue presentado y dictaminado en la Comisión de Personal e Interior celebrada el 24/11/2004, con los votos favorables de Kepa Garbizu Azkue, Iñake Urrestarazu Azurmendi, María Luz Anglada y Jesús Mari Martiarena.

En su vista, se propone al Pleno la aprobación del siguiente ACUERDO:

PRIMERO: Aprobar el Acuerdo Institucional sobre los incrementos retributivos para el año 2004.

SEGUNDO: Este acuerdo extenderá sus efectos desde el primero de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004.

TERCERO: Se aplicará un incremento retributivo general para el año 2004 de un 2% sobre las retribuciones íntegras anuales del año 2003 para el personal del Ayuntamiento de Lezo.

CUARTO: Independientemente de lo anterior se aplicará para el año 2004 individualizadamente a dicho personal el incremento de la repercusión en las pagas extraordinarias del complemento de destino en la cuantía prevista en la legislación básica presupuestaria de aplicación, y en cantidad análoga al personal laboral.

QUINTO: Asimismo, de conformidad con lo establecido en la legislación básica presupuestaria de aplicación, se establece un fondo adicional destinado a remunerar mejoras tangibles en la consecución de objetivos así como incrementos sustanciales en la eficacia y responsabilidad de los puestos de trabajo.

SEXTO: Se mantendrán en el año 2004 las aportaciones que se realizan a los planes de pensiones. El importe conjunto de los incrementos retributivos previstos en los acuerdos tercero y cuarto será para el año 2004 como máximo del 1,2% de la masa salarial de la institución.

SÉPTIMO: En cuanto al resto de condiciones laborales del personal, se mantendrán en idénticos parámetros de homogeneidad de acuerdos precedentes.?

El alcalde manifiesta que, con el fin de aclarar el incremento que se señala en el apartado sexto, quiere suponer que se incrementa el 1,2% del sueldo actual a cada trabajador, tal y como se dijo en la comisión. Solicita a los miembros de la corporación que lo acuerden así.

Con esta precisión formulada por el alcalde, se aprueba el dictamen con siete votos favorables y con una única abstención, de Mikel Antxon Arrizabalaga, quien manifiesta que no está de acuerdo con el apartado siete del acuerdo, especialmente con la jornada laboral vigente.

3.- Dictamen para la aprobación del convenio de colaboración entre los Ayuntamientos de Rentería y Lezo sobre la zona de Altzate.

El alcalde propone al pleno del ayuntamiento la aprobación del dictamen presentado por la Comisión de Urbanismo, Obras y Servicios. El dictamen dice así:

?La Comisión de Urbanismo, Obras y Servicios celebró sesión el 24 de noviembre de 2004.

En la misma, se trató entre otros, el siguiente punto: Convenio de colaboración entre los Ayuntamientos de Rentería y Lezo sobre la zona Altzate.

Se dio cuenta de los informe emitidos por el técnico de Urbanismo y por el arquitecto asesor, que literal y respectivamente, dicen:

?El Ayuntamiento de Rentería ha remitido un modelo de convenio de colaboración, entre los Ayuntamientos de Rentería y Lezo, para el desarrollo de la zona de Altzate. Dicho modelo recoge en resumen lo siguiente:

Por una parte, el Ayuntamiento de Rentería redactará, a fin de que Ayuntamiento de Lezo lo apruebe, el proyecto de modificación de las Normas Subsidiarias referidas a la zona de Altzate, ubicada en el término municipal de Lezo. El objeto de dicha modificación sería extender al término municipal de Lezo las especificaciones urbanísticas aprobadas por el Ayuntamiento de Rentería en su Plan General para dicha zona. El Ayuntamiento de Lezo debería tramitar esta modificación de Normas Subsidiarias.

Por otra parte, el Ayuntamiento de Lezo deja en manos del de Rentería, a fin de que la tramitación resulte más ágil, la aprobación inicial y provisional del Plan Especial de Reforma Interior, que se considera conveniente aprobar en el futuro, para el desarrollo de la zona de Altzate.

La cooperación técnica, económica y administrativa entre administraciones está prevista en general en el artículo 57 de la Ley 7/1985. Por tanto, dentro de dicho marco, la ley reconoce a ayuntamientos como Lezo y Rentería la capacidad de suscribir convenios de colaboración en el ámbito de sus competencias.

Sobre el contenido del convenio de colaboración, se puede subrayar lo siguiente:

1.- Se prevé la iniciación de una modificación puntual de las Normas Subsidiarias en la zona de Altzate sita en el límite del término municipal de Lezo, cuando está recién iniciado el proceso de revisión de las Normas.

En el convenio de colaboración no se justifica suficientemente por qué motivo, tan pronto como se ha iniciado el proceso de Revisión de Normas Subsidiarias en el Ayuntamiento de Lezo, es decir, cuando se ha iniciado el proceso de debate sobre el modelo territorial y sobre estructura urbanística de municipio de Lezo (en su integridad), se va a estudiar la modificación, en este caso una transformación, de una parte de dicho territorio. Tanto más cuanto que la propuesta modificación puntual de las normas va a incidir considerablemente en el modelo territorial del Municipio de Lezo y que dicha modificación condicionaría la propia revisión de las normas.

En este convenio de cooperación no se esclarece suficientemente en qué beneficiaría esta agilización de la modificación a los intereses generales del Municipio de Lezo. Se debe tener en cuenta que este ayuntamiento, dentro del proceso de revisión de las normas subsidiarias, ha efectuado nuevos planteamientos urbanísticos en el área de Altzate colindante con Rentería y ahora se pide al Ayuntamiento de Lezo que se adecue a las especificaciones establecidas por Rentería.

2.- Modificación puntual o Revisión de la Normas.

Como se ha dicho anteriormente, nos hallamos más ante una transformación que ante una modificación puntual de normas prevista en el convenio de colaboración. La propia ficha urbanística, que se adjunta al convenio, describe el nuevo régimen urbanístico, que se pretende prever en dicha área, como un cambio sustancial.

La modificación que se plantea no cambia la clasificación del suelo, pero sí la calificación y el uso que afecta a los 14.233 metros cuadrados, ya que se quiere destinar a usos residenciales lo es o era una zona industrial. No sé en que medida supondrá esta modificación un nuevo modelo territorial o una nueva estructura urbanística para el Municipio de Lezo, ya que son unos conceptos jurídicos imprecisos, y temas pertenecientes más al campo del arquitecto que del jurista. En todo caso, hay que dejar claro que no es legítimo acometer una verdadera revisión de normas bajo la denominación de modificación, ya que son procesos totalmente diferentes. Si nos encontramos ante una transformación de estructura que supone un nuevo modelo, en relación al modelo territorial de las normas subsidiarias actualmente vigentes, no estamos ante una simple modificación de normas sino ante una revisión.

3.- En la cláusula tercera del convenio el Ayuntamiento de Lezo deja en manos del de Rentería, a fin de que la tramitación resulte más ágil, la aprobación inicial y provisional del Plan Especial de Reforma Interior, que se considera conveniente aprobar en el futuro, para el desarrollo de la zona de Altzate.

En mi opinión, una cosa es que la tramitación del documento que será el Plan Especial de Reforma Interior sea única y la lleve a cabo el Ayuntamiento de Rentería, pero ello no significa que el Ayuntamiento de Lezo, además de conocer el contenido de dicho documento, no deba, también, aprobarlo, aunque no lo tramite. En opinión de quien suscribe este informe, también el Ayuntamiento de Lezo debería aprobar dicho documento.

Finalmente, este convenio de colaboración debe aprobarlo el pleno del ayuntamiento ya que, según el artículo 22 de la Ley 7/1985, es el órgano competente?.

?Informe relativo a la propuesta de convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Errenteria y el Ayuntamiento de Lezo relativo al desarrollo del área de Altzate.

El objeto del presente informe es analizar la propuesta de convenio realizada por el Ayuntamiento de Errenteria para posibilitar el desarrollo del Área de Altzate debido a que por sus características y dado a que es un área que se encuentra enclavada entre los términos municipales de Errenteria y Lezo resulta necesario compatibilizar los planeamientos de ambos municipios.

En este sentido el Ayuntamiento de Errenteria se compromete a redactar el documento de Avance, el de aprobación inicial y, en su caso, el texto refundido, de la Modificación de Normas necesaria para el desarrollo del área y presentarlo en el Ayuntamiento de Lezo y, a su vez, que éste lo tramite, estableciendo, entre otras cuestiones, un plazo de un mes a contar desde la recepción del informe favorable de la Dirección de Aguas para aprobarlo inicialmente e iniciar el trámite de exposición pública y un plazo de dos meses para aprobarlo provisionalmente.

Asimismo para el planeamiento de desarrollo propone la adopción por parte del Ayuntamiento de Lezo de un acuerdo para solicitar la tramitación de dicho planeamiento al Ayuntamiento de Errenteria.

Analizada la propuesta de convenio, e independientemente del informe jurídico correspondiente, se puede indicar que la propuesta presentada se considera como correcta, entendiéndose que, de manera previa a la presentación para sus correspondientes aprobaciones de los documentos de Avance, definitivo o para la aprobación inicial y, en su caso, texto refundido, estos deberán de entregarse al Ayuntamiento de Lezo para que sean analizados por los servicios técnicos y jurídicos municipales. Asimismo se considera que el plazo de un mes establecido para aprobar el documento definitivo inicialmente se debería ampliar a dos meses?.

La Comisión de Urbanismo, con los votos favorables de Jesús María Martiarena (EAJ), Iñake Urrestarazu (EA), y María Luz Anglada (PP), acordó, por unanimidad, elevar al Pleno para su aprobación el siguiente DICTAMEN:

PRIMERO: Aprobar el Convenio de colaboración entre los Ayuntamientos de Rentería y Lezo sobre la zona de Altzate, sujeto a las consideraciones que se especifican en los dos informes detallados en la parte expositiva.

SEGUNDO: Facultar al Alcalde para suscribir dicho Convenio.?

El alcalde manifiesta que las modificaciones que se señalan en los informes recogidos en el dictamen ya han sido tratadas con el arquitecto municipal de Rentería, concretamente la necesidad de motivar mejor las razones de la modificación de normas, disponer de dos meses, en lugar de uno, para la aprobación inicial y que también el Ayuntamiento de Lezo deberá aprobar el plan especial.

Mikel Antxon Arrizabalaga pregunta porqué no se ha recogido en este documento la precisión de la cesión del 10% de los aprovechamientos urbanísticos o las referidas a las viviendas de protección oficial, etc. El alcalde responde que se hará mas adelante.

De entre el público Aitor Sarasola toma la palabra y recuerda que este documento respeta los criterios básicos del Avance de Normas Subsidiarias aprobado por el Ayuntamiento de Lezo en mayo de 2003. Considera que la propuesta es más que una modificación puntual, porque tendrá una gran incidencia en el municipio, tanto por la desaparición de Campsa como porque supondrá la reordenación de los entornos de las casas Larrañaga y Lobato en Lezo. Por ello, debido a su importancia, denuncia que en el informe no se cotejan lo propuesto por Rentería y el documento de Avance aprobado por Lezo, así como que no se cita para nada el nuevo documento de Avance que se elabora actualmente.

En opinión de Aitor Sarasola, en el texto es notoria la prepotencia del ayuntamiento de Rentería, ya que ellos marcan los criterios y documentos y, en algunos casos, solicita a Lezo la aprobación de los mismos y, en otros casos, no le permite ni siquiera la aprobación. Considera que el Ayuntamiento de Lezo debe recuperar su personalidad y su lugar en este asunto, y elaborar y aprobar los documentos a la par que Rentería.

Aitor Sarasola no está de acuerdo con la afirmación del primer apartado estableciendo que no es necesario el ?Estudio de Impacto Ambiental?. Dice que dicho extremo lo concreta la ley, y no este convenio, y que la Diputación lo exigirá a la hora de tramitar la modificación de normas. Se muestra partidario de suprimir dicha especificación, en razón de lo expuesto y, especialmente, el uso que actualmente tienen dichos terrenos.

Ha subrayado que el Ayuntamiento de Rentería ha impuesto incluso la lengua, ya que ha remitido el convenio únicamente en castellano. Ha recordado al alcalde que, según la normativa del euskera de Lezo, dicho documento habría debido ser devuelto.

De entre el público, Mikel Mitxelena quiere dejar testimonio de su impotencia, a la vista de la actitud pasiva del ayuntamiento de Lezo ante el de Rentería, como se ha confirmado en el tema de las lindes, en la rotonda de Renfe, aparcamientos, y problemas de tráfico. Solicita a los técnicos municipales que estén atentos ante dichas agresiones.

Tras estas intervenciones, el alcalde propone la votación del dictamen, y se ha aprobado el mismo por unanimidad.

4.- Dictamen para la aprobación del convenio de colaboración del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco y el Ayuntamiento, relativo al Programa Bizigune ? Movilización de vivienda vacía.

El alcalde propone al pleno del ayuntamiento la aprobación del dictamen presentado por la Comisión de Urbanismo, Obras y Servicios. El dictamen dice así:

?La Comisión de Urbanismo, Obras y Servicios en sesión celebrada el 24 de noviembre de 2004, con los votos favorables de Jesús María Martiarena (EAJ), Kepa Garbizu (EAJ), Iñake Urrestarazu (EA), y María Luz Anglada (PP), acordó, por unanimidad, elevar al pleno para su aprobación el siguiente DICTAMEN:

PRIMERO: Aprobar el Convenio de Colaboración entre el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Lezo, relativo al Programa Bizigune ? Movilización de vivienda vacía.

SEGUNDO: Facultar al Alcalde para suscribir dicho Convenio.?

El alcalde manifiesta que el dictamen recaba la aprobación de un convenio firmado por parte del pleno. Dice que el convenio supondrá al ayuntamiento la prestación de un trabajador y efectuar el gasto de la comunicación del servicio anualmente y que no resulta especialmente oneroso. Teniendo en cuenta que se va a constituir una comisión de seguimiento, propone la designación de Jesús María Martiarena para dichas labores.

De entre el público, Aitor Sarasola expone que esperan que el convenio sirva de algo más que para la foto y para propaganda del jefe de departamento. Muestra su extrañeza al ver en las fotos algunos concejales que en años anteriores han sido tan indiferentes y, en ocasiones, contrarios al planteamiento del problema de las viviendas vacías. Dice que, si se trata de un cambio de sensibilidad en torno al tema, bienvenido sea.

A Aitor Sarasola no le parece bien que en el preámbulo del convenio no se hayan recogido numerosas iniciativas llevadas a cabo en esta materia tanto por el Ayuntamiento de Lezo como por Oarsoaldea. Recuerda, así, el estudio realizado por el ayuntamiento sobre las viviendas vacías de Lezo en el año 2001, estudio pionero en dicho campo, cómo fue presentado en el año 2002 en la Agencia de Desarrollo Oarsoaldea y cómo se previó la creación de una oficina comarcal para elaborar dicho tema en el Plan de Gestión de 2003.

En opinión de Aitor Sarasola, el convenio muestra un modelo muy formal, limitado. Dice que, en este tema, las políticas sin cargas están llamadas al fracaso. En su opinión, si se quiere ser eficaz, se deben emplear mayores recursos, promover políticas activas. Solicita que den paso a la propuesta de nivel comarcal, optando por un ámbito de operatividad más amplio que Lezo.

Se aprueban por unanimidad el dictamen y la propuesta de nombramiento presentada por el alcalde para la Comisión de Seguimiento.

5.- Toma de razón sobre renuncias al cargo de concejal.

El alcalde da cuenta de que Aitor Ocerín Ibáñez y Mikel Labandibar Lopetegi, en escritos registrados el 26 y, 11 y 30 de noviembre, han manifestado su voluntad de renunciar al cargo de concejal, si bien este último había recibido la credencial pero no había tomado posesión del cargo.

Conforme a la legislación vigente (Ley Orgánica Electoral General, arts. 182, 184,f y 203 y el art. 9.4 del Reglamento 2568/1986 (ROF) la Corporación ha de tomar conocimiento de la renuncia e iniciar los trámites para nombrar al sustituto.

Corresponde a la Junta Electoral Central, vistas las listas electorales de las elecciones municipales, extender credencial a favor de Noemi Arberas Oses y Miguel María Garbizu Ugalde. No obstante, este último también ha registrado el 11 y 30 de noviembre su renuncia a ocupar el cargo de concejal que, según listas electorales, le hubiera correspondido. Por ello, procede que la Junta Electoral Central extienda credencial correspondiente a favor de Noemi Arberas Oses y de Rikardo Salaberria Galarraga (siguiente candidato en la lista electoral).

Por todo ello, el pleno de la corporación se da por enterada de las tres renuncias y ordena se proceda a realizar los trámites oportunos para cubrir las dos vacantes.

De entre el público, Imanol Esnaola manifiesta que la Plataforma Lezoren Alde hace tiempo que solicitó la dimisión de los concejales a quienes no corresponde su cargo. En todo caso, teme que estas renuncias no sean más que un simple relevo. Solicita a los partidos que nadie ocupe dichos cargos y que se presenten las dimisiones que faltan. Porque, de no ser así, ratificarían la situación antidemocrática que está padeciendo Lezoren Alde, marginando los derechos de muchos ciudadanos y de algunos electos de Lezo.

6.- Ratificación del decreto de alcaldía nº 564.

El alcalde explica que mediante dicho decreto se resolvió designar al Secretario municipal para sustituir al Interventor en sus funciones durante los días de vacación de éste.

El pleno ratifica por unanimidad el Decreto de Alcaldía número 564.

7.- Informes de Alcaldía, de los representantes de la Corporación en Órganos Colegiados y Delegados.

El alcalde distribuye a todos los concejales sendas copias de las convocatorias de las sesiones celebradas desde la última sesión plenaria en las mancomunidades y asociaciones con representación municipal.

Antes de pasar a ruegos y preguntas, el alcalde pregunta si algún grupo político tiene alguna moción para presentar. Ante la negativa del resto, el propio alcalde manifiesta que el grupo PNV presenta a la sesión plenaria, para su debate y resolución, una moción presentada en el registro por Itziar Goienetxea en nombre de Etxerat.

El secretario advierte de que, al no figurar el asunto en el orden del día, previamente se deberá votar y aprobar la urgencia del tema por mayoría absoluta, según lo establece el artículo 51 del decreto 781/1986.

Se ha votado la urgencia de la moción y han votado a favor seis concejales, de los grupos PNV y EA, y dos en contra, de los grupos PSE y PP. La propuesta de alcaldía para debate de la moción no ha obtenido los votos suficientes y, en consecuencia, no puede ser debatida en la presente sesión.

De entre el público, Itziar Goienetxea muestra su enfado y responsabiliza al alcalde de la no inclusión de la moción en el orden del día, en contra de lo prometido en conversación previa. Dice que presentó la moción con suficiente antelación, que la concejal Isabel López Aulestia, de IU, ausente de la sesión de hoy, le prometió que ella misma presentaría la moción al pleno, pero confiando en que eso no iba a ser necesario, ahora no sabe cómo asumir que el alcalde no lo haya incluido en el orden del día que es de su competencia.

Dirigiéndose a Mikel Antxon Arrizabalaga, dice que no entiende, ni acepta, cómo un concejal que le ha invitado a dialogar sobre derechos humanos puede impedir un debate relacionado con los derechos humanos; no le pide que apoye la moción sino que no impida el debate.

Mikel Antxon Arrizabalaga le responde que la confección del orden del día es competencia del alcalde y que también está en su mano la opción de convocar una sesión extraordinaria.

El alcalde dice que convocará una sesión extraordinaria.

8.- Ruegos y preguntas.

1.- El alcalde manifiesta que va a responder las preguntas que quedaron pendientes en la sesión plenaria del 6 de octubre:

1.1.- Dice que no hay respuesta a la solicitud de comisión e información sobre la incineradora de Gaintxurizketa, pero que pronto la habrá.

1.2.- Respondiendo a la pregunta en torno al camino de Algeposa, dice que se han dado algunos avances y que queda aún por hacer, y que es intención del equipo de gobierno hacer una suerte de anillo entre los caminos.

1.3.- A la pregunta formulada sobre la situación del recurso presentado contra el permiso de obra para colocación de la cubierta móvil de Algeposa, dice que ya se ha respondido mediante el decreto número 170, que se registró la salida de la respuesta el 14 de abril y se recibió la respuesta el 27 de abril.

1.4.- Respondiendo a la pregunta sobre a quién favorecen las obras a realizar en el depósito de Itturrin, dice que la respuesta está en la sesión de la Junta de Gobierno de 17 de noviembre.

1.5.- Sobre el escape de agua de la cuesta de Karmen, dice que la Junta de Gobierno dio el día 24 de mayo la correspondiente licencia de obras para su arreglo.

1.6.- Sobre la devolución del aval de la piscina, dice que está pendiente del informe de Raimundo Mendiburu.

1.7.- Sobre la solicitud de no devolver el aval de la barredora, dice que, previo informe favorable, se acordó la devolución el 3 de noviembre.

El alcalde manifiesta que, una vez dadas esta respuestas, y aunque algunos de ellos adolecen de ciertas precisiones, han quedado respondidas las preguntas pendientes.

2.- De entre el público, Imanol Esnaola recuerda que nadie ha traído a esta sesión la solicitud de Lezoren Alde para llevar a cabo una reflexión sobre equipamientos municipales. Lo considera como preocupante y no le parece procedente dejar pasar toda una legislatura, en su opinión se debe responder al tema en esta legislatura sin más aplazamientos. Y si no fuera posible realizar los propios equipamientos, considera absolutamente necesario marcar un plan y una vía para llevarlos a cabo. Para ello, recomienda dialogar con los agentes sociales.

El alcalde manifiesta que el debate de este asunto se debe desarrollar a la vez que los presupuestos y que es estéril adelantar el debate y las resoluciones.

El alcalde dice que había otras dos propuestas de moción registradas, una de la Iniciativa Kroke Etxera y la otra presentada por Lezo Bizirik sobre la incineradora. Sobre el primero, manifiesta, hablando en nombre del grupo PNV, que no consideran correcto convocar en el pueblo dos manifestaciones en el transcurso del mismo mes. Dice que próximamente se responderá a la presentada por Lezo Bizirik.

De entre el público, Iker Salaberria dice que el número de manifestaciones no puede ser pretexto para no decir ni palabra ante semejante situación.

De entre el público, Imanol Esnaola le pregunta si a la presentada por Lezo Bizirik se le responderá por escrito. El alcalde responde que sí.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:30 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números xxx y xxx que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna